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Agosto 23, 2022
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Justicia inmobiliario
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Más claridad y precisión en las reglas | Este es el protocolo de la Sunafil para fiscalizar la tercerización laboral

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El día de hoy se oficializó el documento normativo denominado "Protocolo para la Fiscalización de la Tercerización Laboral", que establece de forma clara y precisa las reglas y disposiciones para el adecuado ejercicio de la función inspectiva en la verificación del cumplimiento de la normativa sobre la tercerización laboral, en particular, de las disposiciones modificatorias introducidas mediante el Decreto Supremo N.° 015-2022-TR. El documento cuenta con el visto bueno de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Dirección de Inteligencia Inspectiva y de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Sunafil. [Sunafil, R. 428-2022-Sunafil, 23/08/2022]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Aprueban el Protocolo N.° 001-2022-Sunafil/DINI denominado Protocolo para la fiscalización de la tercerización laboral

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXIX, N.° 16772.

Entidad: Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 24 de agosto del 2022.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Decreto Supremo N.° 015-2022-TR.

Información relacionada:

+ El núcleo del negocio | El MTPE adapta el reglamento para sancionar infracciones en materia de intermediación y tercerización laboral. [MTPE, D. S. 015-2022-TR, 17/08/2022]

+ Todo el 2022 | La Sunafil emprende la "Campaña nacional en materia de igualdad salarial". [Sunafil, R. 328-2022-Sunafil, 8/07/2022]

R. 428-2022-Sunafil
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Ruido fuerte
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La Punta regula el ruido ambiental en el distrito con un plan para los años 2023 a 2027

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Con este decreto de alcaldía, se aprueba el Plan de Vigilancia y Monitoreo de Ruido Ambiental del distrito de La Punta 2023-2027 y se encarga a la Gerencia de Servicios a la Ciudad, a través de la División de Medio Ambiente, a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Defensa Civil y Policía Municipal, a través de la División de Seguridad Ciudadana y Policía Municipal, el cumplimiento de la presente resolución. El texto íntegro del plan se publica en el portal institucional de la municipalidad: www.munilapunta.gob.pe. [MDLP, D. de Alc. 007-2022-MDLP-AL, 23/08/2022]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Aprueban el Plan de Vigilancia y Monitoreo de Ruido Ambiental del distrito de La Punta 2023-2027

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXIX, N.° 16772.

Entidad: Municipalidad Distrital de La Punta (MDLP).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 24 de agosto del 2022.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

* Ley N.° 28611, Ley General del Ambiente.

* Decreto Supremo N.° 085-2003-PCM, Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido.

Información ambiental:

+ Una actualización al Plan de Manejo de Residuos Sólidos 2020-2025 de La Punta. [MDLP, Ord. 009-2021-MDLP/AL, 27/10/2021]

D. de Alc. 007-2022-MDLP-AL
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