El porcentaje del Aporte por Regulación que corresponde al OEFA para la gran y mediana minería se fija en 0.07 % hasta el 2025

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El porcentaje del Aporte por Regulación que corresponde al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) para los titulares de las actividades de gran y mediana minería por los años 2023, 2024 y 2025 se fija en 0.07 %. Este porcentaje rige desde el 1 de enero del 2023. [PCM, D. S. 156-2022-PCM, 31/12/2022] Leer más

2023-2025 | La alícuota del “Aporte por Regulación” en el subsector minero se fija en 0.12 %

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El Decreto Supremo N.° 200-2019-PCM fijó la alícuota de la contribución denominada “Aporte por Regulación” al que están obligados los titulares de las actividades mineras bajo supervisión y fiscalización del Osinergmin, para los años 2020, 2021 y 2022. Así, con fecha próxima a vencer, el Gobierno fija en 0.12 % la alícuota del “Aporte por Regulación” en el subsector minero. El aporte es calculado sobre el valor de la facturación mensual anotada en el Registro de Ventas e Ingresos que corresponda a las actividades directamente relacionadas al ámbito de su competencia supervisora y fiscalizadora, deducido el Impuesto General a las Ventas y el Impuesto de Promoción Municipal. Lo establecido entrará en vigencia a partir del 1 de enero del 2023 hasta el 31 de diciembre del 2025. [PCM, D. S. 153-2022-PCM, 30/12/2022] Leer más

El nuevo Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2023 del Ministerio del Ambiente

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Al haberse aprobado la Ley N.° 31638, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, y luego de coordinar con los órganos, unidades orgánicas, proyecto especial y unidades ejecutoras, la realización de los ajustes correspondientes al primer año; el Ministerio del Ambiente (Minam) aprueba su Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2023. El documento completo se publica en la sede digital del Ministerio del Ambiente (http://www.gob.pe/minam). [Minam, R. M. 321-2022-Minam, 30/12/2022] Leer más

El nuevo TUO del Procedimiento de Recaudación y Control del Aporte por Regulación del OEFA

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El Gobierno oficializa el Texto Único Ordenado del Procedimiento de Recaudación y Control del Aporte por Regulación del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA, que consta de veinte artículos, tres disposiciones complementarias finales, una disposición complementaria transitoria y tres anexos. Esta decisión deroga el artículo 2º de la Resolución de Consejo Directivo N.° 019-2018-OEFA/CD, que aprueba el TUO del Procedimiento de Recaudación y Control del Aporte por Regulación del OEFA. [OEFA, R. 00029-2022-OEFA/CD, 28/12/2022] Leer más

El reporte trimestral de acciones de fiscalización ambiental contra la minería ilegal será presentado vía el aplicativo informático a partir del primer trimestre del 2023

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Con el Decreto Legislativo N.º 1101 se establecieron medidas destinadas al fortalecimiento de la fiscalización ambiental de las actividades de la pequeña minería y minería artesanal, como mecanismo de lucha contra la minería ilegal y para asegurar la gestión responsable de los recursos mineros, a fin de garantizar la salud de la población, la seguridad de las personas, la protección del ambiente y el desarrollo de actividades económicas sostenibles. Ahora, el OEFA decide incorporar la segunda disposición complementaria final a los Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – Planefa, aprobados por la Resolución del Consejo Directivo N.º 004-2019-OEFA/CD, en los siguientes términos: Leer más

El nuevo reglamento para la atención de denuncias ambientales presentadas ante el OEFA

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Este último sábado el Ministerio del Ambiente (Minam) oficializó el nuevo «Reglamento para la atención de denuncias ambientales presentadas ante el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA», de aplicación para el mismo organismo, las entidades de fiscalización ambiental (EFA) y los denunciantes. El reglamento consta de seis capítulos, veintitrés artículos, dos disposiciones complementarias finales y dos disposiciones complementarias transitorias, en los que establece disposiciones y criterios que regulan el procedimiento para la atención de las denuncias ambientales, a través del Servicio de Información Nacional y denuncias Ambientales (Sinada), a fin de transparentar información y garantizar el derecho a formular y conocer el estado de sus denuncias, bajo un enfoque actualizado que asegure que dicha atención sea oportuna y efectiva. [OEFA, R. 00026-2022-OEFA/CD, 24/12/2022] Leer más

mineria, informal

Madre de Dios declaró de necesidad pública e interés regional la reducción gradual y progresiva del uso del mercurio en la pequeña minería y minería artesanal

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El Gobierno Regional de Madre de Dios declaró de necesidad pública e interés regional la reducción gradual y progresiva del uso del mercurio en la pequeña minería y minería artesanal aurífera aluvial. Para ello, se promoverá la utilización de tecnologías limpias, insumos y procedimientos inocuos para el procesamiento y obtención del oro aluvial. Además, se fomentará la certificación del “ORO VERDE” de Madre de Dios, como producto libre de mercurio para su mejor cotización en el mercado local, nacional e internacional. Se impulsarán las actividades de transformación del “Oro Verde Certificado”, orientadas a darle un valor agregado y a generar mayores fuentes de empleo y de ingresos a favor de la Región Madre de Dios. [GRMDD, Ord. 011-2022-RMDD/CR, 23/12/2022] Leer más

Edición Extraordinaria: Energía y Minas exceptúa por 15 días mezclas de biocombustibles

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El Ministerio de Energía y Minas (Minem) exceptuó por 15 días calendario la realización de mezclas de biocombustibles para su comercialización, para evitar una afectación al abastecimiento de combustibles líquidos en el territorio nacional. La Resolución Ministerial N.º 439-2022-Minem/DM, publicada ayer en la Edición Extraordinaria del Boletín de Normas Legales del Diario Oficial “El Peruano”, establece lo siguiente: “Exceptúese del cumplimiento del artículo 7, así como del cumplimiento de lo dispuesto en el según do párrafo del artículo 12 y el segundo párrafo del artículo 13 del Reglamento para la Comercialización de Biocombustibles, aprobado por Decreto Supremo N.º 021-2007-EM, a los agentes que realizan las mezclas de Alcohol Carburante con Gasolinas, así como a los agentes que comercializan y/o utilizan Gasoholes”. Leer más

La mejora del medioambiente | Vehículos de transporte terrestre internacional que ingresen al Perú tendrán que utilizar combustibles que cumplan con la norma nacional

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Con esta ley se contribuye con la mejora de la calidad ambiental del aire al disponer que los vehículos de transporte terrestre internacional que ingresen al territorio nacional utilicen combustibles que cumplan con las especificaciones y características previstas en la normativa nacional. La norma rige para los transportistas, nacionales o extranjeros, a cuyo nombre se encuentran habilitados los vehículos de transporte terrestre internacional que ingresen y circulen por el territorio nacional, sin perjuicio de lo establecido en los acuerdos internacionales y en la normativa comunitaria andina vigentes sobre la materia, y de los que el Perú es parte. La norma precisa que constituye infracción administrativa sancionable el incumplimiento de las condiciones para el ingreso de vehículos habilitados para el transporte terrestre internacional, establecidas en el artículo 3°. La detección de la infracción administrativa acarrea la imposición de una multa contra el transportista infractor por parte del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin). Leer más

El Congreso modifica las medidas para fortalecer la seguridad vial en el transporte público terrestre de carga y el transporte regular de personas

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El Congreso de la República, a través de esta ley, modifica el Decreto de Urgencia N.° 012-2019, Decreto de urgencia que establece medidas para fortalecer la seguridad vial en la prestación del servicio de transporte público terrestre de carga y del transporte regular de personas dentro del ámbito nacional, para incorporar dentro de su aplicación al servicio de transporte terrestre regular de personas de ámbito regional y provincial, flexibilizar los requisitos para acceder a la devolución del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) y ampliar el porcentaje de devolución. Según la norma, a partir del 1 de enero del 2023, el porcentaje al que se refiere el párrafo 2.1 del artículo 2° del Decreto de Urgencia N.° 012-2019 será del 70 %. Además, se extiende hasta el 31 de diciembre del 2025 el plazo establecido en el párrafo 2.1 del artículo 2° del Decreto de Urgencia N.° 012-2019 y se deroga el numeral 2 del párrafo 2.3 del artículo 2° del decreto citado. [PL, Ley 31647, 20/12/2022] Leer más