Un informe emitido por la Subgerencia de Defensa Civil de la Municipalidad Distrital de Surquillo (MDS) precisa que la zona de la Residencial Limatambo se encuentra bajo un peligro geológico muy alto y, por lo tanto, no cumple con las condiciones de seguridad en materia de Defensa Civil, dado que está compuesta por rellenos antrópicos no controlados. Según detalla el informe, estos rellenos sufren un proceso de subsidencia que ocasiona daños estructurales en varias viviendas dentro de las zonas que conforman la residencial. Se trata de un hecho fortuito o de fuerza mayor que genera la depreciación del valor de los predios por el claro y comprobado deterioro de los inmuebles, así como de pistas, veredas y vías que la conforman. Así las cosas, la municipalidad considera necesario mitigar estos perjuicios a través de la condonación de los arbitrios municipales determinados para los ejercicios 2015, 2016, 2017, 2018, 2019, 2020 y 2021 para los predios que, verificados previamente y técnicamente por la Subgerencia de Defensa Civil mediante la emisión de un informe técnico, hayan sufrido daños estructurales y materiales. El beneficio tributario aprobado, denominado "Porque lo pediste 2021", contempla un régimen extraordinario de incentivos de descuentos en deudas tributarias para los predios de los contribuyentes que, sin tener responsabilidad directa o indirecta, hayan sufrido daños en los elementos estructurales definidos en el Título III.2. Estructuras del Reglamento Nacional de Edificaciones. [MDS, Ord. 477-MDS, 9/02/2021]
Ficha legal de la noticia:
Sumilla y ubicación oficial de la norma:
Ordenanza que establece el beneficio tributario denominado "Por que lo pediste 2021" (sic)
Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 15870.
Entidad: Municipalidad Distrital de Surquillo (MDS).
Modificaciones, adecuaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones: no aplica.
Derogaciones: no aplica.
Vigencia o situación legal de la norma: en vigencia desde el 10/02/2021 hasta el 27/02/2021.
Fe de erratas: no aplica.
Valores agregados LEX:
Concordancias y antecedentes:
* Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N.° 133-13-EF.
Información relacionada: ninguna.