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La difusión oportuna de los datos ambientales: el Minam oficializa el Reglamento del Sistema Nacional de Información Ambiental (Sinia)
El Ministerio del Ambiente (Minam) oficializa el Reglamento del Sistema Nacional de Información Ambiental (Sinia), que consta de tres títulos, cuatro capítulos, veintitrés artículos, once disposiciones complementarias finales y un anexo. Toda la implementación de lo que establece el presente decreto se financia con cargo al presupuesto institucional de las entidades involucradas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Sobre el tema, tenemos que, de acuerdo con el artículo 42 de la Ley N.° 28611 (Ley General del Ambiente), las entidades públicas con competencias ambientales y las personas jurídicas sujetas al régimen privado que presten servicios públicos tienen, entre otras, las siguientes obligaciones: establecer mecanismos para la generación, organización y sistematización de la información ambiental relativa a los sectores, áreas o actividades a su cargo; facilitar el acceso directo a la información ambiental que se les requiera y que se encuentre en el ámbito de su competencia, sin perjuicio de adoptar las medidas necesarias para cautelar el normal desarrollo de sus actividades y siempre que no se esté incurso en excepciones legales al acceso de la información; establecer criterios o medidas para validar o asegurar la calidad e idoneidad de la información ambiental que poseen; y difundir la información gratuita sobre las actividades del Estado y, en particular, la relativa a su organización, funciones, fines, competencias, organigrama, dependencias, horarios de atención y procedimientos administrativos a su cargo. En este contexto y con la experiencia en la administración del Sinia, el Minam establece los criterios y procedimientos homogéneos para la articulación, incorporación, procesamiento y difusión de la información ambiental que generen o posean las entidades públicas para facilitar su libre acceso. [Minam, D. S. 034-2021-Minam, 16/11/2021] Ficha legal de la noticia: Sumilla y ubicación oficial de la norma: Aprueban los Lineamientos para la extinción masiva de mandatos y poderes a partir de la información de los Registros de Sucesiones Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16315. Entidad: Ministerio del Ambiente (Minam). Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna. Derogaciones: ninguna. Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 17 de noviembre del 2021. Fe de erratas: ninguna. Valores agregados LEX: Concordancias y antecedentes: * Ley N.° 28611, Ley General del Ambiente. Información relacionada: + Este es el Plan de Estándares de Calidad Ambiental (ECA) y Límites Máximos Permisibles (LMP) para el periodo 2021-2023. [Minam, D. S. 020-2021-Minam, 24/07/2021] + Mirando el poco o mucho futuro que nos queda | La Política Nacional del Ambiente al 2030. [Minam, D. S. 023-2021-Minam, 25/07/2021]
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