Un cobro único y no por etapas | Municipalidades no pueden fijar derecho de trámite, atención técnica y/o inspección técnica para intervenciones en áreas de dominio público
La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual (Indecopi) declaró barreras burocráticas ilegales los procedimientos 81, 82, 88 y 97 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Independencia, aprobado por la Ordenanza Municipal N.° 004-2019-MDI. Sustenta la instancia administrativa, que estos procedimientos están relacionados a autorizaciones de ejecución de obras y/o intervenciones en áreas de dominio público; por lo tanto, al tratarse de procedimientos únicos, el derecho de tramitación también debe serlo y debe incluir todos los servicios prestados para la emisión de la respectiva autorización (costo por la autorización por parte de la municipalidad, verificación administrativa y verificación técnica por parte de los supervisores, entre otros); sin embargo, la municipalidad ha establecido para cada uno de ellos un cobro por etapas (derecho de trámite, atención técnica y/o inspección técnica), medida que vulnera el numeral 53.4 del artículo 53 del TUO de la Ley N.° 27444. Leer más









