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La nueva versión del PDT Plame lleva el valor actualizado de la UIT para el año 2023
Al incrementarse la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), cuyo valor para el año 2023, según el Decreto Supremo N.° 309-2022-EF, es de S/ 4 950 00; la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) aprueba una nueva versión del PDT Planilla Electrónica (Plame), Formulario Virtual N.° 0601. Este nuevo PDT estará a disposición de los interesados a partir del 1 de febrero del 2023, y será de uso obligatorio a partir de dicha fecha. [Sunat, R. 000021-2023/Sunat, 31/01/2023] Ficha legal de la noticia: Sumilla y ubicación oficial de la norma: Aprueban nueva versión del PDT Planilla Electrónica - Plame, Formulario Virtual N.° 0601 Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XL, N.° 17057. Entidad: Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat). Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna. Derogaciones: ninguna. Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 1 de febrero del 2023. Fe de erratas: ninguna. Valores agregados LEX: Concordancias y antecedentes: * Resolución de Superintendencia N.° 000059-2022/Sunat, que aprobó la versión 4.1 del PDT Planilla Electrónica - Plame, Formulario Virtual N.° 0601. Información relacionada: + El valor de la UIT durante el 2023: cuatro mil novecientos cincuenta soles. [MEF, D. S. 309-2022-EF, 24/12/2022]
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Edición Extraordinaria: el MEF posterga hasta junio del 2023 la determinación y publicación de los montos fijos del Sistema Específico del ISC
Mediante la Resolución Ministerial N.° 026-2001-EF/15 y sus normas modificatorias, se establecieron las disposiciones para aplicar los factores de actualización monetaria de los montos fijos del Sistema Específico del Impuesto Selectivo al Consumo. De acuerdo con esta resolución ministerial, los montos fijos establecidos o actualizados en el Nuevo Apéndice III o Nuevo Apéndice IV vigentes pueden ser actualizados anualmente siempre que la variación porcentual del IPC sea igual o superior al uno por ciento (1 %); tratándose de los montos fijos del Nuevo Apéndice III, adicionalmente, la ratio de volatilidad del IPC del rubro combustibles y lubricantes debe ser menor de 1,50; asimismo, se establece que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) es la entidad que determina y publica los montos fijos actualizados dentro de los primeros treinta días calendario del mes de enero de cada año. Sin embargo, el MEF decide postergar este plazo para el año 2023 hasta el 30 de junio del 2023. [MEF, R. M. 031-2023-EF/15, 30/01/2023] Ficha legal de la noticia: Sumilla y ubicación oficial de la norma: Postergan plazo de actualización de montos fijos vigentes aplicables a bienes sujetos al Sistema Específico del Impuesto Selectivo al Consumo Edición extraordinaria de la Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XL, N.° 17056. Entidad: Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: posterga el plazo para la determinación y publicación de los montos fijos actualizados para el año 2023. Derogaciones: ninguna. Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 31 de enero del 2023. Fe de erratas: ninguna. Valores agregados LEX: Concordancias y antecedentes: * Resolución Ministerial N.° 026-2001-EF/15, que establece disposiciones para la aplicación de los factores de actualización monetaria de los montos fijos del Sistema Específico del Impuesto Selectivo al Consumo. Información relacionada: + Se modifica la ley del IGV e ISC | El MEF adecua el comprobante de pago que debe respaldar el crédito fiscal. [MEF, D. S. 008-2023-EF, 27/01/2023]
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Captar las fluctuaciones | El INEI ejecutará una encuesta mensual para elaborar los índices unificados de precios y materiales de la construcción
El Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) dispuso la ejecución de la "Encuesta mensual para la elaboración de los índices unificados de precios de la construcción", para el año 2023, dirigida a las empresas fabricantes y/o distribuidoras de materiales de construcción a nivel nacional. El INEI, luego de aprobar el formulario de esta encuesta mensual, establece como plazo máximo para la entrega del formulario diligenciado con información del mes inmediato anterior hasta el quinto día hábil de iniciado cada mes. Las personas naturales y jurídicas obligadas a presentar esta información que incumplan con la devolución de los formularios debidamente diligenciados en el plazo establecido serán pasibles de sanción conforme con lo dispuesto en los artículos 87, 89, 90 y 91 del Decreto Supremo N.° 043-2001-PCM. La encuesta permitirá captar información para la elaboración de los Índices Unificados de Precios de la Construcción (IUPC), indicador económico que muestra la fluctuación promedio de precios que experimentan en el mercado el conjunto de elementos que intervienen en el costo de las obras de construcción civil. Con otra resolución jefatural, el INEI también autoriza la ejecución de la "Encuesta mensual de información básica para la elaboración del índice de precios de materiales de construcción", durante el año 2023, dirigida a las empresas y establecimientos ubicados en Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao que comercializan tales insumos. [INEI, R. J. 024-2023-INEI, R. J. 028-2023-INEI, 31/01/2023] Ficha legal de la noticia: Sumilla y ubicación oficial de la norma: Autorizan ejecución de la Encuesta mensual para la elaboración de los índices unificados de precios de la construcción en el año 2023 dirigida a las empresas fabricantes y/o distribuidoras de materiales de construcción a nivel nacional Autorizan ejecución de la Encuesta mensual de información básica para la elaboración del índice de precios de materiales de construcción durante el año 2023 dirigida a las empresas y establecimientos ubicados en Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao que comercializan los insumos de la construcción Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XL, N.° 17056. Entidad: Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI). Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna. Derogaciones: ninguna. Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 1 de febrero del 2023. Fe de erratas: ninguna. Valores agregados LEX: Concordancias y antecedentes: * Decreto Legislativo N.° 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática. Información relacionada: + ¿Cuánto cuesta construir? | Una encuesta mensual del INEI para elaborar los Índices Unificados de Precios de la Construcción (IUPC). [INEI, R. J. 026-2022-INEI, 25/02/2022]
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