Son 456 espacios destinados | Lince fija la tasa de S/ 0,50 por treinta minutos del servicio de estacionamiento

Se ratificó la Ordenanza N.° 511-2024-MDL de la Municipalidad Distrital de Lince (MDL), que establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal en zonas urbanas de su jurisdicción. El servicio se prestará en 456 espacios, de lunes a sábado, en el horario de 08.00 a. m. a 09.00 p.m., con la tasa de cincuenta céntimos de sol (S/ 0,50) por treinta minutos. El monto recaudado por este concepto, señala la ordenanza, constituye ingreso tributario de la Municipalidad Distrital de Lince, rendimiento destinado a la administración y mantenimiento del servicio. La recaudación podrá efectuarse directamente o a través de cualquiera de las modalidades permitidas por Iey. [MDL, Ord. 511-2024-MDL y Ac. 256, 16/07/2024] Leer más

Multa por no usarlos o conservarlos | Los símbolos de la ciudad de Lima son intangibles

A través de esta ordenanza, se declaró oficiales e intangibles los símbolos de la Ciudad de Lima: el «Escudo de la Ciudad de Lima», la «Bandera de la Ciudad de Lima» y el «Himno de la Ciudad de Lima». En los anexos I y II de la presente ordenanza figura la información gráfica oficial de dichos símbolos. La Alcaldía Metropolitana de Lima, mediante decreto, deberá reglamentar lo dispuesto en la presente ordenanza en un plazo de sesenta días contados a partir de su entrada en vigencia; el reglamento deberá comprender el uso y aplicación de los símbolos de la Ciudad de Lima y se deberá publicar la partitura de la ciudad de Lima. La ordenanza incorpora los códigos de infracción 06-0705, 06-0706 y 06-0707 en el subrubro 6.7 del Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas (CISA), aprobado por Ordenanza N.° 2200. [MML, Ord. 2641, 7/07/2024] Leer más

Moverse, pero bajo un plan | Manual para la elaboración de planes de movilidad urbana sostenible

El artículo 84 del Reglamento de acondicionamiento territorial y planificación urbana del desarrollo urbano sostenible (Rapudus), aprobado por el Decreto Supremo N.° 012-2022-Vivienda, define al Plan Temático de Movilidad Urbana Sostenible como el producto del proceso a cargo de las municipalidades provinciales que se orienta a planificar el Sistema de Movilidad Urbana identificado en un Plan de Desarrollo Metropolitano (PDM) o Plan de Desarrollo Urbano (PDU), con el fin de mejorar la interconexión de continuos poblados cuando se presentan procesos de crecimiento socio – económico y dinámicos considerables de movilidad de personas y mercancías y, con ello, reducir los tiempos de desplazamiento para minimizar los costos ambientales y/o favorecer los modelos de transporte que consuman menos recursos naturales y/o los menos contaminantes, a fin de volverlos más eficientes, accesibles, seguros, y asequibles. Leer más

La eterna congestión vehicular | Surco lanza su plan ¡Aquí no cuadras!

La Ordenanza N.° 632-MSS, prohíbe el estacionamiento y abandono de vehículos en lugares no autorizados o vías de uso público que afecten el libre tránsito en el distrito de Santiago de Surco y establece disposiciones para la sanción y remoción. El artículo 1° de la Ordenanza N.° 661-MSS, Ordenanza que modifica e incorpora artículos al Anexo I de la Ordenanza N.° 632-MSS, establece que la Subgerencia de Tránsito de la Municipalidad de Santiago de Surco, de conformidad con las funciones asignadas en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), es el órgano responsable de la administración de los vehículos grúa utilizados para la aplicación de la medida correctiva, así como el encargado de los depósitos. Leer más

Bayóvar, Callao, Chancay, Salaverry, Iquitos… | Once puertos podrán emitir certificaciones sanitarias

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:
La Resolución Ministerial N.° 625-2009/Minsa designó a los puertos de Paita, Salaverry, Pisco, Matarani, Ilo, Chimbote y Callao como puertos marítimos internacionales autorizados para emitir certificaciones sanitarias de acuerdo con lo que estipula el Reglamento Sanitario Internacional (RSI), adoptado en la 58a Asamblea Mundial de la Salud de la Organización Mundial de la Salud (OMS), el 23 de mayo de 2005. Ahora, el Ministerio de Salud deroga la resolución citada para autorizar a los puertos de Bayóvar, Callao, Chancay, Chimbote, Ilo, Matarani, Paita, Pisco, Salaverry, San Nicolás e Iquitos, como puertos internacionales para emitir certificaciones sanitarias de acuerdo con lo estipulado en el RSI. Estos puertos se encuentran habilitados para lo siguiente: Leer más

Surco fija el marco normativo para retirar el cableado en desuso o en mal estado de las zonas urbanas

El marco normativo de las competencias municipales a nivel distrital, respecto de la ejecución del retiro del cableado en desuso o en mal estado en las zonas urbanas, se concreta a través de esta ordenanza de la Municipalidad Distrital de Surco (MDSS), que la dicta para facilitar el acopio de información y seguimiento a las empresas responsables del retiro de los cableados en desuso o mal estado, así como promover la participación de los vecinos del distrito en la identificación de esta problemática. Según establece el artículo 5° de la norma edil, la Subgerencia de Obras y Mantenimiento del Ornato, para identificar las áreas en las que exista cableado que deba ser retirado prioritariamente, utilizará los siguientes criterios: Leer más

Los Olivos modifica las reglas para autorizar la instalación de elementos de publicidad exterior

La Ordenanza Municipal N.° 573-2023-CDLO, del 30 de noviembre del 2023, regula las disposiciones técnicas y procedimientos administrativos de autorización para la ubicación de elementos de publicidad exterior en el distrito de Los Olivos. Ahora, la municipalidad distrital dispone su modificación para fortalecer la función que realiza la Subgerencia de Licencias Comerciales y Anuncios e Inspección Técnica de Seguridad de Edificación (SGLCAITSE) relacionada con la tarea de «otorgar las autorizaciones para la instalación de elementos de publicidad exterior, mobiliario urbano y prestación de servicios en áreas de dominio público según normativa vigente» (sic). [MDLO, Ord. 588-CDLO, 9/05/2024] Leer más

Sin bienes muebles que impidan el paso | Miraflores busca liberar sus espacios públicos

La Municipalidad Distrital de Miraflores (MDM) establece las disposiciones que deberán cumplir sus propietarios o poseedores de bienes muebles que alteren, limiten o restrinjan el uso y disfrute del espacio público y/o afecten el entorno urbano en el distrito. La norma consta de cinco (5) títulos, veintisiete (27) artículos, dos (2) disposiciones complementarias finales, tres (3) disposiciones complementarias modificatorias y una (1) disposición complementaria derogatoria. A lo largo de su texto, la norma establece disposiciones para coadyuvar con la protección, gestión, manejo y sostenibilidad de los espacios públicos, así como de las áreas del distrito que, por su uso o afectación, se destinan para la satisfacción de «las necesidades urbanas colectivas que trascienden los límites de los intereses individuales de los habitantes, mejorando la calidad de vida de las personas y del ambiente en el distrito» (sic). [MDM, Ord. 642-MM, 9/09/2024] Leer más

La predictibilidad para invertir | El MTC precisa la no aplicación del Informe Técnico Sustentatorio

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:
A pedido y sustento de la Dirección General de Asuntos Ambientales, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) precisa los supuestos para la no aplicación del Informe Técnico Sustentatorio (ITS), teniendo en consideración la presencia de factores climáticos o geodinámicos que puedan afectar severamente las infraestructuras existentes en los cuerpos de agua y que son usados para la prestación de servicios públicos esenciales, en beneficio de la población, la seguridad de los usuarios de dichos servicios y del entorno ambiental. Leer más

Magdalena también prohíbe utilizar las paredes laterales, frontales o posteriores de edificios o viviendas para instalar elementos publicitarios

Con la modificación del artículo primero de la Ordenanza N.° 157-2023-MDMM, que establece la prohibición de suscripción de convenios y/o adendas, en todas sus modalidades, para la instalación de anuncios publicitarios en vía pública de Magdalena del Mar, el nuevo texto queda redactado de la siguiente manera:

«Artículo Primero.- Establecer la prohibición de suscripción de convenios y/o adendas, en todas sus modalidades, para la instalación de anuncios publicitarios en vía pública. Asimismo, prohibir la utilización y/o autorización de paredes laterales, frontales o posteriores de edificios o viviendas para la instalación de todo elemento publicitario» (sic). [MDMM, Ord. 222-2024-MDMM, 17/04/2024] Leer más