San Borja corrige errores materiales incurridos en el anexo denominado "Autorización para la notificación en dirección electrónica", aprobado por el D. A. N° 014-2020-MSB-A
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La Municipalidad Distrital de San Borja rectifica con efecto retroactivo al 10 de julio del 2020, lo siguiente: 1) El error material incurrido en el segundo párrafo del formato Anexo denominado “Autorización para la notificación en dirección electrónica”, aprobado mediante Decreto de Alcaldía N° 014-2020-MSB-A, de fecha 03 de julio del 2020, de acuerdo con lo siguiente: Dice: "(...) se refiere el numeral 20.4 del artículo 24 del TUO de la Ley N° 27444 (...)"; Debe decir: "(...) se refiere el numeral 20.4 del artículo 20 del TUO de la Ley N° 27444". 2) El error material incurrido en la tercera línea del pie de página del formato Anexo denominado "Autorización para la notificación en dirección electrónica”, aprobado mediante el Decreto de Alcaldía N° 014-2020-MSB-A, de fecha 03 de julio del 2020, de acuerdo a lo siguiente: Dice: "(*) "Ley N° 27444, artículo 20 numeral 20.4 El administrado interesado o afectado por el acto que hubiera consignado en su escrito alguna dirección electrónica que conste en el expediente puede ser notificado a través de ese medio siempre que haya dado su autorización expresa para ello. Para este caso no es de aplicación el orden de prelación dispuesto en el numeral"; Debe decir: "(*) "TUO de Ley N° 27444, artículo 20 numeral 20.4 "El administrado interesado o afectado por el acto que hubiera consignado en su escrito alguna dirección electrónica que conste en el expediente puede ser notificado a través de ese medio siempre que haya dado su autorización expresa para ello. Para este caso no es de aplicación el orden de prelación dispuesto en el numeral 20.1". [MSB, D. de Alc. 016-2020-MSB-A, 9/10/2020] Ficha: Vigencia: 10/10/2020. Modificaciones y derogaciones: rectifica el anexo del Decreto de Alcaldía N° 014-2020-MSB-A. Información relacionada: notiLEX 0786.
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