La reclasificación arancelaria hecha por la Sunat será válida si cuenta con el informe técnico

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Al resolver este recurso de casación, la Corte Suprema (CS) deja establecido que «el procedimiento de Clasificación Arancelaria de Mercancías INTA-PE.00.09, aprobado por Resolución N.° 627-2007-Sunat/A, debe ser observado también para la reclasificación arancelaria» (sic).  Leer más

Bastará con la manifestación de voluntad de acogerse al Drawback hecha en las facturas que sustentan la Declaración Única de Aduanas

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A la Corte Suprema (CS) le resulta suficiente la consignación de la manifestación de voluntad de acogerse al régimen del Drawback en las facturas que sustentan la Declaración Única de Aduanas (DUA) para cumplir con la exigencia de «manifestación de voluntad que requiere el artículo 7°, del Reglamento de Procedimiento de Restitución Simplificado de Derechos Arancelarios, aprobado por Decreto Supremo N.° 104-95-EF» (sic). Leer más

Son averías simples todos los gastos y perjuicios causados al buque o a su cargamento, incluidos los gastos necesarios y los alimentos de la tripulación

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Nuevo procedimiento «Importación temporal, exportación temporal y tránsito aduanero mediante el uso del cuaderno ATA» DESPA-PE.00.23 (versión 1)

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El Decreto Legislativo N.° 1433 modificó la Ley General de Aduanas, aprobada por el Decreto Legislativo N.° 1053, al incorporar el artículo 59-A, con ello estableció que la admisión temporal de mercancías para reexportación en el mismo estado realizada en el marco del Convenio relativo a la importación temporal se rige por el convenio y por la legislación nacional vigente. Leer más

Sunat no sancionará a las empresas de servicio de entrega rápida y depósitos temporales que no transmitan información del ingreso y recepción de mercancías

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Un informe de la Gerencia de Regímenes y Servicios Aduaneros de la Intendencia Nacional de Desarrollo e Innovación Aduanera señala que el plazo de doce horas establecido para transmitir la información del ingreso y recepción de los envíos de entrega rápida que se trasladan fuera del terminal de carga aéreo es insuficiente, pues se requiere de un tiempo adicional para dicho proceso. Indica además, que el 89% del total de envíos que ingresan al país se ha visto agravado por la disminución del personal que participa en el proceso debido a la crisis sanitaria y la cantidad de envíos de entrega rápida que ingresan al Perú. Leer más