El estado de emergencia nacional por la COVID-19 se extiende hasta el 30 de setiembre
Este domingo el Ejecutivo dispuso prorrogar el estado de emergencia nacional, por 33 días calendario, a partir del 29 de agosto, debido a las graves circunstancias que afectan la vida y salud de las personas como consecuencia de la COVID-19. Según el Decreto Supremo N.º 108-2022-PCM, durante el estado de emergencia nacional queda restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio, comprendidos en los incisos 9, 11 y 12 del artículo 2 y en el inciso 24, apartado f) del mismo artículo de la Constitución Política del Perú. Los infractores a las disposiciones sanitarias y las relativas al estado de emergencia nacional que no hayan cumplido con pagar la multa impuesta por las infracciones cometidas durante el estado de emergencia nacional y demás normas emitidas para proteger la vida y la salud de la población por el contagio de la COVID-19 están impedidos de realizar cualquier trámite ante cualquier entidad del Estado. [PCM, D. S. 108-2022-PCM, 28/8/2022]| Leer más










