mineria, informal

Modificaciones y derogaciones para superar las trabas legales en el proceso de formalización minera integral

El Gobierno modifica el Decreto Supremo N.º 018-2017-EM, que establece disposiciones complementarias para la simplificación de requisitos y la obtención de incentivos económicos en el marco del Proceso de Formalización Minera Integral; el Decreto Supremo N.º 001-2020-EM, que establece disposiciones reglamentarias para el acceso y permanencia en el Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo); el Decreto Supremo N.º 009-2021-EM, que establecen disposiciones complementarias respecto del incumplimiento de los requisitos y condiciones de permanencia del Reinfo y deroga el Decreto Supremo N.º 008-2022-EM y el numeral 13.16 del artículo 13 del Decreto Supremo N.º 018-2017-EM.

Según sustenta la Dirección General de Formalización Minera, en el marco de la prórroga del proceso de formalización minera integral, existen las siguientes situaciones que obstaculizan la culminación del proceso de formalización por parte de los mineros que tienen inscripción vigente en el Reinfo: a) los requisitos y las consecuencias referidas a las condiciones de permanencia mencionadas en el Decreto Supremo N.º 001-2020-EM no son las mismas a las establecidas en el Decreto Supremo N.º 009-2021-EM y sus normas complementarias; b) existen inscripciones en el Reinfo (vigentes y suspendidas) que se superponen a otras inscripciones del referido registro, cuyo titular cuenta con áreas con IGAC o Igafom; c) se han encontrado oportunidades de mejora normativa sobre las disposiciones referidas a áreas restringidas, el procedimiento de revocación, así como a aquellas relacionadas al artículo 14 (Procedimiento de Exclusión) del Decreto Supremo N.º 018-2017-EM y a las modificaciones dispuestas por el Decreto Supremo N.º 008-2022-EM. [Minem, D. S. 010-2022-EM, 6/9/2022]

Ficha legal de la noticia: 

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Decreto Supremo que modifica los Decretos Supremos Nº 018-2017-EM, Nº 001-2020-EM y Nº 009-2021-EM, deroga el Decreto Supremo Nº 008-2022-EM y el numeral 13.16 del artículo 13 del Decreto Supremo

Nº 018-2017-EM

Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XXXIX, N.º 16792. 

Entidad: Ministerio de Energía y Minas (Minem).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: modifica los Decretos Supremos N.º 018-2017-EM, N.º 001-2020-EM y N.º 009-2021-EM.

Derogaciones: deroga el Decreto Supremo Nº 008-2022-EM y el numeral 13.16 del artículo 13 del Decreto Supremo N.º 018-2017-EM.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 7 de setiembre del 2022.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Decretos Supremos Nº 018-2017-EM, Nº 001-2020-EM y Nº 009-2021-EM.

Información relacionada:

* Decretos Supremos Nº 018-2017-EM, Nº 001-2020-EM y Nº 009-2021-EM.

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