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Enero 23, 2023
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Los recursos de reconsideración en Surco se resolverán en quince días

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Se adecua el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco (MSS), aprobado mediante la Ordenanza N.° 498-MSS, ratificada con el Acuerdo de Concejo N.° 2358 de la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) y modificatorias, a la Ley N.° 31603 que modifica, a su vez, el artículo 207 de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, a fin de reducir el plazo para resolver el recurso de reconsideración a uno de quince días. [MSS, D. de Alc. 02-2023-MSS, 21/01/2023]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Adecuan el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad de Santiago de Surco a la Ley N.° 31603 a fin de reducir el plazo para resolver recurso de reconsideración.

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XL, N.° 17038.

Entidad: Municipalidad Distrital de Santiago de Surco (MSS).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 23 de enero del 2023.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ley N.° 31603, que modifica el artículo 207 de la Ley 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General a fin de reducir el plazo para resolver el recurso de reconsideración.

* Ordenanza N.° 498-MSS, que aprueba derechos de trámite de procedimientos y servicios administrativos brindados en exclusividad contenidos en el TUPA.

Información relacionada:

+ TUPA de la municipalidad de Surco se adecua a los procedimientos administrativos estandarizados de licencia de funcionamiento. [MSS, Ord. 635-MSS, 27/01/2021]

D. de Alc. 02-2023-MSS
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documento aprobado
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El Congreso dicta disposiciones para asegurar el pago de obligaciones del FEPC

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El Congreso de la República publicó la Ley N.° 31674, que establece las disposiciones que aseguran el cumplimiento del pago de obligaciones del Fondo para la Estabilización de Precios de los Combustibles derivados del Petróleo (FEPC). La ley autoriza la incorporación de recursos vía crédito suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 hasta por la suma de S/ 1 643 870 000,00 a favor del Ministerio de Energía y Minas, que serviirá para financiar el fondo para el pago de las obligaciones a favor de los productores e importadores de crudo. [PL, Ley 31674, 21/01/2023]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Ley que aprueba disposiciones para asegurar el cumplimiento de pago de obligaciones del Fondo para la Estabilización de Precios de los Combustibles Derivados del Petróleo

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XL, N.° 17038.

Entidad: Congreso de la República (PL).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 23 de enero del 2023.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Decreto de Urgencia N.° 010-2004, que crea el Fondo para la Estabilización de Precios de los Combustibles Derivados del Petróleo.

Información relacionada:

+ El Congreso dicta disposiciones para asegurar el pago de obligaciones del FEPC. [PL, Ley 31674, 21/1/20223]

+ Último tramo del año | Las medidas del Minem para estabilizar los precios de combustibles. [Minem, D. S. 011-2022-EM, 19/9/2022]

Ley 31674
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