Ate formaliza su servicio de serenazgo en el distrito
|
|
La Municipalidad Distrital de Ate (MDA) aprueba la formalización del servicio de serenazgo en su jurisdicción para mantener el orden interno, mediante acciones preventivas de patrullaje y seguridad en todas sus modalidades, sin que ello implique la sustitución o conflicto de competencias con la Policía Nacional del Perú (PNP), a quien se le reconoce como ente rector sobre la materia. Asimismo, se encarga al señor alcalde para que disponga las acciones administrativas correspondientes con el objeto de desarrollar adecuadamente el servicio de serenazgo e implementación del Manual del Sereno Municipal, así como también el cumplimiento de las disposiciones municipales afines. Cabe indicar que el Servicio de Serenazgo del Distrito de Ate se inició mediante la Resolución de Alcaldía N.° 1470 del 27 de junio de 1996 y mediante Acuerdo de Concejo N.° 069 del 24 de julio de 1996, que crea su Sistema de Seguridad Ciudadana; sin embargo, la norma que corresponde a la creación del cuerpo de serenazgo como institución representativa es mediante ordenanza municipal, norma de carácter general y de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por lo que ahora se gestiona la ordenanza de formalización de este servicio. [MDA Ord. 546-MDA, 11/02/2021] Ficha legal de la noticia: Sumilla y ubicación oficial de la norma: Ordenanza municipal que formaliza el servicio de serenazgo en el distrito de Ate Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 15874. Entidad: Municipalidad Distrital de Ate (MDA). Modificaciones: no aplica. Derogaciones: no aplica. Vigencia o situación legal de la norma: rige desde el 12/02/2021. Fe de erratas: no aplica. Valores agregados LEX: Concordancias y antecedentes: * Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. * Decreto Supremo N.° 010-2019-IN, modifica el Reglamento de la Ley N.° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana. Información relacionada: ninguna.
|