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La Punta aprueba el programa de beneficio especial para el pago de deudas tributarias y no tributarias
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La Municipalidad Distrital de La Punta aprueba un beneficio especial para el pago de deudas tributarias y no tributarias en su jurisdicción. La deuda materia de este programa es la constituida por los tributos, las multas y los intereses determinados por la Municipalidad Distrital de La Punta, tales como el Impuesto Predial, los arbitrios municipales, las multas tributarias, así como la contenida en los convenios de fraccionamiento sobre deuda tributaria y en resoluciones de pérdida de beneficio. La deuda no tributaria es la constituida por la aplicación de las multas originadas por la comisión de infracciones previstas en el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS), así como la contenida en los convenios de fraccionamiento sobre deuda no tributaria y en resoluciones de pérdida de beneficio. Los beneficios que se aplicarán son los siguientes: - Condonación del 100% de intereses, reajustes, costas y gastos procesales de la deuda contenida en el artículo 2° de la presente ordenanza.
- Aplicación en un 100% de los beneficios de pensionista y descuentos por pago puntual, arbitrio social y demás que resulten aplicables y que se encontrasen vigentes durante el ejercicio 2020 y años anteriores, respecto de los arbitrios municipales pendientes de cancelación.
- Multas tributarias: pago único de S/ 5.00 por cada una de las resoluciones de multa tributaria emitidas que se mantengan pendientes de cancelación. En estos casos se condonará el total del saldo restante.
- Multas administrativas: condonación del 90% de la multa administrativa, cualquiera sea su estado de cobranza, lo cual se aplicará como único descuento. Este beneficio no alcanzará a las multas por las infracciones relacionadas al COVID-19 incorporadas mediante Ordenanza N° 002-2020-MDLP/AL. [MLP, Ord. 006-2020-MDLP-AL, 28/10/2020]
Ficha: Vigencia: 29/10/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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