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Noviembre 30, 2021
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Año 2022
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Terminar el 2021 sin obligaciones ni pendientes | Lima extiende hasta fin de año los beneficios para cumplir con las obligaciones tributarias y no tributarias

El día de hoy la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) publicó la ordenanza con la que extiende hasta el 30 de diciembre del 2021 el plazo de vigencia de los beneficios para el cumplimiento de las obligaciones tributarias y no tributarias establecidos en la Ordenanza N.° 2393-2021, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 1 de octubre del 2021, y que aprobó, conjuntamente, diversos beneficios para mitigar el impacto económico producido por el estado de emergencia declarado debido al brote de la COVID-19. En este mismo sentido, otras disposiciones municipales publicadas hoy en el Diario Oficial "El Peruano", correspondientes a los distritos de Ate (Decreto de Alcaldía N.° 022); Breña (Decreto de Alcaldía N.° 09-2021-MDB), La Victoria (Decreto de Alcaldía N.° 016-2021/MLV), San Juan de Lurigancho (Decreto de Alcaldía N.° 009-2021-A/MDSJL); San Martín de Porres (Decreto de Alcaldía N.° 016-2021-MDSMP); San Miguel (Decreto de Alcaldía N.° 009-2021/MDSM) y Villa El Salvador (Decreto de Alcaldía N.° 018-2021-ALC/MVES) extienden hasta fin de año sus beneficios para el pago de las obligaciones tributarias y no tributarias de sus administrados. [MML, D. de Alc. 31, 30/11/2021]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Prorrogan plazo de vigencia de los beneficios para el cumplimiento de obligaciones tributarias y no tributarias establecidos en la Ordenanza N.° 2393-2021

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16342.

Entidad: Municipalidad Metropolitana de Lima (MML).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: amplía la vigencia de la Ordenanza N.° 2393-2021.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 1 de diciembre del 2021.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ordenanza N.° 2393-2021, que aprueba beneficios para el cumplimiento de obligaciones tributarias y no tributarias en la Municipalidad Metropolitana de Lima a fin de mitigar el impacto económico producto del estado de emergencia por el brote del COVID-19.

Información relacionada:

+ Municipalidad de Lima incentiva el pago de deudas tributarias a través de descuentos en los intereses. [MML, Ord. 2393-2021, 1/10/2021]

+ Ate publica los plazos de vencimiento para obligaciones tributarias para el ejercicio 2022. [MDA, Ord. 562-MDA, 26/11/2021]

+ Breña condona el 100 % de los intereses moratorios y reajustes aplicables a las deudas vencidas por Impuesto Predial, arbitrios municipales y multas. [MDB, Ord. 0570-2021-MDB, 14/11/2021]

+ La Victoria extiende hasta el 30 de octubre beneficios para el pago del Impuesto Predial y arbitrios. [MLV, D. de Alc. 013-2021/MLV, 30/09/2021]

+ Beneficios tributarios y no tributarios en SJL para mitigar el impacto económico de los aniegos producidos en el distrito. [MDSJL, Ord. 413-MDSJL, 19/10/2021]

+ Se prorroga hasta el 30 de noviembre el plazo para actualizar datos y pagar deudas tributarias con beneficios en San Martín de Porres. [MDSMP, D. de Alc. 015-2021-MDSMP, 17/11/2021]

+ San Miguel otorgará beneficios tributarios para el pago de deudas tributarias y administrativas hasta el 30 de noviembre. [MDSM, Ord. 450/MDSM, 19/11/2021]

+ Una norma que no se publica no es norma | Los beneficios tributarios y no tributarios para los contribuyentes de Villa el Salvador se aplican desde el 1 de agosto del 2021. [MVES, D. de Alc. 013-2021-ALC/MVES, 2/08/2021]

D. de Alc. 31
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2022 calendario
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San Borja extiende hasta fin de año el plazo para que sus administrados opten por los beneficios tributarios que ofrece

La Ordenanza N.° 669-MSB, publicada el 14 de noviembre del 2021, estableció los beneficios tributarios extraordinarios en el distrito de San Borja, su alcance y requisitos. Sobre ella, en el artículo 9° se precisó que estaría vigente hasta el 30 de noviembre del 2021. Ahora, la municipalidad decide ampliar esta fecha hasta el 31 de diciembre del 2021, pues recibió constantes solicitudes de los ciudadanos dada la delicada situación económica; por lo que considera, de forma excepcional y especial, extender esta vigencia y continuar con su política de ofrecer las facilidades de pago que incentiven la cancelación de las deudas tributarias. [MSB, D. de Alc. 015-2021-MSB-A, 30/11/2021]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Prorrogan vencimiento del plazo para acogerse a la Ordenanza N.° 669-MSB, que establece beneficios tributarios extraordinarios en el distrito de San Borja

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16342.

Entidad: Municipalidad Distrital de San Borja (MSB).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 1 de diciembre del 2021.

Fe de erratas: no aplica.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Decreto Supremo N.° 156-2004-EF, aprueba el TUO de la Ley de Tributación Municipal.

* Ordenanza N.° 669-MSB, establece beneficios tributarios extraordinarios en el distrito de San Borja.

Información relacionada:

+ Solo hasta fin de mes San Borja otorgará incentivos para el pago al contado de deudas tributarias. [MDS, Ord. 669-MSB, 14/11/2021]

D. de Alc. 015-2021-MSB-A
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Plazo año
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Hasta el 30 diciembre mantendrá San Isidro los beneficios tributarios extraordinarios para sus contribuyentes

La Municipalidad Distrital de San Isidro (MSI) precisa que "la mención a la que hace referencia el artículo segundo de la Ordenanza N.° 540-MSI alusiva a las deudas generadas a partir del ejercicio 2020 se encuentra referida a toda deuda tributaria generada a partir de dicho ejercicio sin distinguir los periodos de afectación que involucren, pudiendo incluso ser anteriores a éste" (sic). Por otro lado, prorroga hasta el 30 de diciembre del 2021 la vigencia de la citada ordenanza, que establece medidas extraordinarias en el marco de la emergencia sanitaria para el pago de la deuda tributaria en el distrito; norma prorrogada por los decretos de alcaldía números 020 y 024-2021-ALC/MSI. [MSI, D. de Alc. 026-2021-ALC/MSI, 30/11/2021]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Prorrogan vigencia de la Ordenanza N.° 540-MSI, que establece medidas extraordinarias en el marco de la emergencia sanitaria para el pago de la deuda tributaria en el distrito de San Isidro y precisan artículo segundo

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16342.

Entidad: Municipalidad Distrital de San Isidro (MSI).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 1 de diciembre del 2021.

Fe de erratas: no aplica.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Decreto Supremo N.° 133-2013- EF, que aprueba el TUO del Código Tributario.

* Decreto Supremo N.° 156-2004-EF, que aprueba el TUO de la Ley de Tributación Municipal.

* Ordenanza N.° 540-MSI, que establece medidas extraordinarias en el marco de la emergencia sanitaria para el pago de la deuda tributaria en el distrito de San Isidro.

Información relacionada:

+ Una segunda oportunidad | San Isidro mantiene durante todo el mes noviembre los beneficios para el pago de las deudas tributarias. [MDSI, D. de Alc. 024-2021-ALC/MSI, 29/10/2021]

D. de Alc. 026-2021-ALC-MSI
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