Santa Anita modifica los alcances y beneficios de la ordenanza que aprobó la "Amnistía Total Tributaria 2020"
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La Municipalidad Distrital de Santa Anita aprueba la modificación del inciso 1 del artículo tercero (Alcances de los beneficios tributarios) y el artículo cuarto (Beneficio para las obligaciones de carácter no tributario) de la Ordenanza N° 000293/MDSA, que aprobó los beneficios tributarios y administrativos denominados "Amnistía Total Tributaria 2020". Asimismo, deja sin efecto el inciso 1 del artículo sexto de las condiciones para acogerse a los beneficios tributarios 2020. Finalmente, prorroga hasta el 31 de diciembre del 2020 los beneficios otorgados por la Ordenanza N° 000293/MDSA. [MDSA, Ord. 000296/MDSA, 2/12/2020] Ficha: Vigencia: 3/12/2020. Modificaciones y derogaciones: modifica el inciso 1 del artículo tercero (Alcances de los beneficios tributarios) y el artículo cuarto (Beneficio para las obligaciones de carácter no tributario) de la Ordenanza N° 000293/MDSA.
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