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Diciembre 27, 2021
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Cables y poste
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Operadores con infraestructura aérea de servicio público en Surco presentarán sus planes de ordenamiento y retiro de cableado en un plazo de cuatro meses

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La Municipalidad Distrital de Santiago de Surco (MSS) regula los aspectos técnicos y procesos relacionados con el reordenamiento, reubicación, reconversión, retiro e instalación de la infraestructura aérea que se utiliza para prestar el servicio público de telecomunicaciones en las áreas de dominio público del distrito. Con esta medida quiere promover el crecimiento ordenado de dicha infraestructura, instalada o por instalarse, en armonía con el entorno paisajístico, el medio ambiente, la salud, la seguridad y el ornato de la ciudad. Bajo la ordenanza, los operadores de infraestructura de área de servicio público que cuenten con infraestructura aérea de servicio público en áreas de domino público en el distrito de Santiago de Surco deberán presentar al órgano competente, en un plazo máximo igual a cuatro meses de publicada, los siguientes planes: a) Plan de ordenamiento de infraestructura aérea existente y b) Plan de retiro de cableado aéreo en desuso. Los planes de trabajo de ordenamiento se programarán con un plazo máximo de ejecución igual a dos años desde su aprobación, de acuerdo con la cantidad de infraestructura aérea que cada empresa posea. Además, con esta ordenanza se incorporan diez infracciones al Anexo I - Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la municipalidad, aprobado con la Ordenanza N.° 611-MSS, y que califican como muy graves y se sancionan hasta con dos UIT. [MSS, Ord. 654-MSS, 27/12/2021]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Ordenanza que regula la infraestructura aérea en áreas de dominio público y dispone su reordenamiento, reubicación, reconversión y retiro en el distrito de Santiago de Surco

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16387.

Entidad: Municipalidad Distrital de Santiago de Surco (MSS.

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: incorpora diez infracciones al Anexo I - Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la municipalidad, aprobado por la Ordenanza N.° 611-MSS.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 28 de diciembre del 2021.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Decreto Supremo N.° 003-2015-MTC, Reglamento de la Ley N.° 29022, Ley para el fortalecimiento de la expansión de infraestructura en telecomunicaciones.

* Ley N.° 30477, que regula la ejecución de obras de servicios públicos autorizadas por las municipalidades en las áreas de dominio público.

* Ordenanza N.° 2027, que regula el tendido de infraestructura aérea en las áreas de dominio público administradas por la Municipalidad Metropolitana de Lima.

Información relacionada:

+ Operadores de telecomunicaciones están obligados a reordenar las redes de cableado aéreo y los postes en las áreas de uso público en Jesús María. [MDJM, Ord. 637-MDJM, 11/03/2021]

Ord. 654-MSS
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Vivienda ecológica
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MML aprueba su Reglamento de Supervisión Ambiental

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La Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) aprueba su Reglamento de Supervisión Ambiental, documento con el que establece las disposiciones y criterios técnicos para regular y uniformizar el ejercicio de la función de supervisión dentro del marco del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental y de la normativa vigente sobre la materia, y bajo la que se atribuye dicha función a la MML. El presente decreto, que entrará en vigencia a los treinta días calendario, contados desde el 26 de diciembre del 2021, se publica en el portal Web municipal www.munlima.gob.pe. [MML, D. de Alc. 32, 25/12/2021]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Aprueban Reglamento de Supervisión Ambiental de la Municipalidad Metropolitana de Lima

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16384.

Entidad: Municipalidad Metropolitana de Lima (MML).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 26 de diciembre del 2021.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ley N.° 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental.

Información relacionada:

+ MML reglamenta el Sistema Metropolitano de Gestión Ambiental en la provincia. [MML, D. de Alc. 22, 26/12/2020]

D. de Alc. 32
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reglamento
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Municipalidad de Ate aplica el principio de proporcionalidad en el RAS y el CUIS institucional

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Para desincentivar las conductas contra de las regulaciones municipales en materia de comercialización, tales como el "traspaso de empresa o de local", y contribuir con el impulso de la libertad de empresa; así como establecer un orden en el ejercicio de la actividad económica y desincentivar la proliferación de actos que atenten contra la seguridad ciudadana y la convivencia pacífica de la comunidad, garantizando la protección de las personas dentro del distrito de Ate, la autoridad municipal emite una ordenanza para aplicar el "principio de proporcionalidad" al momento de calificar las solicitudes de "Levantamiento de clausuras", las que están directamente referidas al cumplimiento de los mandatos establecidos en una resolución de sanción. En este sentido, modifica los artículos 56 (De la imposición de las medidas complementarias) numeral 1.1 y 1.2 del inciso 1; artículo 59 (De la solicitud para el levantamiento de las medidas provisionales de clausura), artículo 60 (Condiciones del levantamiento de las medidas provisionales y/o complementarias), artículo 61 (Del plazo para resolver las solicitudes de parte para el levantamiento de las medidas provisionales y/o complementarias) y artículo 62 (Del contenido del acta de levantamiento de medida provisional y/o complementaria) de la Ordenanza N.° 481-MDA. Ordenanza que aprueba el nuevo Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Ate. [MDA, Ord. 567-MDA, 25/12/2021]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Modifican la Ordenanza N.° 481-MDA que aprobó el nuevo Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Ate

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16384.

Entidad: Municipalidad Distrital de Ate (MDA).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: modifica la Ordenanza N.° 481-MDA.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 26 de diciembre del 2021.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

* Ordenanza N.° 481-MDA, que aprueba el nuevo Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Ate.

Información relacionada:

+ Veredas y pistas rotas, zanjas, desvíos… | Ate regula la ejecución de obras en áreas de uso público. [MDA, Ord. 563-MDA, 28/11/2021]

+ Ate anuncia y regula la disposición final de los vehículos motorizados y no motorizados internados en sus depósitos municipales. [MDA, Ord. 541-MDA, 8/01/2021]

Ord. 567-MDA
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Buzón de correo
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Jesús María dicta reglas para la notificación vía buzón electrónico de los actos emitidos por la administración tributaria

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La Municipalidad Distrital de Jesús María (MDJM) pone a disposición de los administrados la funcionalidad tecnológica de los buzones electrónicos; en este sentido, emite una ordenanza que aprueba el "Reglamento que regula el procedimiento de la notificación vía buzón electrónico de los actos emitidos por la administración tributaria dirigida a los contribuyentes de la jurisdicción", texto que publica en su portal institucional www.munijesusmaria.gob.pe. Deja sin efecto, por otro lado, el reglamento que regula el procedimiento de la notificación electrónica anterior, aprobado mediante el Decreto de Alcaldía N.° 015-2020. [MDJM, D. de Alc. 015-2021-MDJM, 25/12/2021]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Aprueban Reglamento que regula el procedimiento de la notificación vía buzón electrónico de los actos emitidos por la administración tributaria dirigida a los contribuyentes de la jurisdicción de Jesús María

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16384.

Entidad: Municipalidad Distrital de Jesús María (MDJM).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna

Derogaciones: deja sin efecto el reglamento que regula el procedimiento de notificación electrónica aprobado mediante el Decreto de Alcaldía N.° 015-2020.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 26 de diciembre del 2021.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ley N.° 31170, que dispone la implementación de mesas de partes digitales y notificaciones electrónicas.

* Decreto Supremo N.° 004-2013-PCM, aprobó la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública.

Información relacionada:

+ Jesús María reglamenta el uso de la notificación electrónica para los actos que emita. [MDJM, D. de Alc. 015-2020-MDJM, 25/07/2020]

D. de Alc. 015-2021-MDJM
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