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Lince aprueba su programa de vigilancia y monitoreo de la contaminación sonora 2020
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En el marco de la Ordenanza N° 1965-MML, Ordenanza metropolitana para la prevención y control de la contaminación sonora, que establece en su artículo 13 que el Programa de vigilancia y monitoreo de la contaminación sonora, es el instrumento de control en materia de ruido ambiental que las municipalidades distritales utilizan para prevenir de contaminación sonora; la Municipalidad Distrital de Lince cumple con aprobar su respectivo programa para el año 2020. [MDL, D. de Alc. 07-2020-MDL, 29/07/2020] Ficha: Vigencia: 30/07/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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Vecinos de Lince tendrán hasta el 31 de agosto para acogerse a los beneficios tributarios
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Ya que a la fecha nos encontramos en una contención económica causada por el reinicio paulatino de actividades bajo las recientes disposiciones legales decretadas por el Gobierno, la Municipalidad Distrital de Lince decide prorrogar la vigencia de la Ordenanza N° 439-2020-MDL, con la que otorga beneficios tributarios y no tributarios en el distrito como consecuencia del estado de emergencia declarado a nivel nacional por el brote de la COVID-19, hasta el 31 de agosto del 2020. [MDL, D. de Alc. 08-2020-MDL, 29/07/2020] Ficha: Vigencia: 30/07/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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Santa Anita lista actividades simultáneas y adicionales para otorgar la licencia de funcionamiento en el distrito
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La Municipalidad Distrital de Santa Anita emite una ordenanza para establecer la lista de los giros afines o complementarios a desarrollar en el distrito que se suman a la relación de actividades simultáneas y adicionales aprobadas mediante Decreto Supremo N° 011-2017-Produce, modificado por el Decreto Supremo N° 009-2020-Produce y el Decreto Legislativo N° 1497 e implementa mecanismos que ayuden en la iniciativa emprendedora del vecino de Santa Anita. Por ello, establece que los titulares de licencias de funcionamiento vigentes pueden incorporar giros afines o complementarios, siempre que cumplan con los parámetros técnicos establecidos en el artículo 6° del TUO de la Ley N° 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento y modificatorias y presentar los siguientes requisitos: - Declaración jurada para el desarrollo de giros afines o complementarios (Anexo 1), que precise que cumple con los parámetros técnicos establecidos.
- En el caso las actividades afines o complementarias solicitadas para desarrollar, incremente el nivel de riesgo del establecimiento, el administrado deberá presentar solicitud de certificado de inspección técnica de seguridad en edificaciones, correspondiente.
También establece que los establecimientos que cuentan con licencia de funcionamiento pueden desarrollar como actividad el servicio de entrega a domicilio para la distribución exclusiva de sus productos y servicios, sin necesidad de realizar ningún trámite adicional ante la municipalidad. [MDSA, Ord. 000287/MDSA, 29/07/2020] Ficha: Vigencia: 30/07/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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Obras civiles en Jesús María se podrán realizar de lunes a viernes a partir de las 07.30 hasta las 18.00 horas y sábados de 07:30 hasta las 17.00 horas
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Debido a la coyuntura generada por la COVID-19 y bajo la opinión la Subgerencia de Control Urbano y Catastro, la Municipalidad Distrital de Jesús María modifica la Ordenanza N° 154-MDJM para establecer un nuevo horario de ejecución de las obras privadas en el distrito, esto dentro del marco de la reactivación económica del sector construcción, buscando armonizar el desarrollo de los proyectos civiles y públicos con la tranquilidad y bienestar de los vecinos. En este sentido, el artículo primero de la Ordenanza N° 154-MDJM expresa lo siguiente: "Artículo Primero.- Se permite la ejecución de obras civiles, privadas y públicas en el distrito de Jesús María, en los siguientes horarios: - De lunes a viernes a partir de las 07.30 horas hasta las 18.00 horas. - Sábados a partir de las 07:30 horas hasta las 17.00 horas. - Domingo y feriados, no se permitirá la ejecución de ningún trabajo de construcción civil. Los días sábados, no se permitirán actividades de vaciado de loza y/o estructuras de concreto". [MDJM, Ord. 616-MDJM, 29/07/2020] Ficha: Vigencia: 30/07/2020. Modificaciones y derogaciones: modifica la Ord. 154-MDJM.
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