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Punta Hermosa dicta un procedimiento sancionador para vehículos, carrocerías o autopartes abandonados en áreas públicas
La Municipalidad Distrital de Punta Hermosa (MDPH) dictó esta ordenanza que reglamenta el procedimiento administrativo sancionador sobre los vehículos, carrocerías o autopartes abandonados en áreas públicas, "estacionados en lugares no autorizados, que conductores, propietarios de los vehículos automotores y/o sus acompañantes cometan actos reñidos contra la moral y las buenas costumbres dentro o fuera de los mismos, o que sean utilizados para fines comerciales en el distrito" (sic). La norma municipal contempla la ejecución de la medida complementaria de internamiento de vehículos para mantener el orden de las vías públicas locales, preservar la salud pública, la seguridad ciudadana, la conservación del ornato, el medio ambiente y la vialidad; además, contribuye con la limpieza pública al inculcar "hábitos y costumbres en la población, orientados a la recuperación de las áreas públicas y el mejoramiento del entorno urbano y la imagen del distrito" (sic). Colocación del cepo vehicular. Una vez constatada la conducta infractora tipificada en este dispositivo legal por parte de la autoridad competente, se procederá a colocar el cepo para retener e inmovilizar la unidad vehicular motorizada incursa en falta. Seguidamente, se instruirá en el lugar la respectiva Acta de Control. Si por razones de seguridad no se pueda formular el acta en dicho lugar, el servidor edil responsable la instruirá en las instalaciones de la municipalidad; acto seguido, se impondrá la respectiva resolución de sanción. Internamiento de vehículo. La ejecución de esta medida complementaria de sanción impuesta podrá ser anticipada o con posterioridad a la emisión de la resolución de sanción, y consiste en el internamiento del vehículo en el depósito municipal, procediendo a dejar en el lugar de la detección, por ejemplo, adosado al pavimento, un aviso o estíquer, opcionalmente, también se podrá adosar en la acera contigua al lugar de detección tomando como referencia el predio contiguo a la última ubicación del vehículo, chasis, carrocería, chatarra o autoparte. [MDLP, Ord. 410-MDPH, 4/12/2022] Ficha legal de la noticia: Sumilla y ubicación oficial de la norma: Ordenanza que prohíbe dejar vehículos en vías públicas en estado de abandono, estacionados en zonas no autorizadas, que se ejecuten actos reñidos contra la moral y las buenas costumbres dentro y/o fuera de los automotores o usados para fines comerciales en el distrito de Punta Hermosa Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXIX, N.° 16950. Entidad: Municipalidad Distrital de Punta Hermosa (MDPH). Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: incorpora el artículo 10-A a la Ordenanza N.° 401-MDPH, que aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones. Derogaciones: ninguna. Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 4 de diciembre del 2022. Fe de erratas: ninguna. Valores agregados LEX: Concordancias y antecedentes: * Ordenanza N.° 401-MDPH. que aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa. Información relacionada: + Municipalidad de Punta Hermosa aprueba su plan de manejo de residuos sólidos 2022-2026. [MDPH, Ord. 449-MDPH, 20/07/2022]
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