Ninguna municipalidad tiene competencia para verificar dentro de los procedimientos de visado de planos y memorias descriptivas si quien los solicita es o no propietario del inmueble
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La Comisión de la Oficina Regional del Indecopi Junín declaró barreras burocráticas ilegales (i) el requisito de presentar copia del documento que acredite el derecho de propiedad para el procedimiento denominado "Visación de planos y memoria descriptivas - para fines de saneamiento físico legal" y (ii) el requisito de presentar certificado de búsqueda catastral para el procedimiento denominado "Visación de planos y memoria descriptivas - para fines de saneamiento físico legal" impuestas por la Municipalidad Distrital de El Tambo (MDT). La autoridad administrativa resuelve, sobre los numerales 3) y 6) del Procedimiento N.° SE1220DB52 del TUPA, aprobado mediante la Ordenanza Municipal N.° 020-2020-MDT/CM/SE, el 4 de noviembre del 2020, que la municipalidad no posee competencias para verificar dentro de los procedimientos de visación de planos y memoria descriptiva si la persona que los solicita ostenta la condición de propietario del inmueble y/o que cuenta con derecho para obtener la prescripción adquisitiva de dominio. Por el contrario, dicha competencia les corresponde al juez y al notario (de ser el caso), de conformidad con el artículo 21 de la Ley N.° 27157, Ley de regularización de edificaciones, del procedimiento para la declaratoria de fábrica y del Régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Común, el literal f) del artículo 39 del Reglamento de la Ley N.° 27157 y el artículo 505 del Código Procesal Civil. [Indecopi, R. Final 0213-2022/Indecopi-JUN, 21/06/2022] Ficha legal de la noticia: Sumilla y ubicación oficial de la norma: Declaran barreras burocráticas ilegales los requisitos consistentes en presentar copia del documento que acredite el derecho de propiedad del inmueble y certificado de búsqueda catastral para el procedimiento denominado Visación de planos y memoria descriptivas - para fines de saneamiento físico legal establecidas en el TUPA de la Municipalidad Distrital de El Tambo Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16671. Entidad: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi). Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: declara barreras burocráticas ilegales los numerales 3) y 6) del Procedimiento N.° SE1220DB52 del TUPA de la Municipalidad Distrital de El Tambo. Derogaciones: ninguna. Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 22 de junio del 2022. Fe de erratas: ninguna. Valores agregados LEX: Concordancias y antecedentes: * Ordenanza Municipal N.° 020-2020-MDT/CM/SE, que aprueba el Procedimiento N.° SE1220DB52 del TUPA de la Municipalidad Distrital de El Tambo. Información relacionada: + El efecto Indecopi: el Gobierno Regional de La Libertad elimina 313 barreras burocráticas identificadas en su TUPA. [GRLL, D. Reg. 002-2020-GRLL/GOB, 18/02/2021] + Indecopi declara barreras burocráticas varios procedimientos del TUPA de la Municipalidad Distrital de Víctor Larco Herrera relacionados con la licencia de edificación y de habilitación urbana. [Indecopi, R. 0680-2021/SEL-Indecopi, 22/12/2021]
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