|
| |
San Miguel extiende beneficios tributarios y no tributarios hasta el 31 de octubre
|
|
La Municipalidad Distrital de San Miguel prorroga los alcances de la Ordenanza N° 413/MDSM, que aprueba el beneficio de deudas tributarias y no tributarias para los contribuyentes del distrito, con el objeto de mitigar el impacto económico generado por el estado de emergencia, en concordancia con la Segunda Disposición Complementaria Transitoria y Final de la Ordenanza N° 413/MDSM, hasta el 31 de octubre del 2020. Asimismo, precisa que los compromisos de pago suscritos mantendrán la vigencia de los beneficios hasta el término del cronograma establecido. La institución también establece que lo consignado en la Quinta Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ordenanza N° 406/MDSM, incluye la ampliación de la vigencia de la Ordenanza N° 404/MDSM y sus modificatorias o aclaratorias consignadas en la Ordenanza N° 413/MDSM, hasta el 30 de noviembre de 2020. Finalmente, prorroga el artículo 4° de la Ordenanza N° 406/MDSM, que otorga beneficios tributarios para los contribuyentes del distrito por el estado de emergencia nacional, en concordancia con la Primera Disposición Complementaría Transitoria y Final de la Ordenanza N° 406/MDSM, hasta el 31 de octubre de 2020. [MDSM, D. de Alc. 006-2020/MDSM, 8/09/2020] Ficha: Vigencia: 9/09/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
|
|
|
|
|
| |
Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2020 de Surquillo
| |
|
El Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2020 de Surquillo, fue declarado apto por el Comité Regional de Seguridad Ciudadana de Lima Metropolitana, de acuerdo con el Oficio N° 020-2020-MML-GSGC-STCSC, de fecha 13 de mayo del 2020, cumpliendo con lo establecido por la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y demás normatividad aplicable. El plan se publica en el portal Web de la Municipalidad Distrital de Surquillo (www.munisurquillo.gob.pe). [MDS, Ord. 460-MDS, 8/09/2020] Ficha: Vigencia: 9/09/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
|
|
|
|
|
| |
Municipalidad de Surquillo suspende cobro de tasa por estacionamiento en el distrito
|
|
La Municipalidad Distrital de Surquillo modifica las disposiciones transitorias, complementarias y finales segunda y séptima de la Ordenanza N° 441-MDS, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 20 de noviembre del 2019, que regula el horario, uso y tiempo de los espacios de estacionamiento público en el distrito, con el fin de incorporar las siguientes infracciones en el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) del Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA): 1. Código 09-0116 Por exceder el tiempo de permanencia de estacionamiento vehicular temporal y 2. Código 09-0117 Por exceder el horario extendido. Adicionalmente, la municipalidad suspende los efectos jurídicos dispuestos por la Ordenanza N° 429-MDS, que aprobó el Régimen de la tasa por estacionamiento vehicular temporal en Surquillo, en consecuencia suspéndase la cobranza de la tasa por estacionamiento. [MDS, Ord. 461-MDS, 8/09/2020] Ficha: Vigencia: 9/09/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
|
|
|
|
|
| |
Surquillo dicta disposiciones para la remoción y sanción de vehículos que afectan la vía pública
| |
|
La Municipalidad Distrital de Surquillo emite una ordenanza que dicta medidas sancionadoras referentes a vehículos, carrocerías y/o chatarras abandonadas, mal estacionadas o que interrumpan la libre circulación en el distrito, así como las disposiciones procedimentales para su intervención e internamiento en el depósito municipal. Esta norma se aplicará en la jurisdicción distrital y es de estricto cumplimiento para todas las personas naturales o jurídicas propietarias de vehículos motorizados o no motorizados que sean abandonados en la vía pública o que interrumpan la libre circulación en esta, los que serán internados en los depósitos municipales. Para la aplicación de la medida complementaria de internamiento se pueden utilizar dispositivos mecánicos, electrónicos y/o tecnológicos. Los gastos de internamiento y/o aplicación de los mecanismos preventivos deben estar a cargo del conductor o del propietario de vehículo, de conformidad con lo establecido en el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la presente ordenanza. [MDS, Ord. 462-MDS, 8/09/2020] Ficha: Vigencia: 9/09/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
|
|
|
|
 |
|