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Se levantan las restricciones de temporada | Punta Hermosa autoriza de manera excepcional la reactivación y realización de obras privadas
La Municipalidad Distrital de Punta Hermosa (MDPH) autoriza excepcionalmente, para el presente año, la reactivación y/o realización de obras privadas en el distrito. Así, a partir del 21 de marzo hasta el 8 de abril del año en curso, de lunes a viernes, se suspende para ellas la aplicación de la Ordenanza N.° 023-2003-MDPH y sus modificatorias. Sin embargo, se mantiene la prohibición del cierre de calles que puedan afectar la tranquilidad de las personas. La Gerencia de Desarrollo Urbano y Control Territorial emitirá los lineamientos necesarios para el cumplimiento de la presente ordenanza. Sobre este tema, la Ordenanza N.° 023-2003-MDPH prohíbe la realización de cualquier tipo de construcciones y/o acabados en el distrito de Punta Hermosa durante la temporada de verano, que comprende desde el 15 de diciembre hasta el 15 de abril;pero exceptúa a las obras públicas y a aquellas que se realicen en la zona este del distrito; es decir, a partir de la autopista Panamericana Sur y en la zona de Punta Rocas. También quedan exceptuadas, para efectos de la construcción de cerco perimétrico, los predios ubicados en la zona aledaña a la antigua Panamericana Sur y que no cuenten con dicho cerco y cuya zonificación corresponda a zona de habilitación recreacional conforme con la Ordenanza N.° 1086-MML.los predios ubicados en la zona aledaña a la antigua Panamericana Sur y que no cuenten con dicho cerco y cuya zonificación corresponda a zona de habilitación recreacional conforme con la Ordenanza N.° 1086-MML.los predios ubicados en la zona aledaña a la antigua Panamericana Sur y que no cuenten con dicho cerco y cuya zonificación corresponda a zona de habilitación recreacional conforme con la Ordenanza N.° 1086-MML.[MDPH, Ord. 447-MDPH, 1/04/2022] Ficha legal de la noticia: Sumilla y ubicación oficial de la norma: Autorizan de manera excepcional la reactivación y/o realización de obras privadas en el distrito de Punta Hermosa Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16545. Entidad: Municipalidad Distrital de Punta Hermosa (MDPH). Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna. Derogaciones: ninguna. Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 21 de marzo hasta el 8 de abril del 2022. Fe de erratas: ninguna. Valores agregados LEX: Concordancias y antecedentes: * Ordenanza N.° 023-2003-MDPH. Información relacionada: + La reactivación de la edificación | Se adelanta desde el 15 de marzo el periodo de construcción en Punta Hermosa. [MDPH, Ord. 430-MDPH, 7/03/2021]
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Contribuyentes de San Luis podrán acogerse a la Amnistía General Tributaria hasta el 31 de mayo
Los contribuyentes que mantienen obligaciones tributarias y administrativas pendientes de pago con la Municipalidad Distrital de San Luis (MDSL) se benefician con la prórroga de la amnistía general dispuesta hasta el 31 de mayo del 2022 por la Ordenanza N.° 326-MDSL/C, que aprobó la Amnistía General Tributaria 2022. [MDSL, D. de Alc. 006-2022-DA-MDSL, 1/04/2022] Ficha legal de la noticia: Sumilla y ubicación oficial de la norma: Prorrogan vigencia de la Ordenanza N.° 326/MDSL/C, que aprueba la Amnistía General Tributaria 2022 Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXIX, N.° 16544. Entidad: Municipalidad Distrital de San Luis (MDSL). Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna. Derogaciones: ninguna. Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 2 de abril del 2022. Valores agregados LEX: Concordancias y antecedentes: * Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. * Ordenanza N.° 326-MDSL/C, que aprobó la Amnistía General Tributaria 2022. Información relacionada: + Municipalidad Provincial del Callao y municipalidades distritales de Carabayllo y San Luis aprueban sus regímenes tributarios para el 2022. [MPC, Ord. 013-2021, Ord. 458-MDC y Ac. 439, Ord. 319-2021-MDSL/C y Ac. 428-MML. 23/12/2021]
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Gaspar Edilberto Quito Huamán asume el cargo de director de la Dirección de Gestión y Coordinación en Construcción y Saneamiento del MVCS
El día de hoy el Gobierno designó a Gaspar Edilberto Quito Huamán en el cargo de director de la Dirección de Gestión y Coordinación en Construcción y Saneamiento de la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS). En otro extremo y con otra resolución ministerial (R. M. 093-2022-Vivienda), se designa a Silvia Janet Martínez Palomino en el cargo de directora de la Oficina de Tecnología de la Información de la Oficina General de Estadística e Informática del MVCS. [MVCS, R. M. 096-2022-Vivienda, 1/04/2022] Ficha legal de la noticia: Sumilla y ubicación oficial de la norma: Designan director de la Dirección de Gestión y Coordinación en Construcción y Saneamiento Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16545. Entidad: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS). Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna. Derogaciones: ninguna. Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 1 de abril del 2022. Fe de erratas: ninguna. Valores agregados LEX: Concordancias y antecedentes: * Ley N.° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos. Información relacionada: + Carmen Cecilia Lecaros Vértiz es la nueva viceministra del MVCS. [MVCS, R. S. 006-2022-Vivienda, 17/03/2022]
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Una fe de erratas agrega dos integrantes y extiende por treinta días más la vigencia del grupo de trabajo para implementar la política de vivienda y urbanismo
El Sector Vivienda corrige dos errores de la resolución ministerial que creó el "Grupo de trabajo para la elaboración del plan de acción para la implementación de los servicios de la Política Nacional de Vivienda y Urbanismo". Las correcciones se realizan en el numeral 3.1 del artículo 3°, donde debe decir: "3.1 El grupo de trabajo está conformado por: (...). o) El/La superintendente/a de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales. p) El/La director/a general de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento. q) El/La director/a ejecutivo/a del Programa Nuestras Ciudades" (sic).
La otra corrección es para el artículo 9°, donde lo correcto es "el grupo de trabajo tiene una vigencia de noventa (90) días calendario, contados a partir del día hábil siguiente de su instalación". [MVCS, Fe de Erratas - R. M. 089-2022-Vivienda, 1/04/2022] Ficha legal de la noticia: Sumilla y ubicación oficial de la norma: Fe de Errata R. M. N° 089-2022-Vivienda Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16545. Entidad: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS). Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna. Derogaciones: ninguna. Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 1 de abril hasta el 30 de abril del 2022. Fe de erratas: Fe de erratas de la Resolución Ministerial N.° 089-2022-Vivienda. Valores agregados LEX: Concordancias y antecedentes: * Resolución Ministerial N.° 089-2022-Vivienda. Crean el grupo de trabajo sectorial denominado "Grupo de trabajo para la elaboración del plan de acción para la implementación de los servicios de la Política Nacional de Vivienda y Urbanismo" Información relacionada: + Un grupo de trabajo elaborará un plan de acción para implementar los servicios de la política de vivienda y urbanismo. [MVCS, R. M. 089-2022-Vivienda, 25/03/2022]
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