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Mucho, mucho ruido | Ventanilla oficializa su reglamento para la prevención y control del ruido
Con el objeto de reglamentar las actividades de fiscalización y control de las emisiones de ruido, cualquiera fuera su origen, lugar y horario en que se produzcan; la comuna de Ventanilla aprueba su Reglamento para la Prevención y Control de Ruido. El documento completo, que consta de diez títulos, veintisiete artículos, una disposición final y un anexo, será publicado en la página web de la Municipalidad Distrital de Ventanilla (www.muniventanilla.gob.pe). Además, este decreto de alcaldía modifica el cuadro de infracciones descrito en el numeral 6.5 (Ruidos Molestos), de la Línea de Acción 06, del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS), aprobado mediante Ordenanza Municipal N.°16-2017/MDV. [MDV, D. Alc. 002-2022/MDV-ALC, 10/2/2022] Ficha legal de la noticia: Sumilla y ubicación oficial de la norma: Aprueban el Reglamento para la Prevención y Control de Ruido del distrito de Ventanilla Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16467. Entidad: Municipalidad Distrital de Ventanilla (MDV). Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: modifica la Ordenanza Municipal N.°16-2017/MDV. Derogaciones: ninguna. Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 11 de febrero del 2022. Fe de erratas: no aplica. Valores agregados LEX: Concordancias y antecedentes: * Ordenanza Municipal N.°16-2017/MDV.
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Todo listo para que Tacna implemente su nuevo Plan de ordenamiento territorial (POT)
El Gobierno Regional de Tacna aprobó su Plan de ordenamiento territorial (POT), que consta de trescientos cuatro folios y se encuentra contenido en un volumen, que en anexo forma parte integrante de la presente ordenanza. El POT del departamento de Tacna es un instrumento de planificación y gestión del territorio, que promueve y regula los procesos de organización y gestión sostenible del departamento, articulados a los planes ambientales, de desarrollo económico, social, cultural y otras políticas de desarrollo vigentes en el país, que se construye sobre la base del Diagnóstico Integrado del Territorio (DIT) y se ejecutan a nivel regional y local, en concordancia con la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y la Ley Orgánica de Municipalidades, y en el marco de las políticas nacionales de desarrollo. Según dicta esta ordenanza regional, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental y demás órganos competentes del Gobierno Regional de Tacna se encargarán de la implementación de las acciones necesarias para su aplicación, monitoreo y actualización para la correcta ocupación y uso sostenible del territorio tacneño. El documento completo se publicará en el portal electrónico de la institución: https://www.gob.pe/regiontacna. [GRT, Ord. 028-2021-CR/Gob.Reg.Tacna, 10/2/2022] Ficha legal de la noticia: Sumilla y ubicación oficial de la norma: Aprueban el Plan de Ordenamiento Territorial - POT del departamento de Tacna Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXIX, N.° 16467. Entidad: Gobierno Regional de Tacna (GRT). Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna. Derogaciones: ninguna. Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 11 de febrero del 2022. Valores agregados LEX: Concordancias y antecedentes: * Ordenanza Regional N° 016-2012-CR/GOB, modifica la Ordenanza Regional Nº 016-2012-CR/Gob.Reg.Tacna.
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Correcciones al ROF de la Sunarp: son 31 y no 30 artículos los que lleva el documento
La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) rectifica el error material contenido en el sexto considerando y en el artículo 1 de la Resolución N.º 211-2021-Sunarp/SN, publicada el 30 de diciembre del 2021 (ver Información relacionada). Las correcciones recaen en el sexto considerando y en el artículo 1º de la norma, donde debe decir "(…) la misma que consta de un (01) título, treinta y uno (31) artículos [no 30 artículos] y dos (02) Anexos (…)". [Sunarp, Fe de Erratas - R. R. 016-2022-Sunarp/SN, 10/2/2022] Ficha legal de la noticia: Sumilla y ubicación oficial de la norma: Rectifican error material contenido en el sexto considerando y en el artículo 1 de la Resolución N° 211-2021-SUNARP/SN Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXIX, N.° 16467 Entidad: Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp). Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna. Derogaciones: ninguna.
Fe de erratas: R. 211-2021-Sunarp/SN. Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 11 de febrero del 2022. Valores agregados LEX: Concordancias y antecedentes: * R. 211-2021-Sunarp/SN.
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