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Normas publicadas en día de hoy de Indecopi, Sunafil, Sunarp y municipios
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Únicamente los criterios de seguridad y tranquilidad sirven para restringir la venta y consumo de bebidas alcohólicas en bares, video pubs o discotecas
La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi declaró como barrera burocrática ilegal la restricción de la venta y consumo de bebidas alcohólicas en bares, video pubs, discotecas, clubes nocturnos, peñas y demás establecimientos similares por Semana Santa desde las 00:00 a las 22:00 horas del día "Viernes Santo" que estableció la Ordenanza 231-MPH/CM de la Municipalidad Provincial de Huancayo. Según el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), la restricción horaria impuesta se sustenta en criterios distintos a los de la seguridad o tranquilidad pública, que son los que habilitan la restricción de la venta y consumo de bebidas alcohólicas, conforme con lo dispuesto por el artículo 5° del Decreto Supremo N° 012-2009-SA, reglamento de la Ley N° 28681, Ley que regula la comercialización, consumo y publicidad de bebidas alcohólicas. [Indecopi, R. 163-2020/SEL-Indecopi, 30/09/2020] Ficha: Vigencia: 30/09/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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La Sunafil crea una plataforma de inspección laboral en el distrito de San Juan de Miraflores
A partir de hoy, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) crea la "Plataforma de inspección del trabajo en la zona sur de Lima Metropolitana, dependiente de la Intendencia de Lima Metropolitana de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - Sunafil" en el distrito de San Juan de Miraflores, decisión con la que busca fortalecer su presencia en el ámbito territorial de la Intendencia de Lima Metropolitana. [Sunafil, R. 040-2020-Sunafil-GG, 30/09/2020] Ficha: Vigencia: 1/10/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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Desde el 1 de octubre el SID-Sunarp servirá para inscribir remotamente actos en el Registro de Personas Naturales
A partir del 1 de octubre del 2020, se podrá presentar electrónicamente en el Registro de Personas Naturales, mediante el Sistema de Intermediación Digital de la Sunarp (SID-Sunarp), los partes notariales, copias certificadas, documentos privados con certificación notarial de firmas y solicitudes, en general, según corresponda de acuerdo con la naturaleza y formalidad del acto; todos suscritos con firma digital del notario y conteniendo los siguientes actos inscribibles: - Registro personal: acabamiento, cese, extinción, remoción, renuncia de la curatela; Remoción, renuncia, cese del cargo de tutor; remoción, renuncia, cese de apoyo; reconciliación; aclaración; modificación; rectificación; anotación por presunta por suplantación de identidad o falsificación prevista en el Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado; otros actos que puedan ser tramitados mediante instrumentos notariales.
- Registro de comerciantes: comerciantes; liquidación o fenecimiento del negocio; poder de comerciante; rectificación; revocatoria, extinción de poder de comerciante; otros actos que puedan ser tramitados mediante instrumentos notariales.
- Registro de testamentos: renuncia al cargo de albacea; caducidad de testamento; revocatoria de la desheredación; aclaración; rectificación; anotación por presunta suplantación de identidad o falsificación prevista en el Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado; otros actos que puedan ser tramitados mediante instrumentos notariales.
- Registro de sucesiones intestadas: anotación por presunta suplantación de identidad o falsificación prevista en el Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado; otros actos que puedan ser tramitados mediante instrumentos notariales. [Sunarp, R. 140-2020-Sunarp/SN, 30/09/2020]
Ficha: Vigencia: 1/10/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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MML prorroga hasta el 30 de noviembre los beneficios para el cumplimiento de obligaciones tributarias y no tributarias
La Municipalidad Metropolitana de Lima prorroga hasta el 30 de noviembre del 2020, la vigencia de los beneficios otorgados para el cumplimiento de obligaciones tributarias y no tributarias establecidos en la Ordenanza N° 2259, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 20 de mayo del 2020. Asimismo, encarga al Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT), la implementación y cumplimiento del presente decreto de alcaldía, así como su difusión a través del portal institucional: www.sat.gob.pe. [MML, D. de Alc. 14, 30/09/2020] Ficha: Vigencia: 1/10/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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Barranco diseña beneficios tributarios para mitigar el impacto económico entre sus contribuyente a causa de las medidas del Gobierno para luchar contra la COVID-19
La Municipalidad Distrital de Barranco establece diversas medidas de naturaleza tributaria en el distrito pata mitigar entre los vecinos barranquinos los efectos del impacto económico desencadenados a consecuencia de las disposiciones de prevención dispuestas por el estado de emergencia nacional en la lucha contra la COVID-19. En este sentido, establece de manera excepcional, beneficios e incentivos sobre el pago del Impuesto Predial y arbitrios municipales dentro de su jurisdicción; así, los contribuyentes podrán regularizar sus obligaciones tributarias mediante el pago voluntario. Podrán acogerse a la presente ordenanza todas aquellas personas naturales o jurídicas, bajo régimen público o privado, asociaciones y sucesiones que mantengan obligaciones tributarias vencidas y/o por vencer, para ello es requisito indispensable cancelar el Impuesto Predial del ejercicio fiscal 2020 y, en caso de no tener deuda por dicho periodo, pagar el Impuesto Predial de cualquier otro ejercicio pendiente de pago. [MDB, Ord. 549-2020-MDB, 30/09/2020] Ficha: Vigencia: 1/10/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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Especificaciones técnicas para prevenir y contener la COVID-19 que los establecimientos de la Victoria deben cumplir
La Municipalidad Distrital de La Victoria aprueba las especificaciones técnicas para prevenir y contener la COVID-19 en los establecimientos públicos y privados que se ubican en el distrito. Estas especificaciones las detalla el Anexo 1, que forma parte integrante de la presente ordenanza. Además, incorpora en el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS), aprobado mediante la Ordenanza N° 303-MLV, los códigos de infracción que detalla en el Anexo 2 de la presente ordenanza. [MLV, Ord. 348/MLV, 30/09/2020] Ficha: Vigencia: 1/10/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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Beneficios por el pago adelantado del Impuesto Predial continuarán vigentes hasta el 31 de octubre
Hasta el 31 de octubre del 2020, la Municipalidad de La Victoria extiende el beneficio tributario por pago total o parcial del Impuesto Predial del ejercicio 2020 que establece la Ordenanza N° 341/MLV. Asimismo, prorroga hasta la misma fecha el pago total del Impuesto Predial 2020, así como el vencimiento del 1er trimestre, 2do trimestre y 3er trimestre del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del Ejercicio Fiscal 2020. Precisa la institución, que los convenios de fraccionamientos cuyos vencimientos de las cuotas se encuentran dentro de los meses de marzo, abril y mayo no generan intereses moratorios, de acuerdo con lo establecido en el D. S. N° 044-2020-PCM. [MLV, D. de Alc. 014-2020-MLV, 30/09/2020] Ficha: Vigencia: 1/10/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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Lurín extiende hasta el 15 de octubre beneficios tributarios
Atendiendo a los pedidos de la población, la Municipalidad Distrital de Lurín decide prorrogar hasta el 15 de octubre del 2020 la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 400-2020/ML, norma que establece beneficios tributarios en el distrito por el estado de emergencia nacional decretado por el brote del coronavirus (COVID-19), que se publicó en el diario oficial el 2 de setiembre del 2020. [ML, D. de Alc. 011-2020-ALC/ML, 30/09/2020] Ficha: Vigencia: 1/10/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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Pueblo Libre amplía hasta el 30 de octubre plazo para acogerse al Régimen Especial de Beneficio para las obligaciones tributarias y no tributarias
La Municipalidad Distrital de Pueblo Libre prorroga hasta el 30 de octubre del 2020, el plazo para acogerse a los beneficios que concede la Ordenanza N° 571-MPL, que establece el Régimen especial de beneficios para el cumplimiento de las obligaciones tributarias y no tributarias. [MPL, D. de Alc. 018-2020-MPL, 30/09/2020] Ficha: Vigencia: 1/10/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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Santa Anita dicta medidas sanitarias para prevenir y evitar el contagio y propagación de la COVID-19 en establecimientos comerciales, industriales y servicios
La Municipalidad Distrital de Santa Anita aprueba una ordenanza con la que regula las medidas de prevención, seguridad y protección sanitarias que aplicarán los establecimientos públicos y privados en el distrito, tales como locales comercial, industriales y de servicios, para prevenir y evitar el contagio y propagación de la COVID-19 y habilitar las acciones de fiscalización y control y, a través de su cumplimiento, garantizar un servicio de atención con higiene, inocuidad, prevención de riesgos, protección de la vida humana y la salud pública en general. La responsabilidad administrativa se atribuye a cualquier persona natural o jurídica, nacional o extranjera que incumpla las obligaciones establecidas en la presente ordenanza; en consecuencia, se le aplicarán las sanciones administrativas y/o ejecución de medidas correctivas o medidas de carácter provisional, sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales que pudiesen acontecer en la vía judicial. [MDSA, Ord. 000290/MDSA, 30/09/2020] Ficha: Vigencia: 1/10/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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