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Edición Extraordinaria: la emergencia por la COVID-19 se amplía por 31 días más, pero sin mascarillas en espacios abiertos
El Gobierno oficializó el decreto que establece el uso obligatorio de mascarillas solo en los hospitales y el transporte público. Se trata del Decreto Supremo N.° 118-2022-PCM que prorrogó además, el estado de emergencia a nivel nacional por el plazo de 31 días calendario, a partir del 1 de octubre del 2022, por las graves circunstancias que afectan la vida y la salud de las personas como consecuencia de la COVID-19. El decreto precisa en su artículo 4.1 que "es obligatorio el uso de una mascarilla KN95, o en su defecto una mascarilla quirúrgica de tres pliegues y encima de esta una mascarilla comunitaria (tela), en establecimientos de salud, vehículos del servicio de transporte terrestre de personas y espacios cerrados sin ventilación. Es opcional el uso de mascarillas en espacios abiertos y espacios cerrados ventilados. Es obligatorio el uso de una mascarilla KN95, o en su defecto una mascarilla quirúrgica de tres pliegues y encima de esta una mascarilla comunitaria (tela), para personas con síntomas respiratorios, tanto en espacios abiertos y cerrados" (sic). En las instituciones educativas, el uso de la mascarilla es opcional para los estudiantes y los docentes, pero se debe garantizar la ventilación adecuada de las aulas. Para restaurantes o similares espacios cerrados y sin ventilación "la(s) mascarilla(s) puede(n) ser retirada(s) sólo al momento de ingerir los alimentos" (sic). [PCM, D. S. 118-2022-PCM, 29/09/2022] Ficha legal de la noticia: Sumilla y ubicación oficial de la norma: Decreto supremo que prorroga el estado de emergencia nacional declarado por el Decreto Supremo N.° 016-2022-PCM Decreto supremo que declara estado de emergencia nacional por las circunstancias que afectan la vida y salud de las personas como consecuencia de la COVID-19 y establece nuevas medidas para el restablecimiento de la convivencia social prorrogado por Decreto Supremo N.° 030-2022-PCM Decreto Supremo N.° 041-2022-PCM Decreto Supremo N.° 058-2022-PCM, Decreto Supremo N.° 076-2022-PCM. Decreto Supremo N.° 092-2022-PCM y Decreto Supremo N.° 108-2022-PCM; y modifica el Decreto Supremo N.° 016-2022-PCM Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16834. Entidad: Presidencia del Consejo de Ministros (PCM). Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: prorroga el estado de emergencia nacional declarado por el Decreto Supremo N.° 016-2022-PCM. Derogaciones: ninguna. Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 1 de octubre del 2022. Fe de erratas: ninguna. Valores agregados LEX: Concordancias y antecedentes: * Decreto Supremo N.° 016-2022-PCM. Decreto supremo que declara estado de emergencia nacional por las circunstancias que afectan la vida y salud de las personas como consecuencia de la COVID-19 y establece nuevas medidas para el restablecimiento de la convivencia social. Información relacionada: + El estado de emergencia nacional por la COVID-19 se extiende hasta el 30 de setiembre. [PCM, D. S. 108-2022-PCM, 28/8/2022]| + El estado de emergencia por la COVID-19 regirá hasta el 28 de agosto. [PCM, D. S. 092-2022-PCM, 28/07/2022 + Se inicia la cuarta ola de contagios | El Gobierno extiende el estado de emergencia por la COVID-19 hasta el 31 de julio. [PCM, D. S. 076-2022-PCM, 30/6/2022]
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Edición Extraordinaria: este lunes 3 de octubre será día no laborable compensable para los miembros de mesa
El Gobierno declaró este lunes 3 de octubre "día no laborable compensable" para los ciudadanos que se desempeñen como miembros de mesa en las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (ERM 2022), que se desarrollarán este domingo 2 de octubre. El Decreto Supremo N.° 016-2022-TR, publicado este jueves 29 en una Edición Extraordinaria del Diario Oficial "El Peruano", dicta una serie de facilidades para los miembros de mesa y electores en el marco de las elecciones. Según el artículo 1° del decreto el 3 de octubre será día no laborable de naturaleza compensable para aquellos ciudadanos que se desempeñen como miembros de mesa durante las elecciones. "Para tal efecto, los empleadores de los sectores público y privado adoptan las medidas pertinentes para el cumplimiento de lo establecido en el numeral precedente" (sic). Para gozar del beneficio del día no laborable, "el trabajador que se desempeñó como miembro de mesa debe presentar a su empleador, a través de soporte físico o digital, al momento de reiniciar su prestación de servicios, el Certificado de Participación" entregado por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE). [MTPE, D. S. 016-2022-MTPE, 30/09/2022] Ficha legal de la noticia: Sumilla y ubicación oficial de la norma: Decreto supremo que otorga facilidades a miembros de mesa y electores en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16834. Entidad: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE). Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna. Derogaciones: ninguna. Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 1 de octubre del 2022. Fe de erratas: ninguna. Valores agregados LEX: Concordancias y antecedentes: * Decreto Supremo N.° 001-2022-PCM, Decreto supremo que convoca a Elecciones Regionales y Municipales 2022. Información relacionada: + Domingo electoral | Todas las facilidades para quienes durante la jornada laboral sean miembros de mesa o acudan a votar. [MTPE, D. S. 012-2021-TR, 3/05/2021]
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Lince aprueba procedimiento para notificar electrónicamente los actos administrativos que faciliten la absolución de solicitudes y controversias
La Municipalidad Distrital de Lince (MDL) aprueba un procedimiento que permitirá a los administrados y/o contribuyentes conocer en forma más célere y segura los actos administrativos que emite. De acuerdo con la ordenanza, los documentos que pueden ser notificados por medio electrónico son los siguientes: - Resoluciones emitidas por las distintas unidades de organización de la municipalidad.
- Cartas, oficios y requerimientos, emitidos por las distintas unidades de organización de la municipalidad.
- Otros actos mediante los que las distintas unidades de organización de la municipalidad absuelvan peticiones y/o controversias.
Los usuarios quedan obligados a revisar periódicamente su buzón electrónico, una vez que éste haya sido activado, a fin de consultar los actos administrativos u otros emitidos por la municipalidad; tomar las debidas medidas de seguridad en el uso del código de usuario y de la clave de acceso. En este sentido, se entenderá que las consultas al buzón electrónico las efectuó el usuario en todos aquellos casos en los que para acceder se haya utilizado el código de usuario y la clave de acceso otorgadas, o la clave de acceso generada por el propio usuario, en caso haya optado por cambiar la otorgada por el sistema. La norma también regula la desactivación del buzón electrónico, afiliación a la notificación por medio electrónico; efectos de la afiliación a la notificación por medio electrónico; procedimiento de notificación por medio electrónico y mecanismos de seguridad; validez de la notificación vía casilla electrónica; procedencia de la afiliación consulta de los actos administrativos y otros actos materia de notificación; imposibilidad de realizar la notificación en la casilla electrónica, entre otros. [MDL, Ord. 475-2022-MDL, 30/09/2022] Ficha legal de la noticia: Sumilla y ubicación oficial de la norma: Ordenanza que aprueba el procedimiento para la notificación electrónica de los actos administrativos emanados de la Municipalidad Distrital de Lince que faciliten la absolución de solicitudes y controversias Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXIX, N.° 16835. Entidad: Municipalidad Distrital de Lince (MDL). Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna. Derogaciones: ninguna. Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 1 de octubre del 2022. Valores agregados LEX: Concordancias y antecedentes: * Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. * Decreto Legislativo N.° 1412, Ley de Gobierno Digital. Información relacionada: ninguna.
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