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Junio 21, 2022
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Ninguna municipalidad tiene competencia para verificar dentro de los procedimientos de visado de planos y memorias descriptivas si quien los solicita es o no propietario del inmueble

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La Comisión de la Oficina Regional del Indecopi Junín declaró barreras burocráticas ilegales (i) el requisito de presentar copia del documento que acredite el derecho de propiedad para el procedimiento denominado "Visación de planos y memoria descriptivas - para fines de saneamiento físico legal" y (ii) el requisito de presentar certificado de búsqueda catastral para el procedimiento denominado "Visación de planos y memoria descriptivas - para fines de saneamiento físico legal" impuestas por la Municipalidad Distrital de El Tambo (MDT). La autoridad administrativa resuelve, sobre los numerales 3) y 6) del Procedimiento N.° SE1220DB52 del TUPA, aprobado mediante la Ordenanza Municipal N.° 020-2020-MDT/CM/SE, el 4 de noviembre del 2020, que la municipalidad no posee competencias para verificar dentro de los procedimientos de visación de planos y memoria descriptiva si la persona que los solicita ostenta la condición de propietario del inmueble y/o que cuenta con derecho para obtener la prescripción adquisitiva de dominio. Por el contrario, dicha competencia les corresponde al juez y al notario (de ser el caso), de conformidad con el artículo 21 de la Ley N.° 27157, Ley de regularización de edificaciones, del procedimiento para la declaratoria de fábrica y del Régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Común, el literal f) del artículo 39 del Reglamento de la Ley N.° 27157 y el artículo 505 del Código Procesal Civil. [Indecopi, R. Final 0213-2022/Indecopi-JUN, 21/06/2022]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Declaran barreras burocráticas ilegales los requisitos consistentes en presentar copia del documento que acredite el derecho de propiedad del inmueble y certificado de búsqueda catastral para el procedimiento denominado Visación de planos y memoria descriptivas - para fines de saneamiento físico legal establecidas en el TUPA de la Municipalidad Distrital de El Tambo

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16671.

Entidad: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: declara barreras burocráticas ilegales los numerales 3) y 6) del Procedimiento N.° SE1220DB52 del TUPA de la Municipalidad Distrital de El Tambo.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 22 de junio del 2022.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ordenanza Municipal N.° 020-2020-MDT/CM/SE, que aprueba el Procedimiento N.° SE1220DB52 del TUPA de la Municipalidad Distrital de El Tambo.

Información relacionada:

+ El efecto Indecopi: el Gobierno Regional de La Libertad elimina 313 barreras burocráticas identificadas en su TUPA. [GRLL, D. Reg. 002-2020-GRLL/GOB, 18/02/2021]

+ Indecopi declara barreras burocráticas varios procedimientos del TUPA de la Municipalidad Distrital de Víctor Larco Herrera relacionados con la licencia de edificación y de habilitación urbana. [Indecopi, R. 0680-2021/SEL-Indecopi, 22/12/2021]

R. Final 0213-2022-Indecopi-JUN
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Resolución Final 0213-2022-Indecopi-JUN (pdf)
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Surco amplía al 2025 su Plan de Desarrollo Local Concertado

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La Municipalidad Distrital de Santiago de Surco (MSS) aprueba la ampliación del horizonte temporal de su Plan de Desarrollo Local Concertado 2017-2021, aprobado mediante la Ordenanza N.° 543-MSS, al año 2025, el mismo que como Anexo N.° 1 forma parte integrante de la presente ordenanza. Este documento es un instrumento de gestión del desarrollo local en el ámbito del distrito de Santiago de Surco, y contiene las aspiraciones y la vocación de desarrollo del territorio en el largo plazo. La ordenanza también encarga el cumplimiento de lo que dispone a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y a cada una de las unidades orgánicas responsables de los objetivos estratégicos distritales y acciones estratégicas distritales definidas en la Ampliación del Horizonte Temporal del Plan de Desarrollo Local Concertado 2017-2021 al año 2025. El texto íntegro del plan se publica en el portal institucional www.munisurco.gob.pe. [MSS, Ord. 663-MSS, 21/06/2022]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Ordenanza que aprueba la Ampliación del Horizonte Temporal del Plan de Desarrollo Local Concertado 2017-2021 del distrito de Santiago de Surco al año 2025

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXIX, N.° 16672.

Entidad: Municipalidad Distrital de Santiago de Surco (MSS).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 22 de junio del 2022.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Decreto Legislativo N.° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico.

* Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N.° 026-2017/Ceplan/PCD, aprueba la Directiva N.° 001-2017-Ceplan/PCD “Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional".

* Ordenanza N.° 543-MSS, que aprueba la ampliación del horizonte temporal del Plan de Desarrollo Local Concertado 2017-2021 de Surco.

Información relacionada:

+ El horizonte temporal del Plan de Desarrollo Local Concertado del distrito de San Isidro se amplía hasta el 2025. [MSI, Ord. 563-MSI, 18/05/2022]

+ Acciones estratégicas territoriales | La Victoria oficializa la ampliación del horizonte temporal de su Plan de Desarrollo Local Concertado (PDLC) al año 2025. [MLV, Ord. 396-2022/MLV, 12/05/2022]

Ord. 663-MSS
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