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Estas son las vías del distrito de Miraflores que tendrán estacionamiento rotativo
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La Municipalidad Distrital de Miraflores aprueba la continuación de la implementación progresiva del Sistema de Estacionamiento Rotativo aprobado por la Ordenanza N.° 514/MM, en las siguientes vías: Ítem Vías: jr./av./calle/psje Nro. de cuadra 1 Calle General Recavarren 01 y 02 2 Calle Francisco de Paula Camino 02 y 03 3 Av. Gran Mariscal Ramón Castilla 06 4 Calle José Sabogal 03 5 Calle Domingo Elías 01 6 Calle Lizardo Montero 01 7 Calle Junín 01 8 Malecón Cisneros (Ref. Parque Grau) S/N 9 Malecón de la Marina 12 La municipalidad establece un plazo de sesenta días calendario para que se instalen e implementen las señales de estacionamientos rotativos en el distrito, así como para su difusión, de acuerdo con el siguiente cronograma: - Los treinta primeros días: instalación de señales informativas. - Del 31 a los 45 días: entrega de cartas y volanteo de afiches informativos sobre la implementación de estacionamientos rotativos. - Del 46 a los 60 días: imposición de papeletas educativas. A partir del día siguiente de culminada la etapa de implementación y prevención se procederá a aplicar sanciones pecuniarias de conformidad con lo establecido en el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas, aprobado mediante la Ordenanza N° 480/MM. [MM, D. de Alc. 020-2020/MM, 16/12/2020] Ficha: Vigencia: 17/12/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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Contribuyentes de San Borja pagarán S/ 2,24 por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores de la DJ y liquidación del Impuesto Predial y arbitrios
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La Municipalidad Distrital de San Borja prorroga para el ejercicio 2021 la vigencia de la Ordenanza N° 611-MSB que regula el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores de la declaración jurada y liquidación del Impuesto Predial y arbitrios municipales y distribución para el ejercicio 2019. En este sentido, fija en S/ 2,24 el monto anual que abonarán los contribuyentes por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores de la declaración jurada (DJ) y liquidación del Impuesto Predial y arbitrios municipales y distribución correspondiente al ejercicio 2021, tratándose de una sola unidad predial; asimismo, deberán abonar la suma de S/ 0,18 por cada HR - Hoja de Resumen, PU - Predio Urbano, IMG - Foto y Plano y HLA - Hoja de Liquidación de Arbitrios que corresponda por predio adicional. [MSB, Ord. 656-MSB, 16/12/2020] Ficha: Vigencia: 17/12/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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Surco modifica en su TUPA los requisitos y plazos de ocho procedimientos administrativos de licencia de funcionamiento para edificaciones
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En el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, aprobado mediante la Ordenanza N° 498-MSS, se modifican los requisitos y plazos de los siguientes procedimientos administrativos: - 09.01. Licencia de funcionamiento para edificaciones calificadas con nivel de riesgo bajo (con ITSE posterior)
- 09.02. Licencia de funcionamiento para edificaciones calificadas con nivel de riesgo medio (con ITSE posterior)
- 09.03. Licencia de funcionamiento para edificaciones calificadas con nivel de riesgo alto (con ITSE previa)
- 09.04. Licencia de funcionamiento para edificaciones calificadas con nivel de riesgo muy alto (con ITSE previa)
- 09.06. Licencia de funcionamiento para cesionarios calificados con nivel de riesgo medio (con ITSE posterior)
- 09.07. Licencia de funcionamiento para cesionarios calificados con nivel de riesgo alto (con ITSE previa)
- 09.08. Licencia de funcionamiento para cesionarios calificados con nivel de riesgo muy alto (con ITSE previa)
- 09.13. Licencia de funcionamiento corporativa para mercados de abastos, galerías comerciales y centro comerciales (con ITSE previa). [MSS, D. de Alc. 14-2020-MSS, 16/12/2020]
Ficha: Vigencia: 17/12/2020. Modificaciones y derogaciones: modifica la Ordenanza 498-MSS.
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Pueblo Libre aprueba el régimen tributario de los arbitrios de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo para el ejercicio 2021
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Con un acuerdo de consejo, la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre ratifica la Ordenanza N° 573-MPL, que establece el régimen tributario de los arbitrios de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo del ejercicio 2021 en el distrito. Por otro lado, mantiene la aplicación de las tasas aprobadas y ratificadas para el ejercicio 2020 reajustadas con el Índice de Precios al Consumidor de 1,15%, correspondiente al mes de mayo del 2020. Además, la municipalidad publica la Ordenanza N° 573-MPL, que aprueba el informe técnico financiero que da cuenta del sustento para el mantenimiento de las tasas por los arbitrios de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo, y de la ejecución del gasto, así como el cuadro de tasas aplicables y la estimación de ingresos para el ejercicio 2021; el que, como anexo forma parte integrante de la presente ordenanza. [MPL, Ac. 366 y Ord. 573-MPL, 16/12/2020] Ficha: Vigencia: 17/12/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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