Ecosistemas a salvo | El reglamento de la Ley de declaratoria de emergencia ambiental
El Ministerio del Ambiente (Minam) oficializó el Reglamento de la Ley N.° 32106, Ley de declaratoria de emergencia ambiental, que consta de tres títulos, ocho capítulos, cuarenta y tres artículos, seis disposiciones complementarias finales, una disposición complementaria transitoria y doce anexos. Toda la implementación de lo dispuesto se financiará con cargo al presupuesto institucional de las entidades involucradas sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, señala la norma. El reglamento tiene por finalidad fortalecer la funcionalidad y eficiencia de la declaratoria de emergencia ambiental para desarrollar e impulsar acciones orientadas a contener, controlar y reducir los efectos de un evento súbito y significativo sobre la calidad ambiental o los ecosistemas; controlar los riesgos para la salud de las personas; articular iniciativas multisectoriales, sinérgicas, descentralizadas, transversales y participativas; orientar y canalizar la intervención de las entidades públicas de todos los niveles de gobierno y las actividades del titular de la actividad vinculada con la declaratoria de emergencia ambiental, de ser el caso. La dación del texto reglamentario deroga el Decreto Supremo N.° 024-2008-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley N.° 28804, Ley que regula la declaratoria de emergencia ambiental, y la Resolución Ministerial N.° 125-2014-Minam, que aprueba el Protocolo de muestreo por emergencia ambiental. [Minam, D. S. 009-2025-Minam, 23/05/2025] Leer más










