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Setiembre 12, 2022
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El equilibrio entre la vida personal, familiar y laboral | Se oficializa la Ley del Teletrabajo en el Perú

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El día domingo se publicó en el Diario Oficial "El Peruano" la Ley N.° 31572, Ley del Teletrabajo, aprobada por insistencia por el Congreso de la República. La ley regula el teletrabajo en las entidades públicas e instituciones y empresas privadas dentro del marco del trabajo decente y la conciliación entre la vida personal, familiar y laboral. La norma precisa que el teletrabajador tendrá los mismos derechos que los establecidos para los trabajadores o servidores civiles que laboran bajo la modalidad presencial, de acuerdo con el tipo de régimen laboral al que pertenezca. De igual forma, tendrá derecho a recibir los equipos, el servicio de acceso a internet o las compensaciones económicas por la provisión de estos, además de la compensación por el consumo de energía eléctrica. También tendrá derecho a la desconexión digital, a la intimidad, privacidad e inviolabilidad de las comunicaciones y documentos privados del teletrabajador, considerando la naturaleza del teletrabajo. Serán infracciones leves, no comunicar al teletrabajador las condiciones de seguridad y salud que debe cumplir para realizar el teletrabajo; impedir la concurrencia del teletrabajador a las instalaciones del centro de trabajo para consultas relacionadas con su vínculo laboral, el manejo de los sistemas o programas específicos que le permitan realizar su labor o participar de las actividades de bienestar. Como infracción grave está considerada la de aplicar el cambio de modalidad de un trabajador convencional a la de teletrabajo o viceversa sin su consentimiento, excepto aquellos cambios unilaterales realizados en uso de su facultad directriz. De igual forma, no cumplir con la provisión de equipos, el servicio de acceso a internet y la capacitación del trabajador o teletrabajador. Será infracción muy grave no respetar el derecho del teletrabajador a desconectarse digitalmente durante las horas que no correspondan a su jornada de trabajo. Se deroga la Ley N.° 30036, Ley que regula el Teletrabajo. [PL, Ley 31572, 11/09/2022]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Ley del Teletrabajo

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXIX, N.° 16802.

Entidad: Congreso de la República del Perú (PL).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: deroga la Ley N.° 30036.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 12 de setiembre del 2022.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ley N.° 30036. Ley que regula el teletrabajo.

Información relacionada:

+ Trabajo modifica el reglamento de la ley de inspección laboral | Es una infracción muy grave permitir el trabajo presencial de quien no cuenta con la vacunación completa contra la COVID-19. [MTPE, D. S. 004-2022-TR, 21/04/2022]

Ley 31572
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munichorrillos
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Sin formalidad no hay desarrollo | Seis meses para regularizar edificaciones realizadas sin licencia en Chorrillos

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Para alentar el desarrollo económico y social del distrito, la Municipalidad Distrital de Chorrillos (MDCH) establece un proceso excepcional de regularización de edificaciones y facilita el acceso a la formalidad de aquellos predios ejecutados sin licencia. Esta ordenanza permitirá erradicar progresivamente la práctica de las construcciones sin licencia municipal. La norma, que regirá durante seis meses, señala en su artículo quinto que podrán acogerse todas aquellas personas naturales o jurídicas, públicas o privadas que ejercen el derecho de propiedad sobre el terreno que será objeto de regularización de licencia de edificación. Se podrá regularizar las edificaciones ejecutadas desde el 1 de enero del 2017 hasta el 31 de diciembre del 2019, pueden acogerse todos los inmuebles que cuenten con obra nueva, ampliación, modificación y remodelación (culminadas y/o con casco habitable) o de demolición, que no cuenten con licencia de edificación, conformidad o finalización de obra y declaratoria de edificación, las que podrán regularizarse con el pago de la multa administrativa. [MDCH, Ord. 441-2022/MDCH, 11/09/2022]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Ordenanza que establece beneficios para la regularización de las edificaciones ejecutadas sin licencia en el distrito de Chorrillos

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXIX, N.° 16802.

Entidad: Municipalidad Distrital de Chorrillos (MDCH).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 12 de setiembre del 2022 hasta el 12 de marzo del 2023.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Decreto Supremo N.° 035-2006-Vivienda, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27157, Ley de Regularización de Edificaciones del Procedimiento para la Declaratoria de Fábrica y del Régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Común.

Información relacionada:

+ Procedimiento especial para regularizar edificaciones ejecutadas sin licencia en el distrito de Chorrillos. [MDCH, Ord. 323-2018-MDCH, 7/2/2018]

Ord. 441-2022-MDCH
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construction warehouse with cement bags for industry use
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El Inacal aprueba normas técnicas sobre sistemas de construcción

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Luego de dejar sin efecto, entre otras, las normas técnicas NTP 339.051:2016 Yesos. Terminología asociada al yeso, a sus materiales y sistemas de construcción. 1ra Edición y NTP 334.186: 2016 Yesos. Perfiles no estructurales de acero utilizados en la construcción liviana en seco. 1a Edición; el Instituto Nacional de Calidad (Inacal) oficializa, entre otras, las normas NTP 239.501:2022 Sistemas Constructivos a Base de Placas. Productos manufacturados de lana mineral (MW). Requisitos. 1ra Edición; NTP 334.186:2022 Sistemas Constructivos a Base de Placas. Perfiles metálicos no estructurales utilizados en la construcción de entramados de acero. 2da Edición (Reemplaza a la NTP 334.186: 2016) y NTP 339.051:2022 Sistemas Constructivos a Base de Placas. Terminología asociada al yeso y sus materiales. 2da Edición. [Inacal, R D. 012-2022-Inacal/DN, 11/09/2022]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Aprueban normas técnicas peruanas y textos afines

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXIX, N.° 16804.

Entidad: Instituto Nacional de Calidad (Inacal).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: deja sin efecto, entre otras, las normas técnicas NTP 339.051:2016 Yesos. Terminología asociada al yeso, a sus materiales y sistemas de construcción. 1ra Edición y NTP 334.186: 2016 Yesos. Perfiles no estructurales de acero utilizados en la construcción liviana en seco. 1ra Edición

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 13 de setiembre del 2022.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ley N.° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad.

Información relacionada:

+ Plásticos, cemento, concreto, fertilizantes, gestión de residuos… | El Inacal aprueba 23 normas técnicas y deja sin efecto otras 15. [Inacal, R. D. 009-2022-Inacal/DN, 11/07/2022]

R. D. 012-2022-Inacal-DN
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Jesús María ya tiene su Programa local de vigilancia y monitoreo de la contaminación sonora para el periodo 2022

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Este último sábado se oficializó el Programa local de vigilancia y monitoreo de la contaminación sonora para el periodo 2022 de la Municipalidad Distrital de Jesús María (MDJM), cuyo texto consta de trece numerales y dos anexos. Será la Gerencia de Sostenibilidad y Servicios a la Ciudad, la Gerencia de Fiscalización y demás áreas que resulten competentes las encargadas del cumplimiento del presente decreto de alcaldía, de acuerdo con sus competencias y atribuciones. La Subgerencia de Presupuesto brindará las facilidades presupuestales que permitan su cumplimiento de acuerdo con el Plan Operativo Institucional - POI 2022. [MDJM, D. de Alc. 014-2022-MDJM, 10/09/2022]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Aprueban el Programa local de vigilancia y monitoreo de la contaminación sonora para el periodo 2022 de la municipalidad

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXIX, N.° 16801.

Entidad: Municipalidad Distrital de Jesús María (MMDJM).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 12 de setiembre del 2022.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ley N.° 28611, Ley General del Ambiente.

Información relacionada:

+ Jesús María aprobó su plan de vigilancia y monitoreo de la contaminación sonora. [MJM, D. de Alc. 007-2018-MDJM, 20/4/2018]

D. de Alc. 014-2022-MDJM
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Cálculo
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Jesús María: deudas son de recuperación onerosa si no superan el 10 % de la UIT y si tienen seis años desde el inicio de la cobranza coactiva

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La comuna de Jesús María modifica el último ítem del acápite 4 del Reglamento que regula el procedimiento para declarar y extinguir la deuda tributaria y no tributaria de cobranza dudosa y de recuperación onerosa, aprobado mediante Decreto de Alcaldía N.° 005-2022-MDJM. Según las modificaciones, las deudas no tributarias cuyos montos no justifican su cobranza serán aquellas que no excedan el 10 % de la UIT y que tengan un tiempo de seis años a partir del inicio del procedimiento de cobranza coactiva. La Subgerencia de Recaudación Tributaria y Ejecutoria Coactiva procederá con la revisión del archivo de deudas y, de ser conforme, procederá a remitirlo al ejecutor coactivo, al auxiliar coactivo, al encargado de emisión de documentos de cobranza, al analista tributario y administrativo y a la Subgerencia de Fiscalización Tributaria para su análisis. [MDJM, D. de Alc. 015-2022-MDJM, 10/09/2022]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Modifican el Reglamento que regula el procedimiento para declarar y extinguir deuda tributaria y no tributaria de cobranza dudosa y de recuperación onerosa, aprobado mediante Decreto de Alcaldía N.° 005-2022-MDJM

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXIX, N.° 16801.

Entidad: Municipalidad Distrital de Jesús María (MMDJM).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: modifica el Decreto de Alcaldía N.° 005-2022-MDJM.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 12 de setiembre del 2022.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Decreto de Alcaldía N.° 005-2022-MDJM, , que aprueba el Reglamento de la Ordenanza N.° 597-MDJM denominado: Reglamento que regula el procedimiento para declarar y extinguir deuda tributaria y no tributaria de cobranza dudosa y de recuperacion onerosa.

* Ordenanza N.° 597-MDJM, Ordenanza que aprueba las disposiciones para declarar y extinguir deuda tributaria y no tributaria de cobranza dudosa y de recuperación onerosa.

* Ordenanza N.° 669-MDJM, Ordenanza que modifica el artículo noveno de la Ordenanza N.° 597-MDJM que aprueba las disposiciones para declarar y extinguir deuda tributaria y no tributaria de cobranza dudosa y de recuperación onerosa.

Información relacionada:

+ La Subgerencia de Recaudación Tributaria y Ejecutoría Coactiva de Jesús María emitirá la resolución que declara deudas como cobranza dudosa o recuperación onerosa dentro del año fiscal. [MDJM, Ord. 669-MDJM, 21/08/2022]

+ Jesús María reglamenta el procedimiento para declarar y extinguir la deuda tributaria y no tributaria de cobranza dudosa y de recuperación onerosa. [MDJM, D. de Alc. 005-2022-MDJM, 22/04/2022]

D. de Alc. 015-2022-MDJM
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