Sobre este tema, tenemos que la Ley N.° 31112, Ley que establece el control previo de operaciones de concentración empresarial, establece todo un régimen de control previo cuando se trata de operaciones de concentración empresarial, esto con la finalidad de promover la competencia efectiva y la eficiencia económica en los mercados para el bienestar de los consumidores (ver Información relacionada). La Sexta Disposición Complementaria Final de esta ley dispone que la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) elabora y publica, a propuesta del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), el reglamento de la citada norma. Pues bien, el día de hoy, bajo este marco normativo, la PCM cumple con aprobar y publicar el Reglamento de la Ley N.° 31112. El documento reglamentario consta de ocho capítulos, treinta y tres artículos, seis disposiciones complementarias finales y tres disposiciones complementarias transitorias. El presente decreto entrará en vigencia de manera conjunta con la entrada en vigencia de la Ley N.° 31112. Sobre esto último, la Duodécima Disposición Complementaria Final de la ley dispone que la norma entrará en vigencia a los quince días calendario contados a partir de la adecuación normativa establecida en la Novena Disposición Complementaria Final, que dispone que, en un plazo no mayor a quince días contados a partir de la publicación del reglamento de la presente ley, se dictan las modificaciones al Reglamento de la Ley de Organización y Funciones (ROF) del Indecopi y demás instrumentos de gestión de la entidad, a fin de adecuarlos a lo que dispone la presente ley. [PCM, D. S. 039-2021-PCM, 4/03/2021]
Ficha legal de la noticia:
Sumilla y ubicación oficial de la norma:
Decreto supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N.° 31112 Ley que establece el control previo de operaciones de concentración empresarial.
Separata Especial de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano”, Año XXXVIII, N.° 15911.
Entidad: Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).
Modificaciones, adecuaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones: no aplica.
Derogaciones: no aplica.
Vigencia o situación legal de la norma: entra en vigencia a los quince días calendario contados a partir de la adecuación normativa que se realizarán al Reglamento de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi y demás instrumentos de gestión de la entidad.
Fe de erratas: no aplica.
Valores agregados LEX:
Concordancias y antecedentes:
* Ley N.° 31112. Ley que establece el control previo de operaciones de concentración empresarial.
* Decreto Supremo N.° 032-2021-PCM. Decreto supremo que aprueba la graduación, metodología y factores para la determinación de las multas que impongan los órganos resolutivos del Indecopi respecto de las infracciones sancionables en el ámbito de su competencia.
Información relacionada:
+ Así se graduarán y determinarán las multas del Indecopi en las concentraciones empresariales (monopolios) | Se modifica el código del consumidor y el reglamento del libro de reclamaciones. [PCM, D. S. 032-2021-PCM, 25/02/2021]
+ Con la flamante "Ley Antimonopolio", ahora el Indecopi realizará el control previo de las fusiones. [PL, Ley 31112, 7/01/2021]