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Febrero 22, 2022
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Más allá de compromisos particulares, vale lo que dispone el RNE sobre los retiros para ensanche de vías

‌ Facade of a modern apartment building

Opinión vinculante | Vivienda. En octubre del 2019, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) absolvió la siguiente duda: ¿es correcto restringir la edificación en el retiro para ensanche de vía si el propietario tiene el compromiso de cederlo cuando así lo requieran el municipio o las disposiciones de Lima Metropolitana, además de que en la consolidación urbana del entorno inmediato al lote no se evidencie predisposición para un ensanche de vía a futuro? Según explica la autoridad de vivienda, más allá de compromisos verbales, si bien las dimensiones del uso de los retiros considerados para ensanche de vía son aspectos regulados por las municipalidades en función de las características específicas y particulares de su jurisdicción, deben guardar relación y no contraponerse con los aspectos mínimos regulados en el Reglamento Nacional de Edificaciones (RNE). Y si el predio materia de edificación está sujeto a retiros para el ensanche de la vía, conforme con el Plan de Desarrollo Urbano, debe estar contemplado expresamente, según corresponda, en el Certificado de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios y en el Certificado de Alineamiento, cuyo cumplimiento es obligatorio. En cuanto a este tema tenemos que el artículo único de la Norma Técnica G.040 - Definiciones del RNE define como retiro a la distancia que existe entre el límite de propiedad y el límite de edificación; el área entre el lindero y el límite de edificación forman parte del área libre que se exige en los parámetros urbanísticos y edificatorios. Además, define la vía como el espacio destinado al tránsito de vehículos y/o personas. "El artículo 9° de la Norma Técnica A.010 del RNE, indica que cuando el Plan de Desarrollo Urbano lo establezca, existirán retiros entre el límite de propiedad y el límite de la edificación; cuyo instrumento normativo debe establecer sus dimensiones mínimas. Principalmente los retiros tienen por finalidad permitir la privacidad y seguridad de los ocupantes de la edificación, lo cuales pueden ser frontales, laterales y posteriores" (sic). (Director General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo Hernán Navarro Franco) [MVCS, Inf. Téc. Leg. 007-2019-Vivienda/VMVU-DGPRVU-DV-JLHP-AMBR, 9/10/2019]

Ficha legal de la noticia:

Base legal interpretada o analizada:

* Norma Técnica A.010 "Condiciones Generales de Diseño" del Reglamento Nacional de Edificaciones, aprobada por el Decreto Supremo N.° 011-2006-Vivienda, modificada por Decreto Supremo N.° 005-2014-Vivienda.

Entidad o persona comprometida: José Orrego Herrera.

Valores agregados LEX:

Concordancias:

* Norma Técnica G.040 "Definiciones" del Reglamento Nacional de Edificaciones, aprobada por el Decreto Supremo N.° 011-2006-Vivienda, modificada por la Resolución Ministerial N.° 174-2016-Vivienda

Información relacionada:

* Artículo único de la Norma Técnica G.040 - Definiciones del Reglamento Nacional de Edificaciones.

* Artículos 51 y 52 de la Norma Técnica A.010 del Reglamento Nacional de Edificaciones.

Información relacionada:

+ Los multifamiliares y la Norma A.010 del RNE | ¿Será posible proyectar el retiro de una escalera abierta desde el nivel de vereda hacia los sótanos? [MVCS, Inf. Téc. Leg. 005-2019-Vivienda/VMVU-DGPRVU-DV-EMJ-KCG, 21/10/2019]

+ La Norma G.040 de Edificaciones | Así se calcula el área techada requerida para proyectos de habilitación urbana y sobre el valor del inmueble que responde a las VIS. [MVCS, Inf. Téc. Leg. 006-2019-Vivienda-VMVU-DGPRVU-DV-EMJ-AMBR, 9/04/2019]

+ Vivienda modifica la Norma Técnica G.040, Definiciones, del Título I – Generalidades del Reglamento Nacional de Edificaciones. [MVCS, R. M. 029-2021-Vivienda, 29/01/2021]

+ Viviendas mínimas | Cambios a la Norma Técnica A.010 Condiciones generales de diseño del Reglamento Nacional de Edificaciones. [MVCS, R. M. 191-2021-Vivienda, 8/07/2021]

+ Un proyecto puede desarrollar más pisos que los fijados en los parámetros urbanísticos siempre que no supere la altura máxima resultante en metros lineales. [MVCS, Inf. Téc. Leg. 003-2022-Vivienda/VMVU-DGPRVU-DV-JLHP-KCG, 7/02/2022]

+ Cambios a la ordenanza que regula las edificaciones sostenibles | Miraflores varía los parámetros y la altura máxima de edificaciones en lotes con frente a ciertas avenidas. [MM, Ord. 567/MM, 17/04/2021]

Inf. Téc. Leg. 007-2019-Vivienda-VMVU-DGPRVU-DV-JLHP-AMBR (pdf)
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Grecia Carolina Campos Carrizales asume la secretaria técnica de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario del MVCS

Big hand from smart phone giving office chair ‌

El Gobierno, luego de dar por concluida la designación de Sergio Salguero Aguilar en el cargo de secretario técnico de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) (Resolución de Secretaría General N.° 074-2020-Vivienda), designó en el cargo a Grecia Carolina Campos Carrizales, labor que cumplirá adicionalmente a sus funciones como especialista legal en Derecho Administrativo y Procedimiento Disciplinario de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos. Con otras resoluciones también se oficializan las siguientes designaciones:

- Juan Perfecto Mayta Taype, en el cargo de asesor II del despacho MVCS. (R. M. 054-2022-Vivienda)

- Virginia Emilia Leiva Ale, en el cargo de directora de la Oficina de Cooperación y Asuntos Internacionales de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del MVCS. (R. M. 055-2022-Vivienda)

- Tania Ulrika Porles Bazalar, en el cargo de directora de la Oficina de Planeamiento y Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del MVCS. (R. M. 058-2022-Vivienda) [MVCS, R. 011-2022-Vivienda/SG, 13/01/2022]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Designan secretaria técnica de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario del Ministerio de Vivienda

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16482.

Entidad: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 23 de febrero del 2022.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ley N.° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos.

Información relacionada:

+ Margot Huataquispe Vásquez es la nueva directora general de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento del MVCS. [MVCS, R. 015-2022-Vivienda, 12/01/2022]

R. 011-2022-Vivienda-SG
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