Desde el 15 hasta el 31 de mayo | San Isidro concede beneficios tributarios para el pago de arbitrios
Como es política de la actual gestión municipal promover e incentivar entre los contribuyentes el pago de sus obligaciones tributarias (Impuesto Predial y arbitrios municipales), a través de incentivos con el objetivo de incrementar la efectividad corriente, la recuperación de deudas de años anteriores, reducir la morosidad y mitigar el impacto económico por el estado de emergencia nacional a consecuencia del brote de la COVID-19; la Municipalidad Distrital de San Isidro (MDSI) dicta esta ordenanza que establece diversos incentivos tributarios de carácter temporal a favor de sus contribuyentes. Se podrán acoger a la ordenanza, aquellos contribuyentes que cumplan con pagar el total del Impuesto Predial o las cuotas vencidas correspondientes al periodo 2022. También podrán acogerse aquellos deudores tributarios que no hubieran generado obligaciones tributarias del año 2022 o que hayan cumplido con cancelar el total del Impuesto Predial del mencionado periodo. El acogimiento a los incentivos establecidos dispuestos representa el reconocimiento expreso de las obligaciones tributarias. Solo en el caso de haberse iniciado los procedimientos contenciosos administrativos y/o judiciales vinculados con las deudas acogidas a la presente ordenanza, el contribuyente deberá presentar el cargo de recepción del escrito que contenga el desistimiento de la pretensión establecido en el artículo 130 del Código Tributario y los artículos 344 y 345 del Texto Único del Código Procesal Civil, que contenga las formalidades de ley. Mediante fiscalización posterior, se verificará el cumplimiento de las formalidades de ley. Los beneficios tendrán vigencia desde el 15 de mayo hasta el 31 de mayo del 2022. [MSI, Ord. 562-MSI, 14/05/2022] Ficha legal de la noticia: Sumilla y ubicación oficial de la norma: Ordenanza que aprueba incentivos tributarios en el distrito de San Isidro Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16616. Entidad: Municipalidad Distrital de San Isidro (MSI). Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna. Derogaciones: ninguna. Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 15 hasta el 31 de mayo del 2022. Fe de erratas: ninguna. Valores agregados LEX: Concordancias y antecedentes: * Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. * Decreto Supremo N.° 156-2004-EF, TUO de la Ley de Tributación Municipal. * Decreto Supremo N.° 008-2020-SA, que declaró la emergencia sanitaria a nivel nacional por la existencia del COVID-19, y sus prórrogas. Información relacionada: + San Isidro condonará el 100% de intereses y multas de los contribuyentes con deudas pendientes originadas en un procedimiento de fiscalización. [MSI, Ord. 560-MSI, 30/04/2022] + San Isidro exonera del pago de los arbitrios a las personas vulnerables del distrito. [MSI, Ord. 559-MSI, 19/04/2022]
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