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Normas publicadas el Lunes 15
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La Victoria establece régimen de incentivos y beneficios tributarios para el pago de tributos municipales
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En el marco de la emergencia sanitaria por la COVID-19, la Municipalidad Distrital de La Victoria establece el régimen de incentivos y beneficios tributarios para el pago de tributos municipales en su jurisdicción aplicable a todos los contribuyentes que tengan deudas pendientes por los siguientes conceptos: Impuesto Predial, arbitrios municipales, multas tributarias y convenios de fraccionamiento. Los beneficios son los siguientes: 1. Pago total del Impuesto Predial Para acogerse al presente beneficio, el deudor tributario previamente deberá cumplir con pagar el total del Impuesto Predial 2020, debidamente determinado, hasta el 30 de junio. El beneficio de condonación se realizará de acuerdo con lo que detalla la norma. 2. Pago parcial del Impuesto Predial El pago del Impuesto Predial se puede realizar en una sola cuota o en su defecto se divide en cuatro trimestres de acuerdo con la fecha de vencimiento en la que se realiza hasta el último día hábil de los meses de: febrero, mayo, agosto y noviembre. Para acogerse se debe realizar el pago trimestral del Impuesto Predial 2020 debidamente determinado en el cronograma que indica la ordenanza, que entrará en vigencia desde mañana hasta el vencimiento establecido en el cronograma por trimestre indicado en el artículo 3°. [MLV, Ord. 341/MLV, 15/06/2020] Ficha: Vigencia: 16/06/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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Contribuyentes de La Victoria sancionados con una multa administrativa que se encuentre en vía ordinaria y/o coactiva podrán acceder a beneficios
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Los contribuyentes del distrito de La Victoria que hayan sido sancionados con una multa administrativa que se encuentre en vía ordinaria y/o coactiva, podrán acceder a los siguientes beneficios: 1) Descuentos del 100% del interés moratorio, gastos administrativos y costas coactivas. 2) Un descuento del valor total de la multa impuesta o del saldo que quedase, de acuerdo con el cuadro adjunto en la norma. Los citados beneficios estarán vigentes hasta el 31 de julio del 2020; posteriormente se cobrará la totalidad de las obligaciones pendientes acotando los intereses y reajustes respectivos y la comunicación de la deuda pendiente de pago a las centrales de riesgo. [MLV, Ord. 342/MLV, 15/06/2020] Ficha: Vigencia: 16/06/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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Normas publicadas el Domingo 14
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Hasta el 30 de junio contribuyentes de La Molina podrán pagar obligaciones de Impuesto Predial y arbitrios anteriores al 2020 sin intereses ni sanciones
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La Municipalidad Distrital de La Molina prorroga hasta el 30 de junio del 2020 el plazo establecido en el artículo segundo de la Ordenanza N° 400/MDLM, que aprobó la condonación de intereses moratorios y sanciones respecto de las obligaciones tributarias derivadas del Impuesto Predial y arbitrios municipales correspondientes a ejercicios anteriores al año fiscal 2020, que se encuentren pendientes de pago a la fecha de entrada en vigencia de la ordenanza hasta el 15 de mayo del 2020, por lo que se puede realizar su cancelación total o parcial sin intereses moratorios ni sanciones. [MDLM, D. de Alc. 004-2020/MDLM, 14/06/2020] Ficha: Vigencia: 15/06/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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Municipalidad Distrital de San Isidro modifica el Reglamento de Fraccionamiento de deudas tributarias y no tributarias
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La Municipalidad Distrital de San Isidro modifica el artículo 16 (Interés del fraccionamiento) del Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y no Tributarias, aprobado por el Decreto de Alcaldía N° 004-2020-ALC/MSI, en el extremo que incorpora una disposición excepcional para el cálculo del interés del fraccionamiento que estará comprendido por un periodo máximo de treinta días calendario, aplicable a la cuota pendiente de pago próxima a vencer de los fraccionamientos cuyos vencimientos se inicien a partir de la declaratoria de emergencia y que sea reprogramada al amparo del artículo 18 del Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias; modificación que se sustenta como un beneficio adicional de la política de flexibilización y apoyo para los vecinos y así contribuir con la reducción de las consecuencias económicas que les podrían generar las medidas extraordinarias adoptadas durante el estado de emergencia. [MSI, D. de Alc. 010-2020-ALC/MSI, 14/06/2020] Ficha: Vigencia: 15/06/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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Normas publicadas el Viernes 12
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Barranco aprueba medidas para prevenir el contagio y propagación de la COVID-19 durante la comercialización de bienes y servicios en el distrito
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La Municipalidad Distrital de Barranco aprueba las medidas de prevención en salud y seguridad para prevenir el contagio y propagación de la COVID-19 durante la comercialización de bienes y la prestación de servicios esenciales durante el estado de emergencia sanitaria declarado por el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, en el distrito. Estas medidas las publica en el Anexo I que forma parte integrante de la presente ordenanza. Asimismo, modifica su Cuadro Único de Infracciones y Sanciones aprobado mediante la Ordenanza N° 539-MDB, incorporando, la Línea de Acción 11: estado de emergencia declarado por brote de COVID-19, que como Anexo II forma también, parte integrante de la presente ordenanza. Los documentos se publican en el portal de la municipalidad: www.munibarranco.gob.pe. [MDB, Ord. 545-2020-MDB, 12/06/2020] Ficha: Vigencia: 13/06/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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Vecinos de Bellavista podrán acogerse a beneficios tributarios por deudas del 2020
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La Municipalidad Distrital de Bellavista aprueba beneficios tributarios para las deudas correspondientes al período 2020. Podrán acogerse a los beneficios las personas naturales, personas jurídicas, sociedades conyugales y sucesiones indivisas, cualquiera sea el uso al que destinen el o los predios, a excepción de las personas jurídicas que, pese al estado de emergencia nacional, continuaron con el desarrollo de actividades correspondientes a los usos de industrias, supermercados, farmacias y boticas y, entidades financieras y bancarias. Los beneficios son los siguientes: Condonación del 100% de los intereses moratorios aplicables a las cuotas vencidas del Impuesto Predial y a los arbitrios de limpieza pública, parques y jardines y serenazgo. Descuento del 30% de los arbitrios correspondientes a los meses de marzo, abril y mayo del presente ejercicio; Descuento del 15% de los arbitrios correspondientes a los meses de junio y julio del presente ejercicio; Descuento del 50% de los arbitrios correspondientes a la totalidad del presente ejercicio para los pensionistas y adultos mayores; Estos descuentos se aplicarán previa cancelación de las cuotas del Impuesto Predial vencidas a la fecha del pago. La presente norma está vigente desde el 31 de julio de 2020. [MDB, Ord. 005-2020-MDB, 12/06/2020] Ficha: Vigencia: 13/06/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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