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Breña establece el régimen tributario de los arbitrios de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo del ejercicio 2021
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La Municipalidad Distrital de Breña ratifica la Ordenanza N° 0541-2020/MDB, que establece el régimen tributario de los arbitrios de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo del ejercicio 2021 y mantiene la aplicación de las tasas aprobadas y ratificadas para el ejercicio 2020, reajustadas con el Índice de Precios al Consumidor de 1,24%, correspondiente al mes de agosto del 2020. En este sentido, para el ejercicio 2021, se aplicarán los costos y tasas por los servicios públicos de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo, establecidos en la Ordenanza N° 531-2019-MDB, ratificada mediante Acuerdo de Concejo N° 361 de la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML), publicadas en el Diario Oficial El Peruano el 31 de diciembre del 2019, reajustadas con la Variación del Índice de Precios al Consumidor para Lima Metropolitana (IPC), acumulado al mes de agosto del 2020, fijado en 1,24%. Adicionalmente, la municipalidad aprueba el Informe Técnico que da cuenta del sustento para el reajuste de los costos y tasas por arbitrios municipales de barrido de calles, limpieza pública, parques y jardines y serenazgo, así como la estimación de ingresos por la prestación de los servicios mencionados. La ordenanza en comento, así como el acuerdo de concejo se publican en una separata especial del diario oficial. [MDB, Ac. de Concejo N° 367 y Ord. 0541-2020-MDB, 13/12/2020] Ficha: Vigencia: 14/12/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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