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Julio 8, 2022
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Clínica
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El Carné de Permiso Temporal de permanencia de extranjeros tendrá una vigencia de dos años

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Del total de 150.793 personas extranjeras que obtuvieron el Carné de Permiso Temporal de Permanencia (CPP), solo 727 han realizado un trámite posterior a su entrega; es decir, 150.066 personas no han iniciado el procedimiento para el cambio de calidad migratoria (aproximadamente, solo el 5 % ha iniciado este procedimiento). Sobre estas cifras, el Gobierno decide ampliar el plazo de vigencia del CPP, para que los extranjeros que optaron por el "Procedimiento administrativo de regularización migratoria para personas extranjeras con situación migratoria irregular" tengan un plazo adicional de dos años que les permita acceder a una de las calidades migratorias establecidas en la normativa migratoria vigente. Esta decisión modifica el artículo 5° de las medidas especiales, excepcionales y temporales para regularizar la situación migratoria de extranjeros y extranjeras, aprobadas por el Decreto Supremo N.° 010-2020-IN. [Mininter, D. S. 008-2022-IN, 8/07/2022]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Decreto supremo que amplía la vigencia del Carné de Permiso Temporal de Permanencia - CPP como consecuencia de la obtención del permiso temporal de permanencia

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16701.

Entidad: Ministerio del Interior (Mininter).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: modifica el artículo 5° del Decreto Supremo N.° 010-2020-IN.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 9 de julio.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Decreto Supremo N.° 010-2020-IN. Decreto supremo que aprueba medidas especiales, excepcionales y temporales para regularizar la situación migratoria de extranjeros y extranjeras

Información relacionada:

+ Edición Extraordinaria: Noventa días más de plazo tienen los extranjeros para presentar su solicitud de regularización migratoria. [Migraciones, R. 000161-2022-Migraciones, 5/7/2022]

+ Vinculación laboral de venezolanos no se sujeta a límites de contratación de extranjeros. [MTPE, R. M. 176-2018-TR, 6/07/2018]

D. S. 008-2022-IN
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Cambio de año 2022
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Todo el 2022 | La Sunafil emprende la "Campaña nacional en materia de igualdad salarial"

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La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) dispone la realización de la denominada "Campaña nacional en materia de igualdad salarial" para disminuir los niveles de discriminación salarial en el país y que el trabajo de varones y mujeres sea valorado adecuadamente, a efectos de garantizar el trabajo decente bajo el principio de igualdad. Esta campaña, que se desarrollará durante lo que resta del año 2022, también promueve una cultura de conciencia en materia de igualdad salarial entre varones y mujeres, así como la realización de acciones de fiscalización, en aras de salvaguardar el trabajo decente bajo el principio de igualdad. [Sunafil, R. 328-2022-Sunafil, 8/07/2022]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Disponen la realización de la Campaña nacional en materia de igualdad salarial a cargo de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - Sunafil

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16701.

Entidad: Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 9 de julio.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ley N.° 28806, Ley General de Inspección del Trabajo.

Información relacionada:

+ A leer el nuevo texto | Llega una nueva versión del "Protocolo de fiscalización en materia de hostigamiento sexual". [Sunafil, R. 257-2022-Sunafil, 13/05/2022]

R. 328-2022-Sunafil
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Plazo año
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Hasta el 31 de octubre Magdalena del Mar otorgará beneficios tributarios y no tributarios

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La Municipalidad Distrital de Magdalena de Mar se propone facilitar la regularización y cumplimiento tributario, así como el saneamiento y depuración de los saldos por cobrar relacionados correspondientes a años anteriores, para ello implementa un régimen excepcional de beneficios que aplicarán para el pago del Impuesto Predial, arbitrios municipales, multas tributarias, pérdida de fraccionamiento y multas administrativas. Para acogerse, el contribuyente deberá pagar al contado sus deudas tributarias a través de medios electrónicos o virtuales, a través del aplicativo celular "Yo Pago Magdalena", en la Web: www.pagosenlinea.munimagdalena.gob.pe o través de las páginas Web de los siguientes bancos: BBVA, Scotiabank y otros que puedan incorporarse al proceso e implementación de la presente ordenanza. También podrán pagar presencialmente en las cajas de la Subgerencia de Tesorería ubicadas en el Palacio Municipal.

Entre otros, los beneficios tributarios para cada concepto son los siguientes:

a) Impuesto Predial: condonación del 100% de intereses moratorios y reajustes de la deuda pendiente de pago del año 2020 y años anteriores, 100% de descuento de gastos y costas procesales.

b) Arbitrios municipales: condonación del 100% de intereses moratorios de la deuda pendiente, y del monto insoluto según detalle por ejercicio anual, siempre y cuando regularice o haya regularizado el pago total del Impuesto Predial del año 2022, o no tengan la obligación formal del pago de dicho tributo por dicho periodo, siendo el porcentaje de descuento del monto insoluto: arbitrios municipales del año 2020 el 30% de descuento, arbitrios municipales del año 2019 y arbitrios municipales del año 2018 el 35% de descuento, y arbitrios municipales del año 2017 y años anteriores el 40% de descuento.

c) Multas tributarias en vía coactiva: descuento del 100% de intereses moratorios y descuento del 90% del monto insoluto de aquellas que hayan sido impuestas hasta el 30 de junio del 2022, siempre que el contribuyente cumpla con el pago de la totalidad de la deuda del Impuesto Predial del año 2022 y a la presentación de la "Declaración jurada de autoevaluó y/o de actualización de datos".

d) Costas y gastos procesales: descuento del 100% de las costas y gastos procesales de los procedimientos de cobranza de la deuda tributaria y no tributaria, siempre y cuando se cancele el íntegro de la deuda contenida en el expediente coactivo, con los beneficios establecidos en la presente ordenanza, los mismos que se provisionarán al 100%.

Los beneficios que otorga la presente ordenanza estarán vigentes hasta el 31 de octubre del 2022. [MDMM, Ord. 136-2022-MDMM, 8/07/2022]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Ordenanza que establece beneficios e incentivos tributarios y no tributarios de la deuda en el distrito de Magdalena del Mar deuda 2020 y años anteriores

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXIX, N.° 16701.

Entidad: Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar (MDMM)

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 9 de julio del 2022.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

* Decreto Supremo N.° 133-2013-EF, Texto Único Ordenado del Código Tributario.

* Decreto Supremo N.° 156-2004-EF, Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal.

Información relacionada:

+ Intereses condonados y descuentos en deudas vencidas para los contribuyentes de Magdalena que paguen el Impuesto Predial 2022. [MDMM, Ord. 135-2022-MDMM, 20/05/2022]

Ord. 136-2022-MDMM
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