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Contribuyentes de Lurín que adelanten sus pagos por Impuesto Predial del 2021 tendrán descuentos especiales
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Todos los contribuyentes del distrito de Lurín que se encuentren con deuda cero sobre los años anteriores al 31 de diciembre del 2020 y que, voluntariamente, realicen el pago anticipado del Impuesto Predial del ejercicio 2021 hasta 31 de enero del 2021, tendrán los siguientes beneficios:
Trimestres cancelados % de descuentos Impuesto Predial 2021 arbitrios municipales 2021 I – IV 25% I y II 15% Por otro lado, los contribuyentes que paguen por adelantado de forma voluntaria el Impuesto Predial del año 2021 hasta el 31 de diciembre del 2020, no se les incluirá el pago por derecho de emisión 2021, hasta la aprobación de la ordenanza respectiva. Los descuentos que se brindan en la presente ordenanza serán aplicados a futuro, de acuerdo con el cuadro adjunto, siempre y cuando el pago se realice hasta 31 de enero del 2021. [ML, Ord. Mun. 411-2020/ML, 17/12/2020] Ficha: Vigencia: 18/12/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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San Isidro modifica normas sobre las declaraciones del Impuesto Predial para mejorar el flujo en su presentación
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Para un mejor flujo en la presentación de las declaraciones tributarias del Impuesto Predial, las que requieren ser adaptadas a las disposiciones legales y jurisprudencia vigente en la materia, la Municipalidad Distrital de San Isidro modifica los artículos 6° (Declaraciones tributarias sustitutorias, rectificatorias y objeciones), 8° (Requisitos), numeral 9, y 9° (Plazos y reglas para la presentación de las declaraciones tributarias), literal c), de las "Disposiciones relativas a la presentación de las declaraciones tributarias vinculadas al Impuesto Predial", aprobadas por el Decreto de Alcaldía N° 016-2018-ALC/MSI. [MSI, D. de Alc. 019-2020-ALC/MSI, 17/12/2020] Ficha: Vigencia: 18/12/2020. Modificaciones y derogaciones: modifica el D. de Alc. 016-2018-ALC/MSI.
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Acuerdo de Consejo y ordenanza que establecen el régimen tributario de los árbitros del ejercicio 2021 en Magdalena
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En una separata especial, la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar publica el Acuerdo de Concejo N° 365, que ratifica la Ordenanza N° 104-2020-MDMM, que establece el régimen tributario de los arbitrios de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo del ejercicio 2021 en el distrito, y mantiene la aplicación de las tasas aprobadas y ratificadas para el ejercicio 2020. La vigencia del acuerdo se condiciona a su publicación hasta el 31 de diciembre del 2020, así como la del texto íntegro de la ordenanza ratificada, incluido el informe técnico. La aplicación de la ordenanza, materia de la presente ratificación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la municipalidad distrital. En esta línea, la municipalidad publica la Ordenanza N° 104-2020-MDMM, "Que aprueba los arbitrios de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines, y serenazgo para el año 2021", que establece que para el ejercicio 2021 se aplicarán los costos y tasas establecidas por estos servicios, establecidos en la Ordenanza N° 068-2019-MDMM, ratificada mediante Acuerdo de Concejo Metropolitano N° 304, normas publicadas en el Diario Oficial "El Peruano" el 28 de diciembre del 2019. También se publica el informe técnico que sustenta los costos y las tasas prorrogadas, correspondientes a los arbitrios municipales de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo, así como, la estimación de ingresos por concepto de la prestación de los referidos servicios públicos, el mismo que forma parte integrante de la presente ordenanza, denominado Anexo 01. [MDMM, Ord. 104-2020-MDMM y Ac. 365 MML, 17/12/2020] Ficha: Vigencia: 18/12/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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