CS describe la naturaleza de los convenios de estabilidad

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Con relación a los convenios de estabilidad, en esta casación la Corte Suprema (CS) cita la sentencia del Tribunal Constitucional contenida en el Expediente N.° 005-2003-AI/TC, del 3 de octubre del 2003, que señala lo siguiente: «[…] El contrato ley es un convenio que pueden suscribir los contratantes con el Estado, en los casos y sobre las materias que mediante ley se autoricen. Por medio de él, el Estado puede crear garantías y otorgar seguridades, otorgándoles a ambas el carácter de intangibles. Leer más

Que otra sala del Tribunal Fiscal emita la resolución no implica incurrir en causal de nulidad

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En el análisis del artículo 10 de la Ley N.° 27444, la Corte Suprema explica que «no se aprecia que la misma contenga como causal de nulidad la emisión de una resolución por otro órgano administrativo del mismo nivel que emitió una anterior resolución administrativa anulatoria; es más, el Código Tributario tampoco establece causal de nulidad un supuesto como lo pretendido por la recurrente; además, de los analizados artículos 30 y 31 del Código Procesal Civil, no se observa que los mismos se encuentren dirigidos a establecer una competencia funcional a nivel administrativo, como es el caso del Tribunal Fiscal, sino por el contrario aquella se encuentra dirigida puntualmente para el órgano jurisdiccional; entonces, el hecho que la Resolución del Tribunal Fiscal N° 3306-10-2014 haya sido emitida por la Décima Sala del Tribunal Fiscal, mientras que la Resolución del Tribunal Fiscal N° 6904-5-2014 ha sido dictada por la Quinta Sala del Tribunal Fiscal, no implica de ninguna manera que se haya incurrido en causal de nulidad; por tanto, al no haberse establecido a nivel administrativo una competencia de un Órgano y/o Sala que emitió un primer pronunciamiento, no es factible aplicar lo dispuesto en el artículo 31 del Código Procesal Civil, pues como se ha indicado, está dada para los órganos jurisdiccionales, razón por la cual, no es posible aplicar dicha norma de manera supletoria; por ello, la infracción normativa planteada debe declararse infundada» (sic). Leer más

Características de un contrato de asociación en participación, según la Corte Suprema

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  De acuerdo con la Corte Suprema (CS), estas son las características de los contratos de asociación en participación: «i) el contrato asociativo crea y regula relaciones de participación e integración en negocios o empresas determinadas, y tiene como elemento esencial el interés común de los intervinientes; Leer más

La presentación de la declaración jurada rectificatoria impedirá discutir la observación en un procedimiento contencioso tributario

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La declaración jurada rectificatoria presentada dentro del procedimiento de fiscalización en la que se recogen las observaciones efectuadas por la administración tributaria, que no llegaron a ser reparos, constituye un acto de la voluntad plena del contribuyente que despliega sus efectos jurídicos; por lo tanto, las resoluciones de determinación emitidas al finalizar el procedimiento de fiscalización no contienen concepto alguno que constituya materia de controversia en el procedimiento contencioso tributario. En el presente caso, por ejemplo, en el procedimiento contencioso tributario, ha quedado demostrado que las observaciones efectuadas por la administración fueron recogidas por la recurrente en su declaración jurada rectificatoria. Leer más

La asistencia técnica, según la Corte Suprema

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La Corte Suprema (CS) señala que la asistencia técnica comprende la utilización de habilidades, artes, técnicas, con el objeto de proporcionar conocimientos especializados al usuario, servicios prestados por expertos en áreas técnicas específicas para ayudar a resolver problemas técnicos y mejorar el rendimiento de sistemas, equipos o procesos. Se encuentran expresamente definidos, como tales, los servicios de ingeniería, dentro de los cuales se consideran los estudios de factibilidad y los proyectos definitivos de ingeniería y de arquitectura. Además, la corte advierte que, para el caso, no se encontraba regulado como un requisito de la asistencia técnica que esta pudiera ser replicada de forma indefinida por el usuario que recibía los conocimientos transmitidos, lo que implicaba que dichos conocimientos podrían agotarse en un solo uso. Leer más

Solo hasta el 30 de noviembre | Jesús María lanza su programa «Actualiza tu predio y obtén grandes descuentos tributarios»

La Municipalidad Distrital de Jesús María (MDJM) lanzó un régimen de beneficio tributario para incentivar la regularización de las obligaciones tributarias generadas para aquellos contribuyentes que actualicen su declaración jurada sin requerimiento previo de Fiscalización Tributaria, también para las generadas como consecuencia de un proceso de fiscalización. La ordenanza aplica para los contribuyentes que deseen regularizar voluntariamente sus obligaciones tributarias, así como para aquellos que, como resultado del proceso de fiscalización tributaria, mantengan deudas por Impuesto Predial, arbitrios municipales y/o multas tributarias del presente ejercicio y/o años anteriores. Cabe indicar que los procedimientos de cobranza ordinaria y coactiva continuarán mientras la deuda materia de dicha cobranza no sea cancelada durante la vigencia de la presente ordenanza. Leer más

El plazo vence el 31 de diciembre | Carabayllo lanza un programa tributario para incentivar la presentación de la DJ del Impuesto Predial

La Municipalidad Distrital de Carabayllo dictó esta ordenanza para ampliar la base tributaria en la jurisdicción y otorgar beneficios que incentiven la presentación voluntaria o inducida de Declaraciones Juradas (DJ) del Impuesto Predial por motivo de inscripción o de rectificación. Se pueden acoger a los beneficios previstos, las personas naturales o jurídicas, propietarios de uno o más predios bajo la calidad de omisos a la inscripción de sus predios o que no hubieran actualizado sus características, siempre que cumplan con los requisitos y alcances de la presente ordenanza. Acogerse al beneficio implica el reconocimiento de las obligaciones tributarias generadas. Con esto, la municipalidad propone: Leer más

La modernización de los trámites | El ROF del Municipalidad de Los Olivos

Con esta ordenanza, publicada en la Edición Extraordinaria de la Separata de Normas Legales del Diario Oficial «El Peruano», se oficializa el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Los Olivos (MDLO). El documento consta de dos títulos, siete capítulos, ciento siete artículos, la estructura orgánica y el organigrama de la comuna. La decisión deroga la Ordenanza N.° 491-CDLO, publicada el 14 de febrero del 2019 y sus demás modificatorias, así como cualquier otro dispositivo que se oponga a la presente ordenanza; que se aprueba, además, bajo lo establecido en la Ley N.° 27658, Ley Marco de Modernización de Gestión del Estado. [MDLO, Ord. 569-CDLO, 6/11/2023] Leer más

La reclamación o apelación solo suspende la prescripción cuando se interponen dentro de un procedimiento iniciado válidamente

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El literal a) del artículo 46 del TUO Código Tributario hasta el 5 de febrero del 2004 expresaba lo siguiente: «La prescripción se suspende: a) durante la tramitación de las reclamaciones y apelaciones (…)». Ahora, la norma señala que «Durante la tramitación del procedimiento contencioso tributario» (sic). La suspensión de la prescripción define el cómputo del plazo de prescripción mientras dura el supuesto suspensivo, que se reinicia una vez culmina dicho supuesto. Leer más

Cambio por deudas y servicios | Barranco regula el procedimiento de canje de deudas tributarias por bienes y/o servicios

El artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional N.° 28607, señala que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica, y administrativa en los asuntos de su competencia. Bajo esta marco general, la Municipalidad Distrital de Barranco (MDB) oficializa la ordenanza que regula el procedimiento de canje de deudas tributarias por bienes y/o servicios. Será la Gerencia Municipal, junto con la Gerencia de Administración Tributaria, la encargada del cumplimiento de lo dispuesto. El texto completo de la ordenanza será publicado en el portal del Estado peruano. [MDB, Ord. 614-2023-MDB, 1/11/2023] Leer más