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Comas prohíbe el estacionamiento de vehículos en la vía pública que interrumpan la libre circulación
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La Municipalidad Distrital de Comas (MDC) aprobó la ordenanza que prohíbe el estacionamiento de vehículos en la vía pública que interrumpen la libre circulación en el distrito; asimismo, la incorporó al Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) aprobado mediante la Ordenanza N.° 534/MC. De acuerdo con esta norma, los vehículos con o sin placa que interrumpan la libre circulación o que afecten la seguridad vial serán internados en el depósito municipal vehicular cuando se constate lo siguiente: a) Por agredir física o verbalmente a los inspectores municipales de transporte en sus labores de fiscalización. b) Por estacionar vehículos con o sin placa de rodaje sobre veredas, jardín de aislamiento y/o bermas, de forma total o parcial, que entorpezcan el libre desplazamiento o cuya ubicación limite la entrada o salida de vehículos de los predios. c) Por estacionar vehículos con o sin placa de rodaje que obstruyan las rampas de accesibilidad para las personas con discapacidad ubicadas en las veredas. d) Por estacionar vehículos con o sin placa de rodaje en la calzada que obstruyan la libre circulación de los carriles autorizados y/o generen dificultad para la libre circulación. e) Por realizar el lavado de vehículo en la vía pública, afectando el libre tránsito vehicular o peatonal. f) Obstaculizar la vía pública con maquinarias de construcción, sin la autorización correspondiente, realizar carga y/o descarga fuera de los horarios permitidos, circular por vías no autorizadas, zonas rígidas, afectando el libre tránsito vehicular y/o peatonal. g) Estacionar vehículos con o sin placa de rodaje sobre áreas verdes de uso público o cuando estacionen en cualquier lugar que afecte la seguridad, visibilidad o fluidez del tránsito o impida observar la señalización. h) Por estacionar vehículo en los lugares en que las señales reglamentarias lo prohíban. i) Por obstaculizar la ciclovía con vehículo. j) Por estacionarse en doble fila, respecto a otros vehículos ya estacionados o detenidos junto a la acera o que estén estacionados en el separador central. k) Por estacionarse a una distancia menor de cinco metros de una bocacalle, de las entradas de hospitales o centros de asistencia médica, cuerpos de bomberos o de hidrantes de servicio contra incendios. l) Por estacionarse a menos de tres metros de las puertas de establecimientos educacionales, teatros, iglesias, hoteles, y hospitales, salvo los vehículos relacionados a la función del local. m) Utilizar la vía pública como circuito de prueba o de enseñanza de manejo de automóviles, que afecte o impida la conservación del ornato, perjudique o impida la limpieza pública, obstaculice la recuperación de las áreas públicas, genere afectación objetiva y/o amenaza a la salud o seguridad pública, impida el uso del entorno urbano y la imagen del distrito, u otra situación que ponga en riesgo la seguridad del vecindario. Cabe mencionar que el texto aprobatorio se publicó en el diario oficial el 19 de enero del 2021. Ahora se publica nuevamente, pero con el texto completo de la norma, incluídos los anexos. [MDC, Ord. 602/MDC, 22/04/2021]
Ficha legal de la noticia: Sumilla y ubicación oficial de la norma: Ordenanza que prohíbe el estacionamiento de vehículos en la vía pública que interrumpan la libre circulación en el distrito de Comas Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 15982. Entidad: Municipalidad Distrital de Comas (MDC). Modificaciones: modifica el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Comas, aprobado mediante Ordenanza N.° 534/MC. Derogaciones: ninguna. Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 23/04/2021. Fe de erratas: no aplica. Valores agregados LEX: Concordancias y antecedentes: * Decreto Supremo N.° 016-2009-MTC, que aprueba el Reglamento Nacional de Tránsito. Información relacionada: + ¡Oiga, no bloquee el paso! | Comas prohíbe el estacionamiento de vehículos en la vía pública que interrumpan la libre circulación. [MDC, Ord. Mun. 602/MDC, 19/01/2021]
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San Isidro incorpora a su TUPA el procedimiento administrativo estandarizado de Licencia provisional de funcionamiento para bodega
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En el marco del Decreto Supremo N.° 200-2020-PCM, que aprueba los procedimientos administrativos estandarizados de licencia de funcionamiento y de licencia provisional de funcionamiento para bodegas; la Municipalidad Distrital de San Isidro (MDSI) modifica su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado por la Ordenanza N.° 372-MSI, con el fin de incorporar el Procedimiento Administrativo Estandarizado de Licencia Provisional de Funcionamiento para Bodegas, conforme se detalla en el Anexo N° 1 que forma parte integrante de la presente ordenanza. [MDSI, Ord. 536-MSI, 22/04/2021] Ficha legal de la noticia: Sumilla y ubicación oficial de la norma: Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad de San Isidro Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 15982. Entidad: Municipalidad Distrital de San Isidro (MSI). Modificaciones: modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos de San Isidro aprobado por la Ordenanza N.° 372-MSI. Derogaciones: ninguna. Vigencia o situación legal de la norma: vigente el 23/04/2021. Fe de erratas: no aplica. Valores agregados LEX: Concordancias y antecedentes: * Decreto Supremo N° 200-2020-PCM, que aprueba Procedimientos Administrativos Estandarizados de Licencia de Funcionamiento y de Licencia Provisional de Funcionamiento para Bodegas. Información relacionada: ninguna.
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Hasta el 15 de mayo vecinos de Pachacámac podrán acceder a beneficios tributarios y no tributarios
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La Municipalidad Distrital de Pachacámac (MDP) prorroga el plazo de vigencia estipulado de la Ordenanza N.° 250-2020-MDP/C, norma que establece el "Otorgamiento de beneficios tributarios y no tributarios en el distrito de Pachacámac", hasta el 15 de mayo del 2021, de conformidad con su Sexta Disposición Final. [MDP, D. de Alc. 011-2021-MDP/A, 22/04/2021] Ficha legal de la noticia: Sumilla y ubicación oficial de la norma: Prorrogan plazo de vigencia estipulado en la Ordenanza N.° 250-2020-MDP/C, que otorga beneficios tributarios y no tributarios en el distrito de Pachacámac Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 15982. Entidad: Municipalidad Distrital de Pachacámac (MDP). Modificaciones: ninguna. Derogaciones: ninguna. Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 23/04/2021. Fe de erratas: no aplica. Valores agregados LEX: Concordancias y antecedentes: * Ordenanza N.° 250-2020-MDP/C, que establece el “Otorgamiento de beneficios tributarios y no tributarios en el distrito de Pachacámac. Información relacionada: + Descuento de hasta 20% sobre los tributos 2021 como incentivo en Pachacamac. [MDP, Ord. Mun. 262-2021-MDP/C, 23/02/2021]
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Santa Anita oficializa su Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y su Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS)
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Un título preliminar, siete títulos, ocho capítulos, setenta y uno artículos, once disposiciones transitorias y finales y diez anexos dan forma al Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) de la Municipalidad Distrital de Santa Anita (MDSA). El documento se aprueba a través de la ordenanza que también oficializa el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS), y que, además, deja sin efecto el CUIS anterior, aprobado mediante la Ordenanza N.° 205/MDSA y sus modificatorias. De acuerdo con esta norma, el ámbito de fiscalización y control administrativo se circunscribe a la jurisdicción del distrito de Santa Anita, en todo aspecto concerniente a las competencias, atribuciones y funciones de la municipalidad distrital, como órgano de gobierno local. Sus alcances comprenden a las personas naturales, personas jurídicas o entes colectivos, sean nacionales o extranjeros, de derecho privado y/o público, incluyendo las empresas de Estado, organismos regionales o municipalidades y, en general, a todos aquellos sujetos obligados a cumplir determinadas conductas o abstenerse de realizarlas dentro del ámbito del distrito de Santa Anita en el marco de la Constitución Política del Perú y demás normas legales vigentes, a fin de velar por la paz social y el orden público. [MDSA. Ord. 000304/MDSA, 22/04/2021] Ficha legal de la noticia: Sumilla y ubicación oficial de la norma: Ordenanza que aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Santa Anita Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 15982. Entidad: Municipalidad Distrital de Santa Anita (MDSA). Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones: ninguna. Derogaciones: deroga la Ordenanza N.° 205/MDSA. Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 23/04/2021. Fe de erratas: no aplica. Valores agregados LEX: Concordancias y antecedentes: * Ordenanza N.° 00205/MDSA. Aprueban el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas de la Municipalidad de Santa Anita. Información relacionada: ninguna.
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