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Norma publicada el Domingo 24
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MML emite comunicado sobre el registro único de usuarios y la autorización para el transporte de alcohol etílico y metílico
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Sobre el Registro Único de Usuarios y la autorización para el transporte de alcohol etílico y metílico, la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) comunica lo siguiente: • El Ministerio de la Producción es la autoridad competente para su atención. • La Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), a través de la Secretaría de Descentralización, como entidad rectora, informó a la comuna limeña que para asumir la atención de las citadas solicitudes, esta cartera es la encargada de realizar la transferencia de competencias del nivel regional a la municipalidad, proceso que se encuentra pendiente. [MML, Noticia - MML (PCM), 24/05/2020] Ficha: Vigencia: 24/05/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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Normas publicadas el Sábado 23
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Disposiciones complementarias sobre la entrega a domicilio que deben observar los restaurantes con "delivery"
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Para continuar con las acciones que permiten el inicio gradual e incremental de la actividad de servicio de la Fase 1 de la "Reanudación de Actividades", en materia de restaurantes y afines autorizados para entrega a domicilio (con propia logística del establecimiento y protocolo de seguridad y recojo en local) ampliado a "Servicio de entrega a domicilio por terceros", el Ministerio de la Producción (Produce) establece disposiciones complementarias referidas a la actualización de los criterios de focalización territorial y el establecimiento de criterios internos de mitigación de riesgo. Las disposiciones se publican en el portal del Estado peruano (www.peru.gob.pe) y en el portal institucional del ministerio (www.gob.pe/produce). Además, el texto normativo aparece en el Diario Oficial "El Peruano", en una edición extraordinaria. [Produce, R. D. 00006-2020-Produce/DGDE, 23/05/2020) Ficha: Vigencia: 24/05/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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Reactivación económica: inicio gradual e incremental del comercio electrónico de bienes para el hogar se sujeta también a criterios de focalización territorial
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El Ministerio de la Producción (Produce) aprueba las disposiciones complementarias para continuar con el inicio gradual e incremental de la actividad de servicio de la Fase 1 de la "Reanudación de Actividades", en materia de comercio electrónico de bienes para el hogar y afines, en ellas actualiza los criterios de focalización territorial. Las disposiciones se publican en el portal del Estado peruano (www.peru.gob.pe) y en el portal institucional del ministerio (www.gob.pe/produce). Además, el texto normativo aparece en el Diario Oficial "El Peruano", en una edición extraordinaria. [Produce, R. D. 00007-2020-Produce/DGDE, 23/05/2020] Ficha: Vigencia: 24/05/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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Protocolo sanitario de operación para restaurantes y el comercio electrónico de bienes para el hogar que usan servicios de terceros
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El Protocolo Sanitario de Operación ante el COVID-19 del Sector Producción para el inicio gradual e incremental de las actividades de la Fase 1 de la "Reanudación de Actividades", en materia de servicio de entrega a domicilio (delivery) por terceros delinea los siguientes sectores y actividades permitidas: "i) Restaurantes y afines autorizados para entrega a domicilio y/o recojo en local y ii) Comercio electrónico de bienes para el hogar y afines". El protocolo se aplica de forma complementaria a los "Lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19", aprobados por la Resolución Ministerial N° 239-2020-Minsa. [Produce, R. M. 163-2020-Produce, 23/05/2020] Ficha: Vigencia: 24/05/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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