La tasa de estacionamiento vehicular en Jesús María se fija en S/ 0,50 por cada treinta minutos o fracción

De acuerdo con la Municipalidad Distrital de Jesús María (MML), el hecho imponible de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal es el uso o aprovechamiento de los espacios habilitados por ella para la prestación del servicio de estacionamiento vehicular temporal. Son sujetos pasivos de la tasa en calidad de contribuyentes, los conductores de vehículos que usen o aprovechen temporalmente los espacios de las zonas habilitadas para la prestación del referido servicio. La obligación tributaria nace en el momento en el que el conductor estaciona su vehículo en los espacios habilitados. Sobre ello, a partir de mañana, el monto de la tasa de estacionamiento vehicular temporal asciende a la suma de S/ 0,50 por cada treinta minutos o fracción que permanezca estacionado el vehículo en la zona habilitada para el estacionamiento vehicular. El tiempo de tolerancia para el estacionamiento de vehículos en zona habilitada, exento al pago del tributo, es de diez minutos. Transcurrido este tiempo se procederá al cobro del monto, aun cuando no se utilice el total del tiempo establecido. El pago de esta tasa se realizará en el momento en que el conductor se disponga a retirar el vehículo de la zona de estacionamiento vehicular temporal. El ticket extendido al conductor sólo es válido por el día de su emisión y por el tiempo de fracción de permanencia de su vehículo. [MDJM, Ord. 618-MDJM, 7/12/2020]

Ficha:
Vigencia: 8/12/2020.
Modificaciones y derogaciones: ninguna.

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