Con esta ordenanza, la Municipalidad Distrital de Independencia (MDI) busca incentivar en los contribuyentes el correcto cumplimiento de sus obligaciones tributarias y no tributarias, formales y sustanciales. En efecto, según detalla la disposición municipal, podrán acogerse a los beneficios tributarios los contribuyentes que tengan deudas en cualquier estado de cobranza y siempre que estas no hayan sido objeto de medida de retención bancaria ejecutada. También podrán acogerse los propietarios posesionarios no registrados en la base predial y que deseen regularizar tal condición. Los requisitos generales que establece la ordenanza son los siguientes:
a) Registrarse en el Plavin y efectuar la actualización de datos a través de la plataforma virtual.
b) Aceptar la notificación por correo electrónico.
c) Cumplir con comunicar a la administración tributaria la adquisición o modificación de predios, aun respecto de los ejercicios afectos no prescritos, de manera voluntaria y por la plataforma virtual cuando así corresponda.
d) Entregar, en los casos que la administración lo requiera, documentación cierta que permita el levantamiento de información predial.
El beneficio tributario comprende la exoneración del 100 % de intereses de la deuda tributaria, de cualquier ejercicio anterior al vigente y un descuento (según tabla) del monto insoluto de la tasa de arbitrios municipales. [MDI, Ord. 000421-2021-MDI, 6/02/2021]
Ficha legal de la noticia:
Sumilla y ubicación oficial de la norma:
Ordenanza que aprueba el programa de beneficios "Reactívate Independencia Fase II"
Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano”, Año XXXVIII, N.° 15866.
Entidad: Municipalidad Distrital de Independencia (MDI).
Modificaciones, adecuaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones: no aplica.
Derogaciones: no aplica.
Vigencia o situación legal de la norma: en vigencia desde el 8/02/2021.
Fe de erratas: no aplica.
Valores agregados LEX:
Concordancias y antecedentes:
* Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N.° 133-2013-EF.
* Decreto Supremo N.° 044-2020-PCM, que estableció el estado de emergencia nacional.
Información relacionada: ninguna.