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Junio 1, 2022
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La Sunarp oficializa el repositorio de la Plataforma del Sistema Nacional Integrado de Catastro y su vinculación con el Registro de Predios

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En el marco de la directiva sobre estándares de servicios Web de información georreferenciada para el intercambio de datos entre entidades de la administración pública, aprobada por Resolución Ministerial N.° 241-2014-PCM, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) aprueba el repositorio de la Plataforma del Sistema Nacional Integrado de Catastro y su Vinculación con el Registro de Predios (SNCP), (link: https://www.idep.gob.pe/geovisor/SNCP/), que está a cargo del Instituto Geográfico Nacional (IGN). Luego de expresar las felicitaciones al equipo de profesionales del IGN por la implementación del Repositorio del SNCP, se establece que, de conformidad con lo establecido en el numeral 6.2 del artículo 6° del Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N.° 004-2019-JUS, el Acta N.° 04, de fecha 20 de diciembre del 2021, del Consejo Nacional de Catastro, forma parte integrante de la presente resolución. [Sunarp, R. 001-2022-Sunarp-SNCP/CNC, 1/06/2022]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Aprueban el repositorio de la Plataforma del Sistema Nacional Integrado de Catastro y su Vinculación con el Registro de Predios - SNCP

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16641.

Entidad: Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 2 de junio del 2022.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Resolución Ministerial N.° 241-2014-PCM, que aprueba la Directiva N.° 001-2014-PCM/ONGEI, "Directiva sobre estándares de servicios Web de información georreferenciada para el intercambio de datos entre entidades de la administración pública".

Información relacionada:

+ La publicidad registral en línea mejora: usuarios podrán conocer gratuitamente la ubicación gráfica del predio sobre la cartografía del visor de la Sunarp. [Sunarp, R. 097-2021-Sunarp/SN, 5/08/2021]

+ Mapas Web de acceso para todos | La Sunarp proyecta su nuevo servicio "Acceso a la visualización de predios inscritos de la Base Gráfica Registral". [Sunarp, R. 051-2021-Sunarp/SA, 6/04/2021]

+ La mudanza de los trámites registrales es irreversible | Plan de Gobierno Digital 2021-2023 de la Sunarp. [Sunarp, R. 006-2021-Sunarp/SA, 20/02/2021]

R. 001-2022-Sunarp-SNCP-CNC
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trafico
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Vía de circulación restringida la Av. Cuzco - Mi Perú - Callao, entre la Av. Víctor Raúl Haya de la Torre y la Av. Trujillo

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Un informe de la Gerencia General de Transporte Urbano de la Dirección de Seguridad Vial del Ministerio de Transporte y Comunicaciones (MTC) señala que "La Av. Cuzco presenta una variación irregular a lo largo de todo su recorrido, y de acuerdo a los accidentes de tránsito que han ocurrido en años anteriores, los vehículos involucrados en accidentes fatales han sido camiones (...). En ese sentido, se recomienda evaluar la restricción de algunos tipos de vehículos en esta vía, ya que la velocidad de operación no sólo se ve afectada por las pendientes elevadas, sino también, por el peso de los vehículos que circulan por ella (…)". Es entonces que, con este informe y ante los pedidos de la Municipalidad Distrital de Mi Perú - Callao, que la Municipalidad Provincial del Callao declara como vía de circulación restringida la Av. Cuzco - Mi Perú - Callao, en el tramo comprendido entre la Av. Víctor Raúl Haya de la Torre y la Av. Trujillo, indicación que aplica sobre el tránsito de vehículos de carga pesada con peso seco mayor a los 3.500 kg. Todo incumplimiento de lo dispuesto en este decreto de alcaldía se sancionará con las multas y medidas preventivas establecidas en el Reglamento Nacional de Tránsito y las disposiciones legales vigentes. [MPC, D. de Alc. 10-2022-DA/MPC, 1/06/2022]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Declaran como vía de circulación restringida la Av. Cuzco - Mi Perú - Callao en el tramo comprendido entre la Av. Víctor Raúl Haya de la Torre y la Av. Trujillo para el tránsito de vehículos de carga pesada con peso seco mayores a los 3.500 kg

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16641.

Entidad: Municipalidad Provincial del Callao (MPC).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 2 de junio del 2022.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ley N.° 27181. Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre,

Información relacionada: ninguna.

D. de Alc. 10-2022-DA-MPC
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Convocatoria
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"Barranquino, actualiza tu predio”, el programa que busca ampliar la base tributaria y la equidad en los arbitrios

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Con la finalidad de ampliar la base tributaria y coadyuvar a maximizar la distribución equitativa del costo de la tasa de arbitrios, la Municipalidad Distrital de Barranco (MDB) oficializa con una ordenanza el programa denominado "Barranquino, actualiza tu predio”, que otorga incentivos tributarios por la regularización y/o actualización de declaraciones juradas tributarias, entre otras disposiciones. Esta norma municipal se aplicará a toda persona natural, jurídica, sociedad conyugal, sucesión indivisa y patrimonio autónomo que tengan la condición de propietario de predios en el distrito de Barranco, cuya base imponible no haya sido declarada o declarado de forma incorrecta, o a quienes, dentro del plazo de vigencia de la norma, regularicen la presentación de su declaración jurada de actualización, rectificación o inscripción de predios omitidos. Según el artículo tercero de la ordenanza, se condonarán las deudas generadas por regularización de las declaraciones juradas de autoavalúo, del siguiente modo:

"1. Los omisos a la inscripción de un predio de su propiedad conforme a lo establecido en el numeral 1 .4 del artículo 1°.

a) Solo los intereses moratorios del Impuesto Predial anteriores al 2022.
b) La tasa de arbitrios anteriores al ejercicio fiscal 2022.
c) Las multas tributarias que correspondan y;
d) Los intereses moratorios de los arbitrios del ejercicio 2022.

2. Los omisos a la inscripción de un predio de su propiedad conforme al numeral 1.5 del artículo 1°.
a) Solo los intereses moratorios del Impuesto Predial anteriores al 2022.
b) La tasa de arbitrios anteriores al ejercicio fiscal 2022.
c) Los intereses moratorios de los arbitrios de los ejercicios anteriores al 2022.
d) Las multas tributarias que correspondan.

(...)" (sic).

La ordenanza entrará en vigencia a partir de mañana y regirá hasta el 31 de agosto del 2022. [MDB, Ord. 574-2022-MDB, 1/06/2022]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Ordenanza "Barranquino, actualiza tu predio" que otorga incentivos tributarios por la regularización y/o actualización de declaraciones juradas tributarias y dicta otras disposiciones

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16641.

Entidad: Municipalidad Distrital de Barranco (MDB).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 2 de junio hasta el 30 de agosto del 2022.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N.° 133-2013-EF.

* Ley N.° 27972. Ley Orgánica de Municipalidades,

Información relacionada:

+ Barranco corrige la ordenanza que prorroga para el 2022 los costos y tasa de arbitrios municipales. [MDB, Fe de Erratas - Ord. 560-2021-MDB, 31/12/2021]

+ Municipalidades de Chorrillos, Barranco y Bellavista aprueban sus regímenes tributarios para el 2022. [MML, MDJM, MDB, Ord. 417-2021-MDCG y Ac. 455-MML; Ord. 648-MDJM y Ac. 440 (Anexo); Ord. 018 y 019-2021-MDB y Ac. 070 y 071-2021-AC/MPC, 29/12/2021]

Ord. 574-2022-MDB
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Ruido
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Este es el "Programa de vigilancia y monitoreo de la contaminación sonora del distrito de Ate 2022"

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La Municipalidad Distrital de Ate (MDA) oficializa su "Programa de vigilancia y monitoreo de la contaminación sonora del distrito de Ate 2022". Según el decreto de alcaldía, el cumplimiento de lo ordenado será visto por la Gerencia de Gestión Ambiental y Ornato, Sub Gerencia de Áreas Verdes y Control Ambiental, y demás áreas pertinentes de la corporación municipal. La Sub Gerencia de Áreas Verdes y Control Ambiental reportará trimestralmente a la Gerencia de Gestión Ambiental y Ornato acerca del cumplimiento del programa aprobado. [MDA, D. de Alc. 008, 1/06/2022]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Aprueban el Programa de vigilancia y monitoreo de la contaminación sonora del distrito de Ate 2022

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16641.

Entidad: Municipalidad Distrital de Ate (MDA).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 2 de junio del 2022.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ley N.° 27972. Ley Orgánica de Municipalidades.

Información relacionada:

+ Programa local de vigilancia y monitoreo de la contaminación sonora 2018 de Ate. [MDA, Ord. 009-2018/MDA, 12/04/2018]

D. de Alc. 008
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Close-up Of A Person's Hand Marking Error With Red Marker On Document
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Una corrección a la resolución que aprobó el reglamento para el alta, baja y disposición final de los bienes muebles patrimoniales del SAT de Lima

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El Servicio de Administración Tributaria de Lima publicó esta fe de erratas de la Resolución Jefatural N.° 001-004-00004806, publicada en la edición del día 27 de mayo del 2022. Según la corrección, el responsable del Portal de Transparencia del SAT deberá publicar el "Reglamento para el alta, baja, disposición final y otros actos de gestión sobre los bienes muebles patrimoniales del Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima", en el portal institucional de la entidad: www.sat.gob.pe, en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". [MML, Fe de Erratas - R. J. 001-004-00004806, 1/06/2022]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Fe de Erratas Resolución Jefatural N° 001-004-00004806

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16641.

Entidad: Municipalidad Metropolitana de Lima (MML).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 2 de junio del 2022.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* R. J. 001-004-00004806, que aprueba el "Reglamento para el alta, baja, disposición final y otros actos de gestión sobre los bienes muebles patrimoniales del Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima".

Información relacionada:

+ Nuevas reglas para el alta, baja y disposición final sobre bienes muebles patrimoniales del SAT. [SAT, R. J. 001-004-00004806, 27/05/2022]

Fe de Erratas - R. J. 001-004-00004806
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