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Pautas de la Sunafil para acceder a facilidades excepcionales cuando se trata del pago de multas
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El Procedimiento N° 001-2020-Sunafil/OGA denominado "Procedimiento para acceder a facilidades excepcionales para el pago de multas impuestas por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - Sunafil en el marco del artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1499", tiene por objetivo otorgar facilidades de pago para multas impuestas a las micro y pequeñas empresas, previstas en el Texto Único Ordenado de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial, aprobado por el Decreto Supremo N° 013-2013-Produce. La Sunafil dispone que la Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, en el plazo de quince (15) días hábiles, a partir de la fecha de la presente resolución, implemente y adecue el soporte informático que resulte necesario en el Aplicativo de Gestión de Cobranza, en coordinación con la Oficina General de Administración. Esta norma se publica en el portal web de la institución: www.sunafil.gob.pe. [Sunafil, R. 28-2020-Sunafil-GG, 29/05/2020] Ficha: Vigencia: 30/05/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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Hasta el 10 de junio va la suspensión de plazos de las actuaciones y procedimientos del Sistema de Inspección del Trabajo a cargo de la Sunafil
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La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) prorroga hasta el 10 de junio del 2020 la suspensión del cómputo de los plazos que dispuso en el primer párrafo del artículo 1° de la Resolución de Superintendencia N° 074-2020-Sunafil, sobre las actuaciones inspectivas y de los procedimientos administrativos sancionadores del Sistema de Inspección del Trabajo (SIT) a cargo de las instancias correspondientes de sus intendencias regionales, así como de las gerencias o direcciones regionales de Trabajo y Promoción del Empleo de los gobiernos regionales. Asimismo, hasta la fecha indicada prorroga los procedimientos administrativos sujetos a silencio negativo o positivo del Sistema de Inspección del Trabajo (SIT) a cargo de las instancias correspondientes de las intendencias regionales de la Sunafil, así como de las gerencias o direcciones regionales de Trabajo y Promoción del Empleo de los gobiernos regionales. También prorroga la suspensión del cómputo de los plazos dispuesta en el primer párrafo del artículo 2° de la citada resolución, hasta el 10 de junio del 2020, para el inicio y trámite de los procedimientos administrativos y procedimientos de cualquier índole sujetos a plazo, incluyendo a los de acceso a la información pública, fraccionamiento del pago de multas y ejecución coactiva de la Sunafil. El reinicio de estos plazos se realizará conforme con lo establecido en la Resolución Directoral N° 006-2020-EF/54.01. [Sunafil, R. 83-2020-Sunafil, 29/05/2020] Ficha: Vigencia: 30/05/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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Independencia aprueba medidas de bioseguridad y control para prevenir la COVID-19 en los mercados de abasto, locales comerciales, industriales y de servicios
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La Municipalidad Distrital de Independencia aprueba las "Medidas de bioseguridad y control para prevenir el COVID-19 en los establecimientos públicos y privados en el distrito tales como, mercados de abasto, locales comerciales, industriales y de servicios" contenido en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente ordenanza. Asimismo, modifica su Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) para incorporar los códigos de infracción que se detallan en el Anexo II, que forma parte integrante de la presente ordenanza. El alcalde exhorta a todos los conductores de los establecimientos públicos y privados a colaborar con la prevención para evitar la propagación del coronavirus (COVID-19), a través del cumpliemiento e implementación de las medidas de bioseguridad y control que se aprueban con la presente ordenanza y las demás normas de alcance nacional. [MDI, Ord. 000412-2020-MDI, 29/05/2020] Ficha: Vigencia: 30/05/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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Giros afines o complementarios entre sí que podrán iniciar actividades en el distrito de Los Olivos
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Para facilitar la reactivación económica y la formalización empresarial e impulsar la iniciativa emprendedora del empresariado olivense, la Municipalidad Distrital de Los Olivos establece los giros afines y complementarios que se desarrollarán dentro del distrito y que se suman a la relación de actividades simultáneas y adicionales aprobadas mediante el Decreto Supremo N° 011-2017-Produce, el Decreto Legislativo N° 1497 y el Decreto Supremo N° 09-2020-Produce. Las actividades simultáneas y adicionales, entre muchas otras, son fotocopiado y/o impresión de pequeñas tiradas., módulo de venta del seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT), venta al por menor de frutas, legumbres y hortalizas frescas o en conserva, lácteos y huevos, productos de panadería, confitería. delivery de productos, lavado de autos manual y en menor escala. De acuerdo con esta ordenanza, la lista no es taxativa y será actualizada por el Ministerio de la Producción. Además, los titulares de licencias de funcionamiento vigentes pueden incorporar giros afines o complementarios, siempre que cumplan con los parámetros técnicos establecidos en la normativa vigente. [MDLO, Ord. 527-2020/CDLO, 29/05/2020] Ficha: Vigencia: 30/05/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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