En efecto, el día de ayer, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) aprobó el trámite de los certificados de publicidad registral a través de su aplicación móvil "App Sunarp"; los certificados que se podrán tramitar y que se expedirán con firma electrónica y código de verificación son los siguientes:
a. Certificado Registral Inmobiliario (CRI).
b. Certificado de vigencia de designación de apoyo.
c. Certificado de nombramiento de curador.
d. Certificado Literal de Partida Registral.
e. Certificado Positivo de Testamento.
f. Certificado Negativo de Testamento.
Los certificados de publicidad registral estarán disponibles para tramitarse a través de la aplicación móvil de acuerdo con el siguiente cronograma:
a. El CRI, el certificado de vigencia de designación de apoyo y el certificado de nombramiento de curador a partir del 16 de febrero del 2021.
b. El certificado literal de partida registral a partir del 26 de febrero del 2021.
c. El certificado positivo de testamento y el certificado negativo de testamento a partir del 26 de marzo del 2021.
[Sunarp, R. 003-2021-Sunarp/SA, 14/02/2021]Ficha legal de la noticia:
Sumilla y ubicación oficial de la norma:
Aprueban tramitación de certificados de publicidad registral, a través de aplicación móvil de la Sunarp - "App Sunarp"
Separata Especial de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 15879.
Entidad: Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp).
Modificaciones, adecuaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones: no aplica.
Derogaciones: no aplica.
Vigencia o situación legal de la norma: en vigencia desde el 16/02/2021.
Fe de erratas: no aplica.
Valores agregados LEX:
Concordancias y antecedentes:
* Resolución N.° 281-2015-Sunarp-SN, que aprueba el Reglamento del Servicio de Publicidad Registral.
* Resolución N.° 236-2017-Sunarp/SN, que aprueba la Directiva N.° 05-2017-Sunarp.
Información relacionada:
+ Sunarp regula la presentación electrónica de títulos al registro mediante el Sistema de Intermediación Digital. [Sunarp, R. 120-2019-Sunarp/SN, 28/05/2019]