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La Molina extiende hasta el 31 de agosto los plazos de diversos beneficios tributarios y no tributarios
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La Municipalidad Distrital de La Molina prorroga el plazo establecido en el artículo segundo de la Ordenanza N° 400/MDLM y en el artículo quinto de la Ordenanza N° 402/MDLM hasta el día 31 de agosto del 2020. El artículo segundo de la Ordenanza N° 400/MDLM, aprobó la condonación de intereses moratorios y sanciones respecto de las obligaciones tributarias derivadas del Impuesto Predial y arbitrios municipales correspondientes a ejercicios anteriores al año fiscal 2020 que se encuentren pendientes de pago a la fecha de la entrada en vigencia de la ordenanza antes mencionada, hasta el 15 de mayo del 2020; se podrá cancelar dichas obligaciones tributarias en forma total o parcial sin intereses moratorios ni sanciones. Por su parte, el artículo quinto de la Ordenanza N° 402/MDLM aprobó el descuento del 15% sobre el insoluto de los arbitrios municipales para los predios con uso casa habitación y terrenos sin construir por el pago parcial de uno a más ejercicios fiscales y que no constituyan la totalidad de la deuda por dicho tributo respecto a los periodos precisados en el artículo segundo que precede. El descuento del 20% sobre el insoluto de los arbitrios municipales para los predios con uso casa habitación y terrenos sin construir por la cancelación total de la deuda por el tributo antes mencionado respecto a los periodos precisados en el artículo segundo que precede. El descuento diferenciado sobre el insoluto de los arbitrios municipales 2020 para los predios con actividades comerciales. La condonación de intereses moratorios respecto a los arbitrios municipales correspondientes al ejercicio fiscal 2020 que se encuentren pendientes de pago a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ordenanza. [MDLM, D. de Alc. 007-2020/MDLM, 30/07/2020] Ficha: Vigencia: 31/07/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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San Borja aprueba su "Plan de acción distrital de seguridad ciudadana 2020"
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La Gerencia Municipal, la Gerencia de Seguridad Humana y las demás gerencias competentes, serán las encargadas de cumplir y hacer el seguimiento del "Plan de acción distrital de seguridad ciudadana 2020 del distrito de San Borja", aprobado en cumplimiento de lo establecido en la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y demás normatividad aplicable. [MSB, Ord. 649-MSB, 30/07/2020] Ficha: Vigencia: 31/07/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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Vecinos de San Juan de Lurigancho podrán acceder a beneficios tributarios y no tributarios hasta el 31 de agosto
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Hasta el 31 de agosto del 2020, la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho prorroga la vigencia de la Ordenanza N° 400-MDSJL, que establece beneficios tributarios y no tributarios en la jurisdicción del distrito con el objeto de mitigar el impacto económico por el estado de emergencia nacional a consecuencia del brote del coronavirus (COVID-19). La municipalidad precisa que los beneficios tributarios establecidos en esta ordenanza incluyen a los propietarios inafectos al pago del Impuesto Predial y a los sujetos pasivos al pago de arbitrios municipales en calidad de contribuyentes en relación con las licencias de funcionamiento por las actividades que realicen por las deudas que les corresponda. [MDSJL, D. de Alc. 07-2020-A/MDSJL, 30/07/2020] Ficha: Vigencia: 31/07/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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