Con este último decreto, el Ministerio de Cultura (Mincul) ordena que se adopten las medidas necesarias para cumplir con la finalidad de los procedimientos administrativos de autorización del Plan de Monitoreo Arqueológico y de expedición del Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos, iniciados durante la vigencia de la emergencia sanitaria, a través de la prórroga por el periodo de quince días calendario del plazo de los procedimientos administrativos regulados en el segundo párrafo del artículo 15 y cuarto párrafo del artículo 56 del Reglamento de Intervenciones Arqueológicas, aprobado por el Decreto Supremo N.° 003-2014-MC. Desde el punto de vista legal, el decreto aprueba disposiciones excepcionales y temporales sobre la inscripción en los registros regulados en el Título XIV del Reglamento de Intervenciones Arqueológicas, así como para la prórroga de los procedimientos administrativos de autorización del Plan de Monitoreo Arqueológico y de expedición del Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos, en el marco de la emergencia sanitaria declarada por la COVID-19. [MC, D. S. 002-2021-MC, 11/02/2021
Ficha legal de la noticia:
Sumilla y ubicación oficial de la norma:
Decreto supremo que establece medidas excepcionales y temporales aplicables al Reglamento de Intervenciones Arqueológicas, aprobado mediante el Decreto Supremo N.° 003-2014-MC y modificatoria, en el marco de la emergencia sanitaria declarada por la COVID-19
Separata Especial de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano”, Año XXXVIII, N.° 15874.
Entidad: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS).
Modificaciones, adecuaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones:
* Suspende hasta el 31 de diciembre del 2021 la aplicación de las disposiciones del Título XIV del Reglamento de Intervenciones Arqueológicas (D. S. 003-2014-MC). Extiende por el periodo de quince días calendario el plazo de los procedimientos administrativos iniciados para atender las solicitudes de autorización del Plan de Monitoreo Arqueológico y de expedición del Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos.
* Modifica el artículo 100 del Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-ED.
Derogaciones: no aplica.
Vigencia o situación legal de la norma: en vigencia desde el 12/02/2021 hasta el 31/12/2021.
Fe de erratas: no aplica.
Valores agregados LEX:
Concordancias y antecedentes:
* Ley N.° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación.
* Decreto Supremo N.° 003-2014-MC, Reglamento de Intervenciones Arqueológicas.
Información relacionada: ninguna.