Exoneración del IR a las ganancias en la bolsa de valores | El MEF modifica el reglamento de la ley que fomenta la liquidez del mercado de valores y el reglamento de la ley de renta
La Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N.° 31662 prorrogó hasta el 31 de diciembre del 2023 la exoneración del Impuesto a la Renta por las rentas provenientes de la enajenación de valores prevista en la Ley N.° 30341, Ley que fomenta la liquidez e integración del Mercado de Valores. Esta misma disposición establece que la exoneración aplica (i) a las ganancias de capital generadas por una persona natural, sucesión indivisa o sociedad conyugal que optó por tributar como tal y (ii) hasta las primeras cien Unidades Impositivas Tributarias de la ganancia de capital generada en cada ejercicio gravable. Así, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) adecua el Reglamento de la Ley N.° 30341, aprobado mediante el Decreto Supremo N.° 382-2015-EF, a lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N.° 31662. Entre otros, modifica el segundo párrafo del acápite ii) del numeral 5 del literal b) del artículo 11 (Costo computable) del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N.° 122-94-EF. Por otro lado, el MEF optimiza el procedimiento para la publicación de los índices de corrección monetaria. [MEF, D. S. 027-2023-EF, 1/03/2023] Ficha legal de la noticia: Sumilla y ubicación oficial de la norma: Modifica el Reglamento de la Ley N.° 30341 Ley que fomenta la liquidez e integración del mercado de valores y modifica el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta Edición extraordinaria de la Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XL, N.° 17113. Entidad: Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: modifica el inciso c) del artículo 7° e incorpora los numerales 7, 8 y 9 al artículo 2°, los artículos 5°-A, 5°-B, 5°-C, 5°-D y el inciso e) en el artículo 7° del Reglamento de la Ley N.° 30341, Ley que fomenta la liquidez e integración del mercado de valores, aprobado mediante el Decreto Supremo N.° 382-2015-EF. Modifica el segundo párrafo del acápite ii) del numeral 5 del literal b) del artículo 11 (Costo computable) del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N.° 122-94-EF. Derogaciones: ninguna. Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 2 de marzo del 2023. Fe de erratas: ninguna. Valores agregados LEX: Concordancias y antecedentes: * Ley N.° 30341, Ley que fomenta la liquidez e integración del mercado de valores. * Decreto Supremo N.° 122-94-EF, Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta. Información relacionada: + Mercado de valores y operaciones de exportación | El MEF modifica el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta. [MEF, D. S. 326-2022-EF – D. S. 327-2022-EF, 29/12/2022] + Congreso prorroga los incentivos tributarios para promover los fondos de inversión en bienes inmobiliarios hasta el 2026. [PL, Ley 31650, 29/12/2022]
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