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¿Qué papeletas se pagan en el SAT de Lima?
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El Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT) informa a la ciudadanía que las papeletas que se pagan en la institución son las relacionadas a las infracciones al Reglamento Nacional de Tránsito, transporte de carga y vehículos menores. No se pagan ante el SAT, las papeletas relacionadas con el transporte público (regular de pasajeros, servicio de taxi, transporte escolar, transporte personal y turístico), las que se cancelarán ante la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU). Sin embargo, las costas y gastos generados en cobranza coactiva se cancelarán ante el SAT. Además, continúan vigentes los beneficios de descuento de entre 55% y 85% para aquellas personas que paguen las papeletas impuestas por infracciones de tránsito, transporte de carga y vehículo menor, así como multas administrativas, así como un adicional del 5% por pagos virtuales, beneficio que se aplicará sobre el importe total del saldo insoluto de las multas pendientes correspondientes al ejercicio 2020, impuestas hasta el 20 de mayo, y años anteriores. Los pagos fraccionados tendrán descuentos que fluctuarán entre 40% y 70%, según el año de la infracción de tránsito, transporte de carga, transporte en vehículo menor y de la multa administrativa. Los beneficios se aplican desde el 21 de mayo del presente año y rigen por 90 días. Para mayor información visita la página web www.sat.gob.pe o escriba al correo asuservicio@sat.gob.pe o al fanpage SAT de Lima o llamar a Aló SAT (01) 315-2400 o escribir al WhatsApp del SAT. [MML, Noticia - SAT (papeletas), 10/07/2020] Ficha: Vigencia: 10/07/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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SAT. Este 31 de julio vence la segunda cuota para el pago de tributos 2020
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El próximo 31 de julio vence el plazo para que los contribuyentes de Lima paguen la segunda cuota del impuesto vehicular, predial y arbitrios, correspondiente al año 2020, de acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT) de Lima. Están comprendidos, los contribuyentes que deben cumplir con sus obligaciones tributarias del Impuesto Predial y de arbitrios municipales registrados en el SAT como propietarios de inmuebles ubicados en el Cercado de Lima. Los contribuyentes que deben cumplir con el pago del impuesto al patrimonio vehicular, es decir los propietarios de automóviles, camionetas, station wagon, buses, ómnibus y/o camiones cuyo domicilio fiscal se encuentra en la provincia de Lima. Para los pagos están disponibles los bancos BCP, BBVA Continental, Interbank, Banbif, Scotiabank, en la Caja Metropolitana, Western Union y en los agentes Kasnet. Y, sin salir de casa, a través de la web del SAT. Para mayor orientación se puede comunicar al Aló Sat (01) 315-2400, escribir al chat en línea en la web www.sat.gob.pe, al correo asuservicio@sat.gob.pe o al fanpage SAT de Lima. [SAT, Noticia - SAT (vencimiento), 10/07/2020] Ficha: Vigencia: 10/07/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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