Los sindicatos no se encuentran dentro del ámbito subjetivo de la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas
/0 Comentarios/en Corte Suprema, Derecho, Destacado, Jurisprudencia y doctrina, Laboral /por Unidad Editorial Lex SolucionesSi el trabajador cobró la indemnización por despido, no puede, luego, pretender la tutela restitutoria
/0 Comentarios/en Corte Suprema, Derecho, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina, Laboral /por Unidad Editorial Lex SolucionesEl asegurado deberá conocer los términos exactos de la renovación del seguro
/0 Comentarios/en Comercio, Corte Suprema, Derecho, Destacado, Financiero, Judicial, Jurisprudencia y doctrina /por Unidad Editorial Lex SolucionesConvivencia pacífica | La Suprema descarta un riesgo de confusión entre los signos Lotero LT y Lotto
/0 Comentarios/en Comercio, Corte Suprema, Derecho, Judicial, Jurisprudencia y doctrina /por Unidad Editorial Lex SolucionesNo cabe la autorización gratuita de uso de bienes estatales a favor de particulares
/0 Comentarios/en Civil, Construcción, Corte Suprema, Derecho, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina /por Unidad Editorial Lex SolucionesLa gravedad de las faltas laborales deben exponer las dos siguientes consideraciones
/0 Comentarios/en Civil, Corte Suprema, Derecho, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina, Laboral /por Unidad Editorial Lex SolucionesEl plazo para impugnar el despido de hecho corre desde que se produce la real cesación de la prestación de servicios
/0 Comentarios/en Corte Suprema, Derecho, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina, Laboral /por Unidad Editorial Lex SolucionesPara probar la notoriedad de un signo, no basta con demostrar la existencia de un acto administrativo o judicial
/0 Comentarios/en Comercio, Corte Suprema, Derecho, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina /por Unidad Editorial Lex SolucionesLos servicios de consultoría prestados a través de correo electrónico no califican automáticamente como servicios digitales
/0 Comentarios/en Construcción, Corte Suprema, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesCorte Suprema l Impuesto a la Renta. La recurrente del caso contrató los servicios de asesoría y consultoría de una empresa proveedora no domiciliada, que brindó tales servicios mediante correo electrónico. Para la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), este servicio constituía un servicio digital, que se encuentra regulado solo por el segundo párrafo del literal b) del artículo 4°-A del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta. Postula, en este sentido, que se está ante servicios digitales en la modalidad de acceso electrónico a servicios de consultoría en los que se puede proveer servicios profesionales (consultores, abogados, médicos, etcétera) mediante el correo electrónico o videoconferencia, que se subsumen en el numeral 7 literal b) del artículo 4°-A del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, por lo que, para su configuración, no son necesarios los requisitos generales que establece el primer párrafo del literal b) del artículo 4°-A del indicado reglamento. Leer más
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