En una edición extraordinaria de la Separata de Normas Legales del Diario Oficial "El Peruano", publicada ayer, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) oficializó el nuevo Reglamento operativo para acceder al Bono Familiar Habitacional para la modalidad de aplicación de adquisición de vivienda nueva, y sus cinco anexos. El nuevo reglamento, frente a la escaza oferta, promueve una mayor participación de las pequeñas y medianas empresas (Pymes), a través de la ejecución de proyectos que deben estar conformados como mínimo por cinco viviendas. Además, como los créditos y las garantías emitidos por las Entidades del Sistema Financiero y de Seguros (ESFS) no resultan suficientes, el reglamento regula la participación de los fondos de inversión, fondos de vivienda (Fovime), los Cafae, las derramas, entre otros, para que otorguen créditos a las familias que participen del Programa Techo Propio. El reglamento también permite la participación de entidades financieras que no trabajaron antes con el Fondo Mivivienda S.A. para que se incorporen al Programa Techo Propio y otorguen créditos con recursos propios y/o brinden garantías. Adicionalmente, fomenta el uso del Fideicomiso Inmobiliario; promueve el uso de predios ubicados en zonas urbanas con servicios; establece la posibilidad de que los promotores interpongan los recursos administrativos previstos en el Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N.° 004-2019-JUS, ante la denegatoria de la inscripción y otorgamiento de código del Registro de Proyectos o su cancelación. Según esta resolución, los expedientes iniciados al amparo del Reglamento operativo para acceder al BFH para la modalidad de aplicación de adquisición de vivienda nueva, aprobado por la Resolución Ministerial N.° 170-2017-Vivienda y sus modificatorias, continúan su trámite hasta culminar todas las etapas del procedimiento que regula; salvo que, por solicitud escrita del interesado, se acoja a este nuevo reglamento operativo. [MVCS, R. M. 313-2020-Vivienda, 9/12/2020]
Ficha legal de la noticia:
Sumilla y ubicación oficial de la norma:
Reglamento operativo para acceder al bono familiar habitacional para la modalidad de aplicación de adquisición de vivienda nueva.
Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano”, Año XXXVII, N.° 157645.
Entidad: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS).
Modificaciones, adecuaciones y suspensiones: modifica el párrafo 26.3 del artículo 26 y la Segunda Disposición Complementaria Final del Reglamento operativo para el otorgamiento del Bono Familiar Habitacional para la modalidad de aplicación de construcción en sitio propio, aprobado por Resolución Ministerial N.° 120-2020-Vivienda.
Derogaciones: deroga la Resolución Ministerial N.° 170-2017-Vivienda, que aprueba el Reglamento operativo para acceder al Bono Familiar Habitacional - BFH para la modalidad de aplicación de adquisición de vivienda nueva.
Vigencia o situación legal de la norma: en vigencia desde el 9/12/2020.
Fe de erratas: no aplica.
Valores agregados LEX:
Concordancias y antecedentes:
* Ley N.° 30156, Ley de Organización y Funciones del MVCS.
* Decreto Supremo N.° 010-2014-Vivienda, Reglamento de Organización y Funciones del MVCS.
* Ley N.° 27829, que crea el Bono Familiar Habitacional (BFH), como parte de la política sectorial del MVCS.
* Decreto Supremo N.° 013-2007-Vivienda, que aprueba el reglamento del BFH.
* Resolución Ministerial N.° 170-2017-Vivienda, que aprueba el Reglamento operativo para acceder al BFH.
Jurisprudencia, informes y doctrina relacionada: ninguna.