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Junio 28, 2022
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Vivienda flexibiliza el cumplimiento de los pagos en la ejecución de los procedimientos de formalización onerosa

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Desde el mes de marzo del año 2020, la pandemia de la COVID-19 afecta directamente la economía del país, una situación que alcanza a las familias beneficiarias de la adjudicación onerosa en los procesos de formalización, que están obligadas a cumplir con el pago previo de todo el valor o de su cuota inicial, pero que, por la pandemia, no pueden cumplir con dichos pagos y, por ende, no pueden continuar con su proceso de formalización. En total, se estiman más de 20 mil predios afectados. Bajo este contexto, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) introduce mecanismos para flexibilizar el cumplimiento de los pagos en la ejecución de los procedimientos de formalización onerosa, en sus modalidades de venta al crédito y al contado, a fin de permitir a las familias el cumplimiento de las obligaciones con el fraccionamiento de pagos, cualquiera sea el valor del lote. Así pues, se emitirán los títulos sin condición de pago previo y se eliminará el denominado costo de formalización en lotes comerciales que se ubican en centros poblados, con lo que se les otorga un tratamiento similar a los lotes de vivienda de ese tipo de posesión informal, considerando que su titularidad proviene de los mismos usos y costumbres detectados en esas poblaciones. [MVCS, D. S. 005-2022-Vivienda, 28/06/2022]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Decreto supremo que modifica el Reglamento del Título I de la Ley N.° 28687, Ley de desarrollo y complementaria de formalización de la propiedad informal, acceso al suelo y dotación de servicios básicos, denominado "Formalización de la propiedad informal de terrenos ocupados por posesiones informales, centros urbanos informales y urbanizaciones populares", aprobado por el Decreto Supremo N.° 006-2006-Vivienda

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16684.

Entidad: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: modifica el numeral 3.2 del artículo 3°, y los artículos 9° y 19 del Reglamento del Título I de la Ley N.° 28687.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 29 de junio del 2022.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Decreto Supremo N.° 006-2006-Vivienda, Reglamento del Título I de la Ley N.° 28687, Ley de desarrollo y complementaria de formalización de la propiedad informal, acceso al suelo y dotación de servicios básicos.

Información relacionada:

+ El Cofopri aprueba dieciséis formatos para lograr la formalización masiva de pueblos nuevos. [Cofopri, R. D. D000077-2021-Cofopri-DE, 17/06/2021]

D. S. 005-2022-Vivienda
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Documento revisado
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La Sunarp modifica la directiva que regula el trámite en línea para inscribirse en el Índice de Verificadores del Registro de Predios

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La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) modificó la Directiva N.° DI-005-2021-SNR-DTR, que regula el trámite en línea para la inscripción en el Índice de Verificadores del Registro de Predios. Los cambios inciden en los artículos 3° (Definiciones y siglas), 7° (Requisitos para la inscripción de los profesionales), 8° (Capacitaciones, evaluaciones on line), 9° (Lugar de presentación de la documentación), 10 (Plazo para la evaluación y subsanación de observación), 15 (Digitalización de firma y sello), 16 (Otorgamiento de credencial), 17 (Verificación de credencial) y 18 (Actualización de información) de la Directiva N.° 01-2010-SNCP/CNC del Reglamento del Índice del Verificador Catastral, aprobada por la Resolución N.° 03-2010-SNCP/CNC, y el Anexo A, aprobado por la Resolución N.° 03-2010-SNCP/CNC y modificado por la Resolución N.° 01-2014-SNCP/CNC. [Sunarp, R. 002-2022-Sunarp-SNCP/CNC, 28/06/2022]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Aprueban modificación de la Directiva N.° 01-2010-SNCP/CNC del Reglamento del Índice del Verificador Catastral aprobado por la Resolución N.° 03-2010-SNCP/CNC, y el Anexo A

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16684.

Entidad: Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: modificó la Directiva N.° DI-005-2021-SNR-DTR.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 29 de junio del 2022.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Directiva N.° DI-005-2021-SNR-DTR, que regula el trámite en línea para la inscripción en el Índice de Verificadores del Registro de Predios.

Información relacionada:

+ Nuevo modelo de credencial | La inscripción en el Índice de Verificadores del Registro de Predios se hará en línea desde el 27 de diciembre. [Sunarp, R. 194-2021-Sunarp/SN, 16/12/2021]

+ La inscripción en el Índice del Verificador Catastral es a plazo indeterminado | Cambios y derogaciones que quedan luego del análisis de calidad regulatoria de la Sunarp. [Sunarp, R. 02-2021-SNCP/CNC, 30/04/2021]

R. 002-2022-Sunarp-SNCP-CNC
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Quality control certification, checked garantee of standard of company product.
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Proyecto para modificar el Reglamento de los revisores urbanos está disponible en el portal Web del Ministerio de Vivienda por diez días

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El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) publica el proyecto del Decreto Supremo que modifica el Reglamento de los Revisores Urbanos, aprobado por el Decreto Supremo N.° 006-2020-Vivienda y de su Exposición de Motivos, en su sede digital: www.gob.pe/vivienda, por el plazo de diez días hábiles, contado a partir de hoy, a efectos de recibir los comentarios, aportes y sugerencias de las personas interesadas. La Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo del ministerio será la encargada de consolidar, evaluar e incluir, de ser el caso, los comentarios, aportes y sugerencias que se presenten relacionadas con el proyecto, los que se recibirán a través del link "Proyecto de modificación del Reglamento de los Revisores Urbanos". [MVCS, R. M. 180-2022-Vivienda, 28/06/2022]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Disponen la publicación del proyecto de decreto supremo que modifica el Reglamento de los Revisores Urbanos, aprobado por el Decreto Supremo N.° 006-2020-Vivienda y de su Exposición de Motivos

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXIX, N.° 16684.

Entidad: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 29 de junio del 2022.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ley N.° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS).

* Decreto Supremo N.° 010-2014-Vivienda, Reglamento de Organización y Funciones del MVCS.

Información relacionada:

+ Vivienda aprueba nuevo Reglamento de los Revisores Urbanos. [Vivienda, D. S. 006-2020-Vivienda, 6/05/2020]

R. M. 180-2022-Vivienda
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